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Cumplimiento íntegro y efectivo de las penas. Cadena perpetua. Macrocárceles. Libertad vigilada. Hacinamiento. Cifras récord de población reclusa. Tolerancia cero. Todo es delito. Cárcel para todos, todos a la cárcel.

Estas y no otras son las voces a las que habrá que apelar para definir la política criminal española en el cambio de milenio. Las cifras, rotundas, no permiten discusión. En 1.975, son 15.518 las personas que reciben la noticia de la muerte de Francisco Franco en prisión. Apenas veinte años después, en 1.995 -año en el que se aprueba el denominado Código Penal de la Democracia- España mantenía encarceladas a 44.956 personas. Quince años más tarde, en 2.010, ese Código Penal “democrático” había conseguido elevar la cifra de población penitenciaria a 73.849. Últimamente, entre 2011 y 2012, los incrementos anuales ya no son tan llamativos. Las últimas estadísticas apuntan una tendencia de ligero descenso de la población reclusa debido a la activación de las expulsiones de extranjeros y a la ralentización de la construcción y/o apertura de nuevas prisiones.

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Jamón serrano, queso y lomo en entrantes; ensalada de pasta, de primero; y entrecot con patatas y langostinos, de segundo. De postre, un bombón helado. Eso es lo que los presos de la cárcel de Soto del Real comieron el pasado día 24 de septiembre, día de la Merced.

El menú especial que los presos comen tres veces al año levantó indignación en la masa, si entendemos la masa de forma literal tal y como la definió Le Bon, “agrupación humana con rasgos de pérdida de control racional, mayor sugestibilidad, contagio emocional, imitación, sentimiento de omnipotencia y anonimato para el individuo”. Es el primer concepto de la definición, “rasgos de pérdida de control racional”, el que nos ocupa. La indignación que este menú causó es difícil de comprender si atendemos al gasto que supone, y fácil de entender si buscamos una razón más arraigada en la sociedad: son delincuentes, y los delincuentes no deben comer langostinos, que para eso están en la cárcel.

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El pasado viernes 20 de septiembre el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley para la Reforma del Código Penal. Estamos ante una nueva reforma de la Ley más veces modificada en la “democracia” del Estado Español a golpe de populismo punitivo. Entendemos el populismo punitivo como el conjunto de procesos de construcción de discursos populares, mediáticos y políticos que ensalzan el endurecimiento del Cógido Penal conduciendo a reformas endurecedoras de la legislación penal que suponen retrocesos en el sistema de derechos y libertades, a la vez que dan votos a sus promotores.

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Y ya llegó. Gallardón prometió grandes reformas y las está cumpliendo. Ahora, tras las tasas o el CGPJ, toca el Código Penal. La reforma viene enmarcada, como tantas otras que han ido conformando el actual Código Penal, por el populismo punitivo endurecedor de penas y generador de nuevos delitos.

La reforma viene a tratar de apaciguar un falso debate sobre la supuesta levedad de nuestra norma penal. A tal punto llega esta pretensión que la exposición de motivos comienza justificando la reforma en la “necesidad de fortalecer la confianza en la Administración de Justicia hace preciso poner a su disposición un sistema legal que garantice resoluciones judiciales previsibles que, además, sean percibidas en la sociedad como justas”. Poco o nada importa al Partido Popular que vivamos en uno de los países con menos delincuencia y mayor tasa de encarcelamiento.

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El abuso de la prisión preventiva, sobre todo para los sectores con menos recursos, es una práctica abusiva en España. Un grupo de 22 ONG ha escrito una carta abierta a la Vicepresidenta de la Comisión Europea, Viviane Reding, para pedir que se tomen nuevas medidas en relación con la detención preventiva en la UE.

Tal como han reconocido la Comisión Europea, el Consejo y el Parlamento, “períodos excesivamente largos de detención preventiva son perjudiciales para el individuo, pueden perjudicar la cooperación entre los Estados miembros, y no representan los valores por los cuales la Unión Europea se asienta”.

Nos dirigimos a usted para dar seguimiento a la labor de la Unión Europea para hacer frente a este problema e instar a la Comisión a continuar su trabajo en esta área más allá del programa legislativo actual, incluyendo el desarrollo de un plazo de tiempo para la presentación de una propuesta legislativa para el establecimiento de normas mínimas comunes para el uso de la detención preventiva en la UE.

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El proyecto de código penal más duro de la democracia ha sido aprobado hoy por el Consejo de Ministros. Empieza a partir de ahora su tramitación parlamentaria. Presenta novedades como la «prisión permanente revisable» o cadena perpetua; la ampliación y mayor discreccionalidad de la libertad vigilada; las medidas de seguridad arbitrarias para ininputables; la supresión de las faltas con el consiguiente agravamiento de las penas para las que ahora se convierten en delitos y el paso de las demás al «derecho penal administrtivo» (ejemplo, la ley Corcuera) en el que la autoridad gubernativa es juez y parte y sus «agentes en el ejercicio de sus funciones» gozan de «presunción de veracidad», sin olvidar los efectos de la nueva «ley de tasas» que convierte en prohibitivos los recursos; la crimininalización de la protesta social; el refuerzo de la agravante de multireincidencia; el aumento de las penas por más de un delito y la tipificación de una buena cantidad de delitos nuevos… Para el ministro Gallardón, que tramita también un proyecto de Código Procesal Penal digno del cine negro norteamericano, no debe considerarse solo una reforma, sino una «auténtica transformación» que «nos incorpora al lenguaje penal de las democracias más avanzadas» y agrava las penas de algunas conductas «insuficientemente sancionadas».

Sin embargo, por escoger un digno ejemplo de oposición crítica, aunque reformista, para la plataforma Otro Derecho Penal es posible: “No se trata de una reforma más de las veintiocho sufridas por el Código Penal desde su aprobación en 1995, sino de una reforma que dinamita pilares básicos de un derecho penal propio del modelo constitucional de Estado social y democrático de derecho”. “La expansión del derecho penal y los incrementos punitivos que contiene la proyectada reforma del Código Penal no responden a la necesidad derivada del incremento objetivo de la tasa de criminalidad, ni tampoco a una sensación de inseguridad verificable e irrefutable entre los ciudadanos, sino a objetivos políticos de evidente orientación autoritaria orientados a satisfacer los intereses de ciertos sectores minoritarios de la sociedad civil que desde posiciones patibularias desfiguran las verdaderas aspiraciones sociales”. “Esta reforma penal, en el contexto de la profunda crisis financiera que padecemos, no es casual ni neutral. Pretende distraer la atención de la terrible realidad y el tenebroso futuro que aguarda a la mayoría de la población, y brinda la única seguridad que son capaces de sostener hoy por hoy los actuales gestores de un poder político descaradamente al servicio del poder económico, la que se deriva de un mayor control social, mediante la conocida fórmula de incrementar las penas y de entronizar a la prisión como el eje del sistema penal, completada –cuando se estime limitada e insuficiente por exigencias del principio de culpabilidad– con las medidas de seguridad para ininmputables y la libertad vigilada”.

«Medidas como la prisión permanente revisable, aplicable a un número extenso de delitos, supone la definitiva traición al principio de resocialización de las penas consagrado en el art. 25 de la Constitución Española. Sólo quien no haya tenido jamás contacto con el mundo penitenciario puede afirmar seriamente que el internamiento en una cárcel durante periodos de tiempo tan prolongados no supone, no sólo un obstáculo insalvable para la reinserción social del preso, sino incluso para su propia supervivencia personal». «El efecto que esta reforma provocará en nuestras ya saturadas prisiones será inconmensurable, casi tanto como el incremento presupuestario que implica».

«Pero aún hay más. La proyectada reforma supone un endurecimiento del castigo de comportamientos de escasa gravedad, que dejan de considerarse falta (infracción penal leve), para convertirse en delito, con el consiguiente mayor rigor punitivo. Así sucede con los pequeños hurtos, defraudaciones de escasa entidad del fluido eléctrico o, por ejemplo, con los denominados “manteros”. “Por si esto fuera poco, se endurecen los delitos contra el orden público en lo que muchos interpretamos como un uso del Código penal para disuadir del ejercicio de derechos y libertades públicas, destacadamente del derecho de reunión y manifestación, instrumentos claves de una movilización social que el Gobierno parece querer acallar mediante la herramienta más dura y potente del ordenamiento jurídico.”

En el audio, una entrevista a José Luis Díez Ripollés, profesor de Derecho Penal, sobre el «código Gallardón».  El catedrático de la Universidad de Málaga, piensa que «cuando se endurecen la penas y dejan de ser proporcionales, se recortan las libertades». Cree que no tiene sentido la nueva reforma porque España es uno de los países con menores tasas de criminalidad. Y que en ella el Código Penal no se utiliza para atender y resolver problemas sino con fines políticos: «Se usa como un instrumento de agitación política para activar sentimientos y emociones y, en última instancia, conseguir réditos electorales». Esta nueva batería de reformas en materia penal constituye «una merma de derechos y libertades, en libertad de expresión, por ejemplo». Es importante saber también que «el Código Penal español se ha modificado unas 30 veces en tan sólo 16 años».

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En julio, le aplicaron la doctrina 197/2006 al preso de Arrasate, Gabriel Urizar Murgoitio, que se encuentra en la cárcel de Puerto II. Urizar fue detenido en Sara en el año 1985, y aunque fue estraditado en el año 1988 a España, empezó a cumplir la condena del estado español en 1986. Tenía fijada la fecha de salida para enero de 2014, pero ahora con la aplicación de la doctrina 197/2006, le han alargado la condena hasta el 17 de septiembre de 2016.

Con la aplicación de la doctrina a Urizar ya son 93 las y los presos a los que se les han aplicado la doctrina 197/2006, y por lo que han sido condenados a la cadena perpetua. Además, de estos 93 presos y presas 71 siguen en prisión. El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo dejó claro en la sentencia de Ines del Rio que es una medida que vulnera los derechos humanos. Pero, ahora que todas y todos esperamos la resolución del recurso que interpuso España, sigue aplicando esta cruel medida a nuestros familiares y amigos.

Y por tanto, siguen vulnerando los derechos de nuestros familiares y amigos presas y presos políticos vascos. Y también los nuestros, de los familiares y amigos que seguimos esperando en casa, y que tenemos que seguir viajando; ya que a nosotras y nosotros también nos alargan la condena. Es necesario acabar con este sufrimiento, y que se derogue la doctrina 197/2006.

Etxerat

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Miembros del Senado y del Congreso de los Diputados del Estado español, hasta el momento 44 en total de nueve formaciones políticas ( IU, CiU, PNV, Amaiur, ERC, ICV, BNG, Geroa Bai y Compromís), han firmado una carta conjunta dirigida a Nils Muiznieks, Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, contra la doctrina 197/2006 (doctrina Parot). En ella, sostienen que su aplicación se basa en criterios de «puro castigo, de ejemplaridad o simplemente de venganza».

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«Se han endurecido las penas de prisión aunque las cifras nunca han avalado un aumento notable de criminalidad»

El actual Código Penal español entró en vigor en 1996. Desde entonces, ha sufrido un total de 26 reformas, que, en muchas ocasiones, se han visto influenciadas por los medios de comunicación y la cobertura de ciertos casos. Atenta a esta interacción entre los poderes políticos y los medios, la doctora en Derecho, profesora de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en temas de política criminal, conducta postdelictiva y Derecho penal del menor, Laura Pozuelo Pérez, ha hecho un análisis de algunos de los cambios de más calado, su efectividad, los casos que las han propiciado y las consecuencias sociales y políticas que se esconden tras ellas en su obra La política criminal mediática (Editorial Marcial Pons) [Accede a su primer capítulo].

¿Cuánto tiempo se tarda en comprobar la efectividad de una reforma penal?

Para hacerlo bien hay que hacerlo a largo plazo. Yo he intentado centrarme en algunas de las reformas de más calado, las de 2003, que redujeron lo que se llama el sistema progresivo, la progresiva adaptación del preso a la vida en libertad, con recortes en libertad provisional y tercer grado. Desde entonces es mucho más difícil acceder a esas dos instituciones. No hay muchos estudios que evalúen qué pasa con este tipo de reformas. Los penalistas, muchas veces, nos anticipamos y algunos creemos ver que esto no va a ser una solución. Cuando se está hablando de un aumento de atentados contra la libertad sexual, de agresiones, de robos… lo que ocurre es un problema de estrategia policial. Si hay más robos en un determinado momento en un determinado sitio, tendremos que redistribuir los efectivos o ver cuál es el problema, pero no es que el Código Penal esté mal.

¿26 cambios en 15 años pueden ser reflexivos?

En su inmensa mayoría, no. Son demasiados como para que se corresponda a una reflexión. Algunas de esas reformas son pequeñas, pero a las que les dedico más atención son de gran calado. Y no son reflexivas. Han ido sucediéndose en función de los partidos políticos en el poder. Cada uno ha querido tener su Código Penal o sus reformas que, además, han venido marcadas por un movimiento electoralista.

Aquí entra también la interacción con los medios de comunicación. Hay una serie de casos graves, muy mediáticamente representados. Inmediatamente, la respuesta del poder político es que tenemos un problema y la solución es endurecer la ley. Así, muchas reformas penales han tenido que ver con casos puntuales, lo que las ha hecho muy rentables, porque endurecer la ley es el camino más barato, pero el que a la larga tiene más costes.

¿Hay una sobrerrepresentación de delitos violentos?

Sí. Abiertamente. Lo cual también es lógico. Es normal que un medio de comunicación destaque los delitos más sangrientos o los que causen más alarma. Un periódico destaca lo extraordinario, no lo común. El problema es que crea una imagen distorsionada que los operadores políticos deberían colocar en su lugar. Es cierto que se mencionan mucho determinados casos, pero tenemos unos índices de delincuencia que son normales. Crear alarma es muy rentable para los medios de comunicación, porque venden más, y para los políticos, que ganan puntos al cambiar las leyes, cuando, normalmente, lo que está mal no es la ley, sino su aplicación. Hay estudios que demuestran que los incrementos marginales, de dos o tres años, en las condenas no son los que reducen la delincuencia. Así, se han endurecido las penas a pesar de que las cifras no han avalado un aumento de la criminalidad.

¿Se utiliza a las víctimas para vender periódicos y conseguir votos?

Muchísimo. Lo de las víctimas es una sobreexplotación. A las víctimas hay que darles una respuesta. El Estado tiene que tenerlas informadas, tienen que tener asistencia psicológica, económica y tiene que haber unas medidas que aportarles si las necesitan. A partir de ahí, en muchos casos se ha explotado el morbo y el papel de las víctimas, tanto por parte de los medios de comunicación como de los políticos. Hay que tener en cuenta que, sobre todo en un delito grave, (la víctima) está rota, con un dolor que no le vas a solucionar con la sanción penal. Por ejemplo, en el caso de Sandra Palo la situación ha sido un poco insostenible. Todos se hacían la foto con su madre, que ha sido traída y llevada hasta el punto de que casi no la han dejado tener ni un luto. Lo que quiera la víctima es legítimo porque no es imparcial, ni puede serlo, pero no hacía falta cambiar la Ley Penal del Menor por ese caso.

Comenta en el libro que a veces se confunde la mayor persecución de los crímenes con el aumento de la criminalidad.

Ese es uno de los datos de las estadísticas que hay que interpretar. Hay veces que se utilizan las estadísticas maliciosamente. Se dice que han aumentado muchísimo los delitos violentos, pero, por ejemplo, uno de los que menciono en el libro tiene que ver con la persecución de la violencia de género. Este delito empieza a perseguirse muchísimo a partir de los años 2003 y 2004, cuando surge la Ley Integral de Violencia de Género, con lo que pasa a reflejarse en las estadísticas. No es que se comentan más delitos, es que antes era lo que se llama cifra negra: la diferencia entre los que se cometen y los que conocemos.

¿Qué es lo más efectivo en la lucha contra la delincuencia?

Intervenir donde se tienen que intervenir. Si tenemos un problema de criminalidad en un barrio porque está muy empobrecido o es muy marginal, intervienes social, económica o policialmente. Intervienes desde otro tipo de recursos estatales. Cambiar la ley, sobre todo si tienes suficientes votos en el Parlamento, es una cosa muy rápida, muy barata y tiene un beneficio inmediato para el operador político, pero a medio y largo plazo tiene un coste social, porque con reformas como la de 2003 los presos pasan mucho más tiempo en la cárcel. Esos sujetos no se han preparado para la vida en libertad. Tras cumplir su condena los arrojas a la calle sin haber tenido la oportunidad de irse buscando su hueco, de preparar nuevos arraigos. Eso son costes para esa población y para todos, ya que van a ser sujetos desestructurados, más conflictivos y con mucha más probabilidad de reincidencia.

En teoría el sistema penitenciario busca la reinserción del recluso. ¿Es así en la práctica?

No. Lo dice la Constitución, lo dice la Ley General Penitenciaria, queda muy bonito y se supone que debe ser así, pero, en realidad, si conseguimos no desociabilizar mucho al preso ya es un éxito. La reinserción es prácticamente inexistente en las cárceles españolas porque no se invierte en ello. El 80% del presupuesto de los centros penitenciarios se emplea en seguridad y vigilancia. El resto se invierte malamente en reinserción. Si encima no dejas que el sujeto se la busque poco a poco dejando que salga en libertad condicional, que sepa que tiene que volver si comete un delito, que tenga la posibilidad de irse buscando un trabajo, un sitio donde regresar, la cosa empeora.

Aún así, parece que se va a endurecer el Código Penal con la cadena perpetua revisable.

Se supone que es para delitos muy graves, pero, al final, es un poco una situación tramposa. Nosotros tenemos hoy por hoy la posibilidad de hasta 40 años. ¿Realmente necesitamos una prisión perpetua revisable? Francamente para los problemas de delincuencia que tenemos, no. Hay determinadas dinámicas de delincuencia sobre las que hay que trabajar porque son problemáticas, pero lo cierto es que no me parece que la cadena perpetua revisable vaya a ser una solución. Además no hay un estudio ni unos presupuestos que determinen qué se va a hacer para revisar las condiciones de los reclusos. Parece que estamos siendo muy duros, con esa política de ley y orden, de tolerancia cero, pero no va a reducir la reincidencia.

Además, hay una desinformación, me temo que desinteresada, respecto a cómo es la realidad de las cárceles. Es un desconocimiento absoluto, aunque las de España si las comparas con otros lugares del mundo, obviamente son mejores. Otra cosa que se utiliza de una manera interesadamente manipulada es el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas. Desde que no hay reducción de penas por trabajo las condenas siempre se cumplen íntegra y efectivamente. Lo que ocurre es que una parte de esa sanción la puedes vivir en régimen de semilibertad o libertad condicional. La estas cumpliendo en un régimen distinto.

¿Qué ocurre con los menores?

El fenómeno es distinto. La Ley de Menores plantea también el internamiento, que se ha endurecido, puede durar más y hay muchos más casos que lo contemplan. Ahí es mucho más llamativa la relación entre medios de comunicación y operadores políticos, que se han reforzado en una especie de interacción un poco perversa por casos puntuales. Y hay una cosa curiosa: los casos graves de menores los conocemos por su nombre, por lo que no son muchos: el asesino de la catana, las niñas de San Fernando, el caso Sandra Palo. ¿Hay casos de esos? Claro. ¿Hay que actuar con intensidad? Por supuesto. Pero la ley penal del menor se supone que intenta que a los menores se les trate diferente que a los adultos y con las reformas que ha habido no es así. Por no hablar de que en el sistema de menores algunas de las cárceles, que aunque las llamen centros de menores son cárceles, son privadas. La ejecución de las condenas depende de las Comunidades Autónomas y son las que pueden establecer convenios con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro. Pero lo de sin ánimo de lucro en la realidad no ha resultado ser tal.

Habla de «casos excepcionales» con menores que han propiciado cambios en la ley. ¿Qué ocurre con los delitos más comunes?

La última reforma, de 2006, pasó a posibilitar el poder tener una medida de internamiento para delitos que se cometieran en grupo. Un adolescente lo hace todo en grupo, lo bueno y lo malo. Con lo cual, eso significa que aunque el delito no sea grave, porque la inmensa mayoría son faltas que tienen mucho que ver con las tonterías que se hacen a esa edad, hay un número de casos mucho mayor en los que el juez puede enviarlo a un centro de menores y no implica necesariamente que sea más grave. Estas criminalizando un tipo de conducta muy habitual entre adolescentes. Con un menor que está metiéndose en líos de este tipo, donde no hay violencia, creo que son más eficaces otro tipo de medidas.

A día de hoy, ¿considera eficaz el Código Penal?

Es difícil de responder. Lo que es eficaz no es tanto la ley, sino la intervención, la aplicación que se hace de ella. Creo que tenemos un código muy duro y muy amplio en cuanto a la cantidad de conductas que se sancionan. La cuestión es que la eficacia habría que relacionarla con el tipo de delincuencia. La inmensa mayoría de los delitos conocidos son patrimoniales y contra la salud pública (tráfico de drogas). El 80% de la población penitenciaria lo es por esos delitos. En ese sentido, se persigue bastante. También es muy eficaz la persecución de delitos contra la vida, porque es muy necesaria y porque no hay muchos homicidios ni asesinatos, pese a lo que la gente cree. Si hablamos de corrupción, no está siendo eficaz, pero no es un problema de técnica legislativa, que también es muy mejorable, sino un problema de que los delitos no se aplican, no se persiguen, no se denuncian y si se denuncian cuesta mucho investigarlos.

¿Qué errores han cometido los medios de comunicación en esa interacción con los poderes políticos que señala en el libro?

Los medios de comunicación venden un producto. Si se quiere se compra y si no, no. Uno puede querer un medio sensacionalista, pero hay ámbitos donde ha habido falta de rigor, como olas de criminalidad inventadas. Puede haber un repunte de crímenes específicos y se inventa una ola de criminalidad. Obviamente, si a los medios se les dice desde los operadores políticos que ha habido un aumento exponencial, deben contrastarlo. Si uno muestra los balances de criminalidad del Estado, no casan. Las cifras nunca han avalado un aumento notable de la criminalidad. Pese a eso, en un momento dado hubo una especie de connivencia entre partidos y medios. Por ejemplo, El País hizo de altavoz del PSOE cuando estaba en la oposición y los medios afines al PP hicieron lo mismo. Y no fueron rigurosos al entrar en la dinámica de vender miedo. A veces, en la misma noticia, en el titular se decía que la situación era alarmante y en el último párrafo, donde a veces ni se llega, se reconocía que eso no era así, que esos datos no eran actuales.

¿Es factible que los operadores políticos lleguen a un consenso con el Código Penal?

Hoy por hoy, no lo creo. El Código Penal se ha utilizado para golpearse. Pero lo curioso es que todos han entrado al mismo juego, el del endurecimiento. Se supone que unos pueden estar más en el discurso de la reinserción y otros en el de ley, orden y tolerancia cero, pero, al final, como el discurso que vende es el del endurecimiento, el PSOE, si es que está en una línea diferente, también lo ha utilizado. Que se pongan de acuerdo para hacer una ley acorde con la realidad delincuencial y las necesidades sociales, personalmente, me parece política-ficción.

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El colectivo de apoyo a los presos de ETA Herrira ha demandado la «inmediata» derogación de la denominada «doctrina Parot» en un acto en Pamplona, en el que ha abogado por «un gran movimiento ciudadano que desborde el inmovilismo y obligue a Madrid y París a respetar los derechos humanos».

Alrededor de dos mil personas han asistido al acto que ha tenido lugar en el pabellón Anaitasuna, donde se han congregado también dirigentes de formaciones abertzales como Pernando Barrena (Sortu), Sabino Cuadra (Amaiur), Patxi Zabaleta (Aralar), Bakartxo Ruiz (Bildu), Miren Aranoa (EA) e Igor Arroyo (LAB), entre otros.

Este ha sido el punto final de la iniciativa itinerante «Sentencia ciudadana» que han llevado a cabo durante el verano en favor de la derogación de la doctrina 197/2006, que aplica la reducción de penas por beneficios penitenciarios a todos los años de condena, en lugar del máximo autorizado de estancia en prisión.

Durante estos meses han recorrido más de ochenta localidades y han recogido adhesiones contra la citada doctrina, lo que, según han indicado en un vídeo, ha puesto de manifiesto «el mayoritario rechazo de la sociedad vasca a estas políticas de excepción».

Respecto a la «Sentencia Ciudadana» que van a mandar a Europa, los miembros de Herrira Jone Galarza y Egoitz Luisa han dicho que «está muy clara», significa «derechos humanos, resolución y paz o lo que es lo mismo que deroguen inmediatamente la doctrina 197/2006».

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