La Sentencia 186/2014 del Tribunal Supremo, de 13 de marzo de 2014, ha reconocido recientemente la posibilidad de acumular sentencias nacionales y sentencias dictadas por un tribunal de otro Estado de la Unión Europea. Destaca en su base argumental la importancia que concede a la normativa comunitaria en la interpretación de las normas nacionales, independientemente de la mayor o menor diligencia del gobierno en la incorporación de dicha normativa a nuestro ordenamiento interno. No hay que perder de vista, por otro lado, que esta sentencia admite la posibilidad de incluir en una acumulación sentencias cuyas penas ya hubieran sido cumplidas, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 988 in fine de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece:
Categoría: <span>Política criminal</span>
MANIFIESTO EN DEFENSA DEL “TURNO DE OFICIO”
Con motivo de la aprobación del proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, las Asociaciones de Letrados que suscriben, queremos trasladar a la opinión pública la necesaria defensa del “Turno deOficio”, servicio público prestado por 42.500 abogados los 365 días del año, las 24 horas del día, y nuestra expresa oposición a la totalidad del Proyecto de reforma del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Con el proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita se ha perdido la oportunidad de modernizar y mejorar este servicio y de resolver los problemas de la actual regulación.
El proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita PERJUDICA AL CIUDADANO , al reducir el umbral económico de acceso a la justicia gratuita para las personas no integradas en una unidad familiar, al valorar la situación económica y patrimonial no sólo del interesado sino también de los integrantes de su unidad familiar, al establecer una presunción de abuso por parte de los que soliciten tres veces al año este derecho y al suprimir la obligación de residencia o establecimiento del abogado del turno de oficio en el lugar de asistencia al beneficiario del servicio, impidiendo una atención inmediata y cercana a éste.
El SISPE (Sistema Informático Social Penitenciario) es un gran banco de datos informático que empezó a funcionar en el 2008, cuando salió publicada en el BOE la orden correspondiente del ministro del Interior [ver información completa], y forma parte del plan AVANZ@ del gobierno para el “desarrollo de la sociedad de la información”. Ha sido creado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para la cual “la plena incorporación de las tecnologías de la comunicación a las actividades de la Administración Penitenciaria constituye un factor estratégico esencial para garantizar el desarrollo del trabajo en este ámbito social en las mejores condiciones y el progreso de la tecnología en la llamada sociedad de la información”. Contiene informaciones íntimas y confidenciales sobre la totalidad de personas presas en las cárceles dependientes del Ministerio del Interior. Conectando con él, cualquier funcionario, policía, juez, tribunal o fiscal e incluso trabajadores y educadores sociales podrán conocer no sólo los antecedentes del detenido o preso, sino todo su historial personal incluido en su expediente penitenciario: no sólo los datos habituales sobre condena, reincidencia, sanciones disciplinarias o “tratamiento penitenciario”, sino también todo tipo de información confidencial, como tests psicológicos o cualquier otro material elaborado por los equipos de observación, información sobre su ambiente familiar, “situación de su entorno desde que fue encarcelado o información sobre su vivienda habitual y si residía en un ambiente marginal, urbano o rural”, sobre el nivel educativo y los cursos realizados en el talego, así como todos los detalles relacionados con su vida laboral; información tan íntima como las enfermedades contraídas (con especial atención al SIDA), salud mental, discapacidades, tratamientos médicos recibidos o personas con las que se relaciona habitualmente, y también información detallada sobre consumo de drogas.
Las últimas iniciativas represivas, planteadas por el gobierno como proyecto de ley mordaza o Código Penal, la reiteración de macro procesos en la Audiencia Nacional y sonadas operaciones policiales, sitúan nuevamente a España y Catalunya en el punto de mira de las organizaciones locales e internacionales de defensa de los Derechos Humanos. Mecanismos de excepción que traspasan los límites de un sistema político *presuntamentet garantista, despiertan con fuerza de la mano del gobierno de turno. Legislaciones y tribunales hechos a medida que, aunque propios de regímenes del pasado, nunca dejaron de formar parte de nuestro sistema jurídico.
Esta máquina es muy compleja, a cada momento se rompe o se descompone alguna cosa;pero uno no debe permitir que estas circunstancias influyan en el juicio de conjunto” .
Franz Kafka, En la colonia penitenciaria
Desde hace al menos 40 años se ha puesto de manifiesto el rol de los medios de comunicación como “agencia informal” de los sistemas penales relevándose un papel performativo en la generación de las denominadas “olas de criminalidad”. Mark Fischman por ejemplo, en 1978, describió una de estas “olas” que circularon por medios gráficos y radios neoyorquinas apuntando como autores a jóvenes provenientes de barrios negros y cuyas víctimas eran personas mayores o ancianas. Hans Schneider en su clásico artículo “Las olas de criminalidad en los medios de comunicación de masas” escribía: “En la presentación de los medios de comunicación, el suceso criminal es sacado de su contexto social y personal y encajado en procesos imaginativos prefabricados y alejados de la realidad. Con este distanciamiento, la criminalidad se convierte en algo tan dramático, emocionante y sensacionalista, como irreal e incomprensible”.
Cárceles en llamas: de la COPEL a los FIES
Las luchas contra el sistema penitenciario desarrolladas por los propios presos denominados comunes han sido una de las puntas de lanza para desenmascarar la po lítica penal vindicativa de la era post franquista y democrática. De la mano de dos de sus protagonistas se relatará la historia que nos acercará un poco más al entendimiento de la realidad carcelaria actual. Conocer de primera mano las estrategias desarrolladas en el pasado contra el gigante cárcelario puede darnos las claves para enfrentarlo en el presente. Entendemos que es urgente y necesario realizar una reflexión colectiva encaminada a la redefinición de la estrategia de la lucha contra la cárcel. Por Daniel Pont Martin (ex preso COPEL) y Javier Ávila Navas (preso de APRE y FIES).
El nuevo código penal, por Salhaketa
El proyecto de nuevo Código Penal y de Ley de Seguridad Ciudadana declara sin tapujos la guerra contra los movimientos sociales y la rebeldía. Siendo sus leyes más represivas aún que las del franquismo y no siendo necesario cometer ningún delito, pretenden penalizar y castigar a toda persona que discrepe con el orden social, incluso sin hacerlo de forma activa. Ante esta situación queda únicamente la obligación ética de seguir luchando. Por un miembro de Salhaketa Bilbao.
Este texto es el anexo de un interesante artículo de José Luis Ramírez Ortiz (magistrado de la audiencia provincial de Barcelona y miembro de la asociación no gubernamental del Grupo de Estudios de Política Criminal) titulado «Seis aspectos críticos de la Reforma Penal«, publicado en sinpermiso.net. La conclusión es que las estadísticas demuestran que el aumento de las penas de prisión no determina una reducción de los hechos delictivos. No se pretende, por tanto, proteger a la ciudadanía, sino instrumentalizar simbólicamente el destino de personas que han cometido un hecho delictivo.
Entre 2011 y 2012, la población reclusa en las cárceles europeas aumentó un 2,7% de media y por cada cien plazas se contaron 98 reclusos. Son algunos de los datos de los informes Space I y Space II, publicados por el Consejo de Europa a finales de abril, en los que se analiza la situación penitenciaria en los países europeos.
En el caso de España, la tendencia se suaviza. Los datos más actuales de los que dispone el organismo europeo muestran como, entre 2012 y 2013, el número de personas presas bajó levemente, de 70.488 a 68.618 presos. 147,3 presos por cada 100.000 habitantes, una cifra ligeramente inferior a la media pero superior a los índices de países del entorno, como Italia (111,6) o Francia (117), y distante de países del norte de Europa con un sistema judicial más dirigido a la restitución del daño, como Holanda (67,7) o Noruega (71).
“Todos los estudios muestran que España y Catalunya han tenido, desde finales de los 90, los índices más elevados de población presa”, explica Alejandro Forero Cuéllar, miembro del Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans, quien señala que la población penitenciaria estatal no paró de aumentar desde la Transición hasta 2011, cuando empezó a disminuir, en parte por la reforma penal de 2010. “La Administración central y la catalana vieron que la burbuja del sistema penitenciario no era sostenible y tomaron medidas para bajar la población en las cárceles”, continúa Forero. Cambiar penas por multas, adelantar la libertad condicional y, sobre todo, la sustitución de la pena de prisión por la expulsión para personas extranjeras condenadas son algunas de las medidas de esta “estrategia de la puerta de atrás”, más guiadas, subraya Forero, por criterios económicos que por el objetivo de “reinserción” que plantea como base el sistema penal español.
La conflictividad larvada de nuestras prisiones es una bomba de relojería que hay que desactivar cuanto antes.
En nuestra época se usan dos imágenes carcelarias que dicen más que mil palabras: las prisiones son»ollas a presión» que incluso pueden convertirse en «bombas de relojería». La cosa viene de lejos: «La irrupción masiva del consumo de drogas y el aumento imparable del número de encarcelados que ésta provocó –con la inestimable ayuda del discurso de inseguridad ciudadana alentado por determinados medios– convirtieron las prisiones de los años ochenta en auténticas ollas a presión» (César Lorenzo, «Cárceles en llamas. El movimiento de presos sociales en la transición», Virus editorial, 2013). Y los peores temores se han vuelto a hacer presentes en los últimos años: el sociólogo César Manzanos, portavoz de Salhaketa (veterana asociación de apoyo a las personas encarceladas) denunciaba en abril de 2011 que la macrocárcel construida en Zaballa (Álava) podría convertirse en una auténtica «bomba de relojería» si las autoridades españolas se decidían a hacinar en ella a «más de dos mil presos!.
El Fiscal pide 3,5 años a un banquero por darse una pensión de 11 millones. El Fiscal pide 5 años por robar un bolso y sacar dinero con la tarjeta. El Fiscal pide un año de prisión para un hombre que robó comida para sus hijos. Condenan a un año de cárcel por robar una gallina. El Fiscal pide dos años y tres meses para un hombre acusado de vender heroína a pequeña escala. El Fiscal pide tres años y medio por tener diez gramos de cocaína. Y suma y sigue.
Estos son algunos titulares, desgraciadamente no excepcionales, que vislumbran cómo son las leyes y cómo está la justicia en España, y posiblemente en el resto del mundo. La justicia así como está montada siempre perjudica a los mismos, a los que menos tienen, a los que no se pueden pagar un buen abogado, y ahora tampoco pueden sufragarse un recurso contra una sentencia que consideren injusta. Penalizan a los que la sociedad ya ha marginado, y ahora a los que están padeciendo más la crisis.
Toda esta reflexión me ha venido a la cabeza después de leer que este lunes se está celebrando un juicio contra la cúpula de la Caixa Penedés por autoadjudicarse 31,6 millones de euros en pensiones. El Fiscal pide penas de hasta tres años y medio para los cuatro implicados, entre ellos el exdirector general que se autoasignó y cobró 11 millones de euros. Cobró 11 millones de euros de una caja que después fue absorbida por otra, Mare Nostrum que a su vez se ha beneficiado del dinero de todos. He oído comentarios por la radio del estilo de que la justica es lenta, pero al final se aplica. Mentira. La justicia es lenta, y además es injusta.
