Hablamos con Conxi, una vez más, de la situación actual de José Antúnez, y también de la reciente experiencia de participación en la lucha por un tratamiento adecuado contra la hepatitis C para las personas presas enfermas. Comentamos después con Rafa algunos aspectos de la última reforma del código penal, especialmente lo referente a la llamada «prisión perpetua revisable» que viene a superponerse a situaciones más antiguas de cadena perpetua de hecho, pero dejándolas en vigor, de forma que ahora hay, bajo el dominio del Estado español, al menos dos tipos de cadena perpetua.
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“La psicología reaccionaria se dedica a descubrir motivaciones irracionales que sirvan para explicar el robo o la huelga. Para la psicología social, el problema se presenta de modo inverso: no se ocupa de las motivaciones que impulsan al hombre hambriento o explotado al robo o a la huelga, sino que intenta explicar por qué la mayoría de los hambrientos no roba y por qué la mayoría de los explotados no va a la huelga.”
(Wilhelm Reich, La psicología de masas del fascismo)
¿La sociedad tiene dueños? ¿O es que hay una ley superior a las personas, totalmente fuera de su control, una especie de sucedáneo del azar, que decide el destino de cada cual? Quizá las dos cosas y ninguna de las dos al mismo tiempo: la expresión “sociedad” no es más que un eufemismo hipócrita y demagógico para el régimen totalitario de dominación y explotación al que vivimos sometidos. Lo que designamos con ese nombre actualmente, estas relaciones sociales concretas, concretamente explotadoras y antagónicas, concretas relaciones de poder y dominación, es una complejísima actividad parasitaria, perjudicial para la inmensa mayoría de las personas y también para la naturaleza. Solamente una ínfima minoría saca algún beneficio, suponiendo que el lucro o el poder sean verdaderamente algo deseable desde un punto de vista personal, humano.
Por otra parte, hoy no hacen falta partidos totalitarios ni grandes movimientos de masas para poner al Estado y a la población bajo los dictados del Capital. Esa movilización total hace ya tiempo que se logró completamente, hasta llegar a ser inmanente a la vida social. Gracias en gran medida al desarrollo tecnológico, todo se mueve sin excepción al son del mercado. El mundo es mercancía y la mercancía mundo. La síntesis entre totalitarismo y democracia puede ahora plantearse en un estadio superior donde ya no existe contradicción entre sus términos. Es el tiempo del Espectáculo integrado, o de la Megamáquina. En general, semejante “sistema” que lo somete todo a su propia expansión permanente y ciega, es una catástrofe universal de cuya administración proviene el beneficio económico y el juego de poder.
El pasado 4 de agosto de 2015 fue presentado a las Cortes Generales el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2016 y en la página 207 del Informe Económico y Financiero podemos leer: «Para el cumplimiento de sus objetivos, la política penitenciaria trata de racionalizar y priorizar los medios disponibles haciendo un uso eficiente de los recursos que se le asignen y que durante 2016 ascienden a 1.149,71 millones de euros, lo que supone un incremento de 25,05 millones de euros respecto al ejercicio anterior, de los que 20 millones de euros se destinan a productos farmacéuticos para tratar a los reclusos contagiados de Hepatitis C».
Sorprendida, tengo que volver a leerlo de nuevo. ¿Dinero para fármacos para reclusos/as infectados de hepatitis C en los Presupuestos Generales? Por un momento no entiendo nada. Recuerdo que, en febrero de 2014, cuando Manuel Trancoso reclamó el tratamiento de su hepatitis C con la triple terapia, le contestaron que no correspondía a la Administración penitenciaria; recuerdo a la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria denunciando que las personas con hepatitis C que estaban en la cárcel no estaban siendo tratadas; recuerdo a Pablo Saiz de la Hoya, miembro de esta misma sociedad, avisando de que se había perdido el concepto de equidad en la sanidad penitenciaria, ya que no se estaba tratando igual a las personas presas que al resto de la población –»para evitar el coste se nos ha prohibido prescribirlo»–; recuerdo el Informe Anual del Defensor del Pueblo de 2014 denunciando que los nuevos medicamentos incluidos en la triple terapia no estaban llegando a los/as presos/as; pienso en la sentencia, de septiembre 2014, de un juez de Valladolid dando la razón a la Consejería de Salud de Castilla La Mancha frente a la demanda del Ministerio del Interior, que pretendía que fuera la comunidad autónoma la responsable de pagar el tratamiento, dejando muy claro que era responsabilidad de Instituciones Penitenciarias el pago y, también, recuerdo a José Manuel Arroyo, subdirector de Sanidad Penitenciara, diciendo en junio de 2015, a pesar de todo esto, que confiaba en que antes del verano «todas las comunidades acepten y entren en el redil» (esto es, paguen ellos los medicamentos).
Hablamos con Conxi acerca de José Antúnez Becerra y comentamos algunas noticias recientes. Entrevistamos a la compañera «Paka de Lucía» que nos cuenta con todo detalle las dos caras de la misma moneda que le ha tocado vivir, pasando de un módulo de respeto a un módulo de primer grado durante su condena de 6 meses.
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Todas las personas privadas de libertad responden a un nombre que a veces se olvida por la cosificación que ejerce la institución. Sin demasiado esfuerzo se acaban convirtiendo en un número, en una cifra más, en un dato estadístico, pero lo cierto es que todos y cada uno de ellos, todas y cada una de ellas, proviene de sus propias circunstancias.
No son un número. No son una tasa de criminalidad, de reincidencia, de tipología delictiva. No son un experimento social. No son partidas presupuestarias. No son conclusiones de estudios sociológicos, jurídicos o criminológicos. Son personas con nombre y apellido, con familia, con entorno, con suerte o sin ella, pero personas.
Las cartas ocupan tiempo, trasladan la mente, dibujan ilusiones, diseñan esperanzas. Las cartas se leen una y otra vez hasta aprenderse de memoria; son el triunfo de la persona frente a la institución; son la no cosificación, la resistencia, la libertad.
Son sensación, emoción, vida.
Los primeros días de septiembre, la Fiscal General del Estado, Consuelo Madrigal, presentó su Memoria del 2014 a S.M. el Rey. Por qué se lo entregó a él antes de hacerlo público para toda la ciudadanía es algo que se me escapa, pero a las pocas horas enmendó el error y lo puso a nuestra disposición en su web[i], por lo cual le estoy muy agradecido.
Tras una lectura superficial, he concluido que el contenido del documento es, en mi opinión, altamente criticable por un gran número de cuestiones, como su justificación de la Reforma del Código Penal y su petición de incrementar, más aún, la acción penal para algunos casos. Máxime si tenemos en cuenta que la Fiscalía recoge, entre otras informaciones, que en 2014 (con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo Código Penal, la cual tuvo lugar en julio del año en curso), la delincuencia había bajado un 6% respecto del año anterior. Y no es un dato inusual, es la tendencia generalizada de las últimas décadas. ¿Por qué fue necesario, pues, un nuevo Código entonces?
Sin duda todo esto es material suficiente para escribir un artículo propio (o un libro, como ha hecho Julián Ríos respecto de la prisión permanente[ii]), pero como ya he anunciado a modo de spoiler en el título de éste, en estas líneas voy a referirme a los delitos de terrorismo, pues considero que se han incurrido en algunos errores que convienen matizar.
Galaxia Hernández Salguero, una muchacha de 27 años de edad, fue «encontrada» muerta a las tres y media de la tarde de ayer en la celda del módulo diez de la prisión de Villabona donde estaba encerrada. Su fallecimineto es el quinto que se ha producio en los últimos diez meses entre las personas presas en la cárcel de Villabona. Aún no se sabe nada oficialmente sobre las causas, pero ya han empezado algunos carroñeros a intentar aprovecharse de la muerte de Galaxia en beneficio de sus sucios intereses, como han venido haciendo en relación con muerters anteriores. Se trata de los demagógicos defensores de la UTE de Villabona, buque insignia de lo que se presenta como un nuevo modelo, más humano, de cárcel −»la cárcel de la esperanza» han llegado a llamarla−, cuando se trata en realidad de un sistema deshumanizante que busca la degradación de las personas atrapadas en él por medio de retorcidas estrategias conductistas que exigen a los presos convertirse en chivatos sometiendo a chantage permanente el reconocimiento de sus derechos más elementales.
En esa horrible cárcel, donde las personas presas sufren, como en todas, condiciones de superexplotación laboral, abandono sanitario y todo tipo de malos tratos, «aparecieron» muertos en noviembre dos presos, supuestamente por sobredosis de drogas, y otro más a finales de abril. En mayo se encontró ahorcado a otro en la enfermería, de la que se dice es un verdadero psiquiátrico, pues está ocupada por cantidad de enfermos mentales de los que deambulan abandonados dentro de las prisiones españolas.
Fuentes: www.asturias24.es; www.lne.es
Más información en Tokata:
Dos Presos Muertos En La Cárcel De Villabona
Una Muerte Más En La Cárcel de Villabona
La reforma del Código Penal, operada por LO 1/2015, de 30 de marzo, ha introducido en nuestra legislación la pena de prisión permanente revisable que, desde nuestro punto de vista, es ilegítima, inhumana, insultante para la naturaleza humana e injustificada. Sobre la constitucionalidad, no deja de ser un concepto interpretable por quien se encuentra en una posición de poder alejada de toda realidad. Para mí, claramente lo es.
Sin embargo, esta reforma se ha vuelto a olvidar de un grupo de personas, unas 300 aproximadamente, con liquidaciones de condena superiores a cuarenta años, ya que sus diferentes penas, impuestas por delitos menos graves que los previstos para la cadena perpetua, no son acumulables conforme a los criterios del artículo 76 CP, del actual CP, o del art. 70 del CP de 1973, en el caso de que su condena lo fuera por este último código.
Un condenado a una suma de pena de 60 años, que no son acumulables, no puede acceder a los permisos de salida hasta los 15 años efectivos de condena (la cuarta parte de 60 años). Y si no puede disfrutar de permisos hasta esa fecha, aunque teóricamente –si determinadas variables le son muy favorables– podría ser clasificado en tercer grado, todos sabemos que no lo será al no haber demostrado que responde favorablemente en los permisos. Sin el tercer grado por tanto no podrá obtener la libertad condicional (la suspensión de lo que le reste de cumplir) hasta los 45 años de cumplimiento efectivo, con carácter ordinario, y extraordinariamente cuando lleve 40 años cumplidos. La reforma del CP ha ignorado esta situación.
Mediante el presente escrito vengo a presentar Queja por la lamentable situación en la que se encuentra mi compañera Noelia Cotelo Riveiro, que se encuentra en el C.P. de Topas (SALAMANCA), como así también por tenerme incomunicado telefónicamente y con los vis a vis con ella por parte de la dirección de este C.P. Madrid VI (Aranjuez) y la del C.P. de Topas a ella.
Todo ello en base a las siguientes “ALEGACIONES”:
PRIMERA: Mi compañera Noelia Cotelo Riveiro, lleva 8 años en régimen especial (PRIMER GRADO, AISLAMIENTO) con continuos malos tratos, torturas psicológicas, palizas, hasta ha sufrido ABUSO SEXUAL en el C.P. de Ávila, continuos traslados, intervención de comunicaciones, y sin ningún tipo de tratamiento de los cuales establece la Legislación Penitenciaria y la C.E., siendo sometida siempre a AISLAMIENTO, un trato infrahumano, vulnerándosele los tratados internacionales de los DERECHOS HUMANOS y LIBERTADES FUNDAMENTALES, concretamente el Art. 3 –Prohibición de la Tortura: Nadie podrá ser sometido a penas o tratos INHUMANOS o DEGRADANTES–, establecido de la misma forma en la Constitución Española y en la L.O.G.P. Art. 6, y Art. 4.1 a) del Reglamento Penitenciario el cual establece DERECHOS a que la Administración Penitenciaria vele por la vida de los internos, su integridad y su salud, sin que puedan en ningún caso ser sometidos a torturas, a malos tratos de palabra o de obra. NI SER OBJETO DE RIGOR INNECESARIO EN LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS.
SEGUNDA: Que la hayan tenido 8 años sin dejarla progresar es una prueba de lo señalado. Mi compañera pese a todas las limitaciones que le impone la Administración Penitenciaria pudo acceder mediante Huelga de Hambre al derecho a los estudios, Arts. 118, 119, 122, 124 de R.P. –La Administración Penitenciaria facilitará el acceso de los internos a programas educativos de Enseñanza regladas y no regladas que contribuyan a su desarrollo personal. Es algo sorprendente que mi compañera tenga que reivindicar su derecho a los Estudios y la propia Administración le impida su evolución, contradiciéndose a todo lo establecido en la L.O.G.P., RP, C.E. y tratados Internacionales.
TERCERA: Se encuentra sin un Programa Individualizado de Tratamiento (P.I.T.) con continuos acuerdos en continuidad en régimen cerrado –PRIMER GRADO Art. 93.1 (AISLAMIENTO) arbitrarios y manipulando informes con tal de mantenerla en grado por sus continuas protestas por todo ABUSO DE PODER AL QUE SE VE SOMETIDA y como represalia por parte de las Administraciones Penitenciarias que no le dejan progresar. Y más aún cuando tiene un proceso judicial contra funcionarios de la prisión del C.P. de Ávila por abuso sexual.
CUARTA: Ahora también teniendo yo autorizada por el J.V.P. Nº 2 de MADRID –ASUNTO 5472/20015 Auto de fecha 21 JULIO 2015 –Estimación de las llamadas inter-centro con mi compañera Noelia Cotelo Riveiro que en el mes de septiembre la iba a celebrar al estar cumpliendo en el C.P. MADRID V, y al llegar a este C.P. MADRID VI, se me deniega por completo, incumpliendo una orden judicial por parte de la Dirección de este Centro, como así también vulnerando el derecho a la comunicación telefónica con ella.
Por todo lo expuesto pido se Estime la progresión de mi compañera Noelia CoteloRiveiro a un régimen de 2º grado, como así también la Autorización de las llamadas telefónicas inter-centro como así también los Vis a Vis y su traslado a Madrid por todo lo establecido en el Art. 25 C.E. y legislación penitenciaria –Las penas de privación de LIBERTAD estarán orientadas en la rehabilitación del PRESO.
Pongo en conocimiento que apoyo mi Queja con HUELGA DE HAMBRE INDEFINIDA QUE COMENZARÉ EL DÍA 20, SEPTIEMBRE 2015.
FIRMA:
Gabriel Pinto
El compañero ha enviado el escrito anterior a las instituciones cuyas direcciones vienen a continuación y nos pide dirigirnos también a ellas expresando nuestro apoyo.


