El Partido Popular detallará esta semana en el Congreso de los Diputados sus propuestas para endurecer la Ley del Menor con cambios importantes como la de bajar la edad penal a los 12 años o la posibilidad de que los menores «delincuentes» puedan recibir tratamiento psiquiátrico aun en contra de su voluntad o la de sus padres.
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Pese a que el Estado español tiene uno de los índices de criminalidad más bajos de la UE, su legislación se endurece siguiendo los debates generados en los medios, una solución rápida que no tiene en cuenta la realidad de la cárcel.
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Los legisladores serán sustituidos por los empresarios televisivos, presentadores, tertulianos y freelance hambrientos. Hace meses uno de estos caza recompensas ofreció la cabeza grabada del Rafita en el programa que en Antena 3 presenta Susana Griso. Había conseguido su triunfo y el reconocimiento de charlatanes, jefes y público. Obtuvo lo que nadie hasta entonces había hecho: grabar con una cámara oculta al monstruo.
Ayer, domingo, cuatro “prestigiosos juristas” exponían en ABC por separado su opinión sobre la constitucionalidad de la pena de cadena perpetua revisable. A favor de la constitucionalidad se manifestaban Luis Rodríguez Ramos, Jesús Santos Vijande -este fue alumno mío en tiempos y hoy es catedrático de Derecho procesal, ¡cómo pasan los años!- y Manuel Jiménez de Parga. En contra, Félix Pantoja, fiscal. ¿No habrá catedráticos “prestigiosos» que también se opongan con argumentos constitucionales? Sin duda sí, pero casualmente no fueron interrogados por el diario conservador. Así se construyen las opiniones dominantes.
La definición de “Largas Condenas”, en lo que se refiere al cumplimiento de las penas en el Estado español, no tendría que hacerse ni desde el derecho penal positivo, ni desde el marco referencial del Art. 25.2 de la C. E. (Derecho Político), sino desde los planteamientos jurídico-filosóficos de una “nueva” corriente en el ámbito del “Derecho”: el Derecho Penal del Enemigo.
«Las presiones sociales y mediáticas están contribuyendo a conformar una opinión pública errónea en torno a la criminalidad y a la seguridad ciudadana en nuestro país». Así lo afirma un denominado grupo “Otro derecho penal es posible”, formado por fiscales, magistrados, abogados y catedráticos de Derecho. Este grupo ha elaborado un documento bajo el título «Desenmascarando mitos que sostienen el sistema penal. Instrumento de pedagogía para la cultura jurídica al alcance de todos», en el que niegan que en España exista un problema especialmente grave de inseguridad, «ya que la tasa de criminalidad es menor que la media de los países europeos».
La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía viene manteniendo cada vez que se abre este debate que en España existe ya, lamentablemente, la cadena perpetua, a pesar de no existir reconocimiento legal expreso de la misma. El límite de 40 años no es absoluto, algunas personas acumulan varias condenas elevadas a cuyo conjunto total de penas no se les aplica dicho límite. Por tanto, son falsas las afirmaciones del Ministerio del Interior del día de ayer 26 de enero que mantiene que “la cadena perpetua como tal, toda la vida en la cárcel no existe”. En España sí existe. Es posible legalmente, no como pena denominada “cadena perpetua”, pero sí sino como acumulación de diversas condenas.
Lee y descarga aquí el texto del proyecto de ley de la nueva reforma del código penal aprobado en el consejo de ministros el 13-11-2009.