Tokata | Boletín de difusión, debate y lucha social Entradas

Mediante auto de 8 de julio de 2013 el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de León concedió el tercer grado al preso J. A. V., con régimen de vida del art. 82.1 RP, ordenando el  ingreso en una institución adecuada −con mención explícita del ofrecimiento del Comité Ciudadano Antisida de Ourense− y la tramitación del expediente de libertad condicional.

Mientras, el 18 de julio la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas denegó la libertad condicional por su trayectoria delictiva y la alta posibilidad de delinquir.

Cárcel=Tortura La cárcel mata

Miembros del Senado y del Congreso de los Diputados del Estado español, hasta el momento 44 en total de nueve formaciones políticas ( IU, CiU, PNV, Amaiur, ERC, ICV, BNG, Geroa Bai y Compromís), han firmado una carta conjunta dirigida a Nils Muiznieks, Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, contra la doctrina 197/2006 (doctrina Parot). En ella, sostienen que su aplicación se basa en criterios de «puro castigo, de ejemplaridad o simplemente de venganza».

Política criminal

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Después de la fuga de 13 presos del penal de Ezeiza [ver noticia en Tokata], cuyos detalles hasta ahora se desconocen, y de la posterior renuncia de Víctor Hortel al cargo de director nacional, la situación de la población carcelaria parece haber cambiado, y no para bien. Desde entonces, en el complejo hubo dos suicidios y una lista de irregularidades que ya se trasformaron en denuncia. Por eso, entre los presos de todos los módulos tuvieron la iniciativa de redactar un comunicado de prensa dirigido a los funcionarios y organismos de Derechos Humanos. El texto iba a ser leído el sábado por la tarde por los familiares de los internos. Pero eso no ocurrió. Nadie sabe por qué no pudieron concentrarse frente a la unidad para dar a conocer lo que sus seres queridos les cuentan que pasa rejas adentro.

Cárcel=Tortura

Audencia Nacional
Juzgado central de de Instrucción Uno
D. Previas 115/2012

Auto
En Madrid a 16 de setiembre de 2013
Dada cuenta y

HECHOS

ÚNICO.- En las presentes diligencias se decretó la prisión provisional de…….

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Aún cuando siguen existiendo motivos para estimar responsables criminalmente del delito imputado a……., lo cierto es que resulta oportuno modificar la situación personal de los mismos en el sentido de decretar la libertad provisional, teniendo en cuenta la situación de la causa (con la dilación provocada en relación al análisis del material intervenido, no imputable ni a este juzgado ni a los imputados), a lo que se une el arraigo de aquellos y que la instrucción de la misma no habría de verse perjudicada de hallarse en libertad, sin que se deduzca exista fundado peligro de fuga, si se adoptan medidas de control como se dirá.

Vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación.

DISPONGO: Se modifica la situación personal de…….. en el sentido de decretar la libertad provisional constituyéndose en la oligación de designar un domicilio, comparecer semanalmente ante este Juzgado o Tribunal que conozca la causa o en el del domicilio que fija, así como la prohibición de salida del territorio nacional así como facilitar un teléfono móvil a fin de estar localizado.

Póngase este Auto en conocimiento del Ministerio Fiscal y demás partes personadas a los efectos oportunos, previniéndoles que contra el mismo cabe recurso de reforma y/o subsidiario de apelación.

Lo acuerda y firma el Ilmo. Sr. D. Santiago J. Pedraz Gómez, Magistrado Juez del Juzgado Central de Instrucción número uno. Doy fe.

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«Se han endurecido las penas de prisión aunque las cifras nunca han avalado un aumento notable de criminalidad»

El actual Código Penal español entró en vigor en 1996. Desde entonces, ha sufrido un total de 26 reformas, que, en muchas ocasiones, se han visto influenciadas por los medios de comunicación y la cobertura de ciertos casos. Atenta a esta interacción entre los poderes políticos y los medios, la doctora en Derecho, profesora de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en temas de política criminal, conducta postdelictiva y Derecho penal del menor, Laura Pozuelo Pérez, ha hecho un análisis de algunos de los cambios de más calado, su efectividad, los casos que las han propiciado y las consecuencias sociales y políticas que se esconden tras ellas en su obra La política criminal mediática (Editorial Marcial Pons) [Accede a su primer capítulo].

¿Cuánto tiempo se tarda en comprobar la efectividad de una reforma penal?

Para hacerlo bien hay que hacerlo a largo plazo. Yo he intentado centrarme en algunas de las reformas de más calado, las de 2003, que redujeron lo que se llama el sistema progresivo, la progresiva adaptación del preso a la vida en libertad, con recortes en libertad provisional y tercer grado. Desde entonces es mucho más difícil acceder a esas dos instituciones. No hay muchos estudios que evalúen qué pasa con este tipo de reformas. Los penalistas, muchas veces, nos anticipamos y algunos creemos ver que esto no va a ser una solución. Cuando se está hablando de un aumento de atentados contra la libertad sexual, de agresiones, de robos… lo que ocurre es un problema de estrategia policial. Si hay más robos en un determinado momento en un determinado sitio, tendremos que redistribuir los efectivos o ver cuál es el problema, pero no es que el Código Penal esté mal.

¿26 cambios en 15 años pueden ser reflexivos?

En su inmensa mayoría, no. Son demasiados como para que se corresponda a una reflexión. Algunas de esas reformas son pequeñas, pero a las que les dedico más atención son de gran calado. Y no son reflexivas. Han ido sucediéndose en función de los partidos políticos en el poder. Cada uno ha querido tener su Código Penal o sus reformas que, además, han venido marcadas por un movimiento electoralista.

Aquí entra también la interacción con los medios de comunicación. Hay una serie de casos graves, muy mediáticamente representados. Inmediatamente, la respuesta del poder político es que tenemos un problema y la solución es endurecer la ley. Así, muchas reformas penales han tenido que ver con casos puntuales, lo que las ha hecho muy rentables, porque endurecer la ley es el camino más barato, pero el que a la larga tiene más costes.

¿Hay una sobrerrepresentación de delitos violentos?

Sí. Abiertamente. Lo cual también es lógico. Es normal que un medio de comunicación destaque los delitos más sangrientos o los que causen más alarma. Un periódico destaca lo extraordinario, no lo común. El problema es que crea una imagen distorsionada que los operadores políticos deberían colocar en su lugar. Es cierto que se mencionan mucho determinados casos, pero tenemos unos índices de delincuencia que son normales. Crear alarma es muy rentable para los medios de comunicación, porque venden más, y para los políticos, que ganan puntos al cambiar las leyes, cuando, normalmente, lo que está mal no es la ley, sino su aplicación. Hay estudios que demuestran que los incrementos marginales, de dos o tres años, en las condenas no son los que reducen la delincuencia. Así, se han endurecido las penas a pesar de que las cifras no han avalado un aumento de la criminalidad.

¿Se utiliza a las víctimas para vender periódicos y conseguir votos?

Muchísimo. Lo de las víctimas es una sobreexplotación. A las víctimas hay que darles una respuesta. El Estado tiene que tenerlas informadas, tienen que tener asistencia psicológica, económica y tiene que haber unas medidas que aportarles si las necesitan. A partir de ahí, en muchos casos se ha explotado el morbo y el papel de las víctimas, tanto por parte de los medios de comunicación como de los políticos. Hay que tener en cuenta que, sobre todo en un delito grave, (la víctima) está rota, con un dolor que no le vas a solucionar con la sanción penal. Por ejemplo, en el caso de Sandra Palo la situación ha sido un poco insostenible. Todos se hacían la foto con su madre, que ha sido traída y llevada hasta el punto de que casi no la han dejado tener ni un luto. Lo que quiera la víctima es legítimo porque no es imparcial, ni puede serlo, pero no hacía falta cambiar la Ley Penal del Menor por ese caso.

Comenta en el libro que a veces se confunde la mayor persecución de los crímenes con el aumento de la criminalidad.

Ese es uno de los datos de las estadísticas que hay que interpretar. Hay veces que se utilizan las estadísticas maliciosamente. Se dice que han aumentado muchísimo los delitos violentos, pero, por ejemplo, uno de los que menciono en el libro tiene que ver con la persecución de la violencia de género. Este delito empieza a perseguirse muchísimo a partir de los años 2003 y 2004, cuando surge la Ley Integral de Violencia de Género, con lo que pasa a reflejarse en las estadísticas. No es que se comentan más delitos, es que antes era lo que se llama cifra negra: la diferencia entre los que se cometen y los que conocemos.

¿Qué es lo más efectivo en la lucha contra la delincuencia?

Intervenir donde se tienen que intervenir. Si tenemos un problema de criminalidad en un barrio porque está muy empobrecido o es muy marginal, intervienes social, económica o policialmente. Intervienes desde otro tipo de recursos estatales. Cambiar la ley, sobre todo si tienes suficientes votos en el Parlamento, es una cosa muy rápida, muy barata y tiene un beneficio inmediato para el operador político, pero a medio y largo plazo tiene un coste social, porque con reformas como la de 2003 los presos pasan mucho más tiempo en la cárcel. Esos sujetos no se han preparado para la vida en libertad. Tras cumplir su condena los arrojas a la calle sin haber tenido la oportunidad de irse buscando su hueco, de preparar nuevos arraigos. Eso son costes para esa población y para todos, ya que van a ser sujetos desestructurados, más conflictivos y con mucha más probabilidad de reincidencia.

En teoría el sistema penitenciario busca la reinserción del recluso. ¿Es así en la práctica?

No. Lo dice la Constitución, lo dice la Ley General Penitenciaria, queda muy bonito y se supone que debe ser así, pero, en realidad, si conseguimos no desociabilizar mucho al preso ya es un éxito. La reinserción es prácticamente inexistente en las cárceles españolas porque no se invierte en ello. El 80% del presupuesto de los centros penitenciarios se emplea en seguridad y vigilancia. El resto se invierte malamente en reinserción. Si encima no dejas que el sujeto se la busque poco a poco dejando que salga en libertad condicional, que sepa que tiene que volver si comete un delito, que tenga la posibilidad de irse buscando un trabajo, un sitio donde regresar, la cosa empeora.

Aún así, parece que se va a endurecer el Código Penal con la cadena perpetua revisable.

Se supone que es para delitos muy graves, pero, al final, es un poco una situación tramposa. Nosotros tenemos hoy por hoy la posibilidad de hasta 40 años. ¿Realmente necesitamos una prisión perpetua revisable? Francamente para los problemas de delincuencia que tenemos, no. Hay determinadas dinámicas de delincuencia sobre las que hay que trabajar porque son problemáticas, pero lo cierto es que no me parece que la cadena perpetua revisable vaya a ser una solución. Además no hay un estudio ni unos presupuestos que determinen qué se va a hacer para revisar las condiciones de los reclusos. Parece que estamos siendo muy duros, con esa política de ley y orden, de tolerancia cero, pero no va a reducir la reincidencia.

Además, hay una desinformación, me temo que desinteresada, respecto a cómo es la realidad de las cárceles. Es un desconocimiento absoluto, aunque las de España si las comparas con otros lugares del mundo, obviamente son mejores. Otra cosa que se utiliza de una manera interesadamente manipulada es el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas. Desde que no hay reducción de penas por trabajo las condenas siempre se cumplen íntegra y efectivamente. Lo que ocurre es que una parte de esa sanción la puedes vivir en régimen de semilibertad o libertad condicional. La estas cumpliendo en un régimen distinto.

¿Qué ocurre con los menores?

El fenómeno es distinto. La Ley de Menores plantea también el internamiento, que se ha endurecido, puede durar más y hay muchos más casos que lo contemplan. Ahí es mucho más llamativa la relación entre medios de comunicación y operadores políticos, que se han reforzado en una especie de interacción un poco perversa por casos puntuales. Y hay una cosa curiosa: los casos graves de menores los conocemos por su nombre, por lo que no son muchos: el asesino de la catana, las niñas de San Fernando, el caso Sandra Palo. ¿Hay casos de esos? Claro. ¿Hay que actuar con intensidad? Por supuesto. Pero la ley penal del menor se supone que intenta que a los menores se les trate diferente que a los adultos y con las reformas que ha habido no es así. Por no hablar de que en el sistema de menores algunas de las cárceles, que aunque las llamen centros de menores son cárceles, son privadas. La ejecución de las condenas depende de las Comunidades Autónomas y son las que pueden establecer convenios con entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro. Pero lo de sin ánimo de lucro en la realidad no ha resultado ser tal.

Habla de «casos excepcionales» con menores que han propiciado cambios en la ley. ¿Qué ocurre con los delitos más comunes?

La última reforma, de 2006, pasó a posibilitar el poder tener una medida de internamiento para delitos que se cometieran en grupo. Un adolescente lo hace todo en grupo, lo bueno y lo malo. Con lo cual, eso significa que aunque el delito no sea grave, porque la inmensa mayoría son faltas que tienen mucho que ver con las tonterías que se hacen a esa edad, hay un número de casos mucho mayor en los que el juez puede enviarlo a un centro de menores y no implica necesariamente que sea más grave. Estas criminalizando un tipo de conducta muy habitual entre adolescentes. Con un menor que está metiéndose en líos de este tipo, donde no hay violencia, creo que son más eficaces otro tipo de medidas.

A día de hoy, ¿considera eficaz el Código Penal?

Es difícil de responder. Lo que es eficaz no es tanto la ley, sino la intervención, la aplicación que se hace de ella. Creo que tenemos un código muy duro y muy amplio en cuanto a la cantidad de conductas que se sancionan. La cuestión es que la eficacia habría que relacionarla con el tipo de delincuencia. La inmensa mayoría de los delitos conocidos son patrimoniales y contra la salud pública (tráfico de drogas). El 80% de la población penitenciaria lo es por esos delitos. En ese sentido, se persigue bastante. También es muy eficaz la persecución de delitos contra la vida, porque es muy necesaria y porque no hay muchos homicidios ni asesinatos, pese a lo que la gente cree. Si hablamos de corrupción, no está siendo eficaz, pero no es un problema de técnica legislativa, que también es muy mejorable, sino un problema de que los delitos no se aplican, no se persiguen, no se denuncian y si se denuncian cuesta mucho investigarlos.

¿Qué errores han cometido los medios de comunicación en esa interacción con los poderes políticos que señala en el libro?

Los medios de comunicación venden un producto. Si se quiere se compra y si no, no. Uno puede querer un medio sensacionalista, pero hay ámbitos donde ha habido falta de rigor, como olas de criminalidad inventadas. Puede haber un repunte de crímenes específicos y se inventa una ola de criminalidad. Obviamente, si a los medios se les dice desde los operadores políticos que ha habido un aumento exponencial, deben contrastarlo. Si uno muestra los balances de criminalidad del Estado, no casan. Las cifras nunca han avalado un aumento notable de la criminalidad. Pese a eso, en un momento dado hubo una especie de connivencia entre partidos y medios. Por ejemplo, El País hizo de altavoz del PSOE cuando estaba en la oposición y los medios afines al PP hicieron lo mismo. Y no fueron rigurosos al entrar en la dinámica de vender miedo. A veces, en la misma noticia, en el titular se decía que la situación era alarmante y en el último párrafo, donde a veces ni se llega, se reconocía que eso no era así, que esos datos no eran actuales.

¿Es factible que los operadores políticos lleguen a un consenso con el Código Penal?

Hoy por hoy, no lo creo. El Código Penal se ha utilizado para golpearse. Pero lo curioso es que todos han entrado al mismo juego, el del endurecimiento. Se supone que unos pueden estar más en el discurso de la reinserción y otros en el de ley, orden y tolerancia cero, pero, al final, como el discurso que vende es el del endurecimiento, el PSOE, si es que está en una línea diferente, también lo ha utilizado. Que se pongan de acuerdo para hacer una ley acorde con la realidad delincuencial y las necesidades sociales, personalmente, me parece política-ficción.

Fuente

Política criminal

Ocho presos desde la cárcel el Manzano iniciaron una huelga de hambre exigiendo ser trasladados hasta una prisión cerca a las ciudades donde viven sus familiares.

Tras varias peticiones y ante la indiferencia de los carceleros los prisioneros decidieron oponerse a la continua práctica de traslados vengativos por parte de la institución carcelaria mediante una huelga de hambre.

Los presos exigen ser trasladados a las cárceles cercanas a Curanilahue, Angol y la Serena.

¡A frenar la practica de traslados vengativos y dispersión por parte de la administración carcelaria!

Publicación Refractario

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El colectivo de apoyo a los presos de ETA Herrira ha demandado la «inmediata» derogación de la denominada «doctrina Parot» en un acto en Pamplona, en el que ha abogado por «un gran movimiento ciudadano que desborde el inmovilismo y obligue a Madrid y París a respetar los derechos humanos».

Alrededor de dos mil personas han asistido al acto que ha tenido lugar en el pabellón Anaitasuna, donde se han congregado también dirigentes de formaciones abertzales como Pernando Barrena (Sortu), Sabino Cuadra (Amaiur), Patxi Zabaleta (Aralar), Bakartxo Ruiz (Bildu), Miren Aranoa (EA) e Igor Arroyo (LAB), entre otros.

Este ha sido el punto final de la iniciativa itinerante «Sentencia ciudadana» que han llevado a cabo durante el verano en favor de la derogación de la doctrina 197/2006, que aplica la reducción de penas por beneficios penitenciarios a todos los años de condena, en lugar del máximo autorizado de estancia en prisión.

Durante estos meses han recorrido más de ochenta localidades y han recogido adhesiones contra la citada doctrina, lo que, según han indicado en un vídeo, ha puesto de manifiesto «el mayoritario rechazo de la sociedad vasca a estas políticas de excepción».

Respecto a la «Sentencia Ciudadana» que van a mandar a Europa, los miembros de Herrira Jone Galarza y Egoitz Luisa han dicho que «está muy clara», significa «derechos humanos, resolución y paz o lo que es lo mismo que deroguen inmediatamente la doctrina 197/2006».

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Más información en la prensa local

Política criminal

En la actualidad, 79 presos con menos de 14 años se encuentran cumpliendo cadena perpetua sin posibilidad de excarcelación, de los casi 2.500 menores condenados en el país a estar toda su vida en una cárcel, según cifras de Human Right Watch, un 16,4% del total de presos. Casi dos tercios de estos menores son jóvenes de color y 175 niñas, algunos de los cuales llevan más de media vida encerrados.

Una polémica que se reabre después de que la Corte Suprema, el más alto tribunal de EEUU, declarase en mayo de este año que la cadena perpetua a menores era inconstitucional. Se trataba de la tercera decisión sobre esta materia que tomaba el grupo de nueve magistrados: en 2005 abolió la pena de muerte para este colectivo, salvando a 50 niños del corredor de la muerte, y en 2010 declaró inválida la cadena perpetua para 130 menores sin delitos de sangre.

A pesar de ello, la histórica decisión no supone el fin de estas condenas, como ha quedado patente en el caso de Cristian Fernández, que se enfrentó hace poco a una posible condena de cadena perpetua por el asesinato en primer grado de su hermanastro de dos años. Librado al final de esta posibilidad, a cambio de una condena hasta 2018, Cristian escapó de unirse a un selecto grupo, el de los niños sentenciados a morir en una prisión norteamericana. . Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Suprema concluyó “que cualquier jurado o juez debe tener en cuenta los factores atenuantes que han llevado al joven a cometer el delito antes de imponer una condena que implique pasar toda la vida en prisión”.

Cárceles para niños

Superados los problemas técnicos de nuestra primera emisión, ponemos a disposición de todo el mundo este nuevo programa donde nos centramos en la cárcel como lugar de exterminio, las muertes en prisión. En definitiva, en cuánto y cómo la cárcel mata.

Recuerda que puedes escucharnos en directo analógicamente en el 104.4 FM de Valencia o a través del portal de Radio Klara, todos los sábados entre las 16 y las 17 horas.

Desde Aquí puedes acceder a todos los programas.

Radio: Tokata Y Fuga

Con fecha 22 de Agosto 2013, el titular del juzgado de Instrucción núm. 1 de Lugo citó a declarar en calidad de imputado y por el supuesto delito de omisión del deber de socorro e imprudencia médica al jefe de los servicios médicos de la prisión de Bonxe en la causa seguida por la muerte de E.A.P.L. La declaración ha tenido que ser cancelada por muerte del imputado.

Esculca había sido admitida en 19 de marzo como acusación popular, sumándose a la denuncia apresentada en su día por familiares de la víctima después de que E.A.P.L., de 33 años, muriera en la UCI del Hospital Universitario de Lugo donde se había ingresado de urgencia el primer día de permiso por una pancreatitis aguda e insuficiencia respiratoria.

La cárcel mata