El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento Penitenciario para incluir en él el uso de los Ficheros de Internos de Especial Seguimiento (FIES). Con esta modificación se cumple la sentencia del Tribunal Supremo, de 17 de marzo de 2009, que declaró nula la Instrucción de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, de 16 de diciembre de 1996.
Categoría: <span>Régimen de Máxima Crueldad</span>
Hemos recibido una denuncia dirigida por el compañero Ángel López Ortega, que lleva preso «33 largos años», al juez de vigilancia penitenciaria y al sindic de greuges de Catalunya, sobre «las numerosas anomalías existentes» en el Departamento DERT (el FIES catalán) de Brians II, donde ha permanecido durante más de tres meses. Pide a las instituciones que se supone deben velar por los derechos de los presos que investiguen «estos hechos y anomalías» y hagan «todo lo posible por remediar estos inhumanos acontecimientos que van en detrimento de la salud física y psicológica de los internos y merman claramente su evolución hacia su reinserción social». Tal como él lo cuenta: «El trato recibido por los funcionarios es irrespetuoso, degradante y sometido a numerosas torturas psicológicas, y aunque no me ha ocurrido a mi en esta ocasión, también me consta que han torturado físicamente a otros compañeros. La mayoría de los días la calefacción y ducha está fría, y cuando funciona es al mínimo, por lo que la celda parece una nevera. En varias ocasiones he notificado a los funcionarios estas anomalías y me han contestado: “¿qué te crees, que estás en un hotel?” o “aquí se vienen a sufrir”.
Si volvemos a hablar aquí de “la lucha contra el FIES”, no es sólo con la intención de contra-informar, evidentemente sería un poco tarde para eso. Tampoco es por nostalgia y menos aún para mitificar una lucha de la que tanto hemos hablado. Sin embargo, parece que diez años después empezamos a olvidar esta rica experiencia incluso antes de haber sacado provecho de todas sus enseñanzas. En la península ibérica y en otros lugares, durante un corto periodo de tiempo (1999-2002), los compañeros tuvieron que afrontar un gran número de obstáculos, algunos bien conocidos, y otros, más nuevos, que quedaron desde entonces instalados en el panorama. Queremos aquí sacar en claro algunos de los aciertos de esta lucha y, sobre todo, algunos de los errores cometidos y extraer herramientas que puedan servirnos para otras ofensivas, presentes y futuras, contra un sistema de dominación que sigue perfeccionando y reforzando sus mecanismos de explotación, de alienación, de control y de represión.
Como sabemos por noticias anteriores, el Ministerio del Interior tiene listo un decreto que responde a la sentencia de Tribunal Supremo donde se reconoce que el régimen excepcional de castigo FIES se ha estado aplicando ilegalmente durante casi veinte años. Esa respuesta consiste en incorporar dicho régimen al Reglamento Penitenciario para lavarle la cara e intentar blindarlo legalmente, convirtiendo en regla el estado de excepción que ha supuesto hasta ahora. Tanto el Consejo Fiscal como el Consejo General del Poder Judicial apoyan la maniobra.
Sin embargo, hay que seguir luchando contra los regímenes de castigo normales, especiales, corrientes o excepcionales… sean cuales sean sus apariencias de legalidad ¡Hasta el fin del Estado y de sus cárceles!
Más información en Tokata:
«…el primer objetivo de la norma que se examina es el de contemplar procedimientos de seguridad ajustados a la potencial peligrosidad de los internos, que vengan amparados por una disposición administrativa de carácter general, como es el Reglamento Penitenciario. En este contexto, se introducen las modificaciones que a continuación se mencionan…»
Salud compañerxs:
Hace ya algún tiempo que me comenzaron a realizar sus represalias baratas por parte de los carceleros y directiva de este centro.
Resultó que conseguí ganar ante el JVP una aplicación ilegal y encubierta del FIES que puede servir para una mayor ayuda pues denotó una inactividad ante el tema y solo estamos dando más tiempo para que continúen con total impunidad. Por ello también presenté una reclamación patrimonial por el deficiente funcionamiento de la administración penitenciaria, que se encuentra en proceso de resolución.
La reforma tiene por objeto principal dotar de cobertura jurídica adecuada al sistema FIES (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento).
Una sentencia de la sección quinta de la sala de lo contencioso administrativo del Ttribunal Supremo dictada el 17 de marzo de 2009 declaró “nulo de pleno derecho” el apartado primero de la instrucción 21/96, de 16 de diciembre, de la DGIP titulado “Normas de seguridad, control y prevención relativas a internos muy conflictivos y/o inadaptados”, porque crea, no siendo más que una circular de carácter administrativo-organizativo, un régimen restrictivo de los derechos fundamentales de los presos no previsto en la LOGP y en el RP, las únicas disposiciones legales que podrían hacerlo. Esta decisión implica la ilegalidad de la misma existencia del fichero ya que en el apartado 1 están incluidos los criterios de clasificación de las personas incluidas en cada uno de la cinco categorías.
Cada noche sobre las 23:30 horas y con intervalos de 2 horas (1:30, 3:30. 5,30) funcionarios entran en las galerías del módulo de aislamiento para efectuar ‘rondas nocturnas’, llamadas así rutinariamente pues no se mira en el interior de las celdas, lo cual lleva hasta el absurdo la aplicación de esta medida ya que la supuesta finalidad sería velar por la integridad física de los internos (art. 76.1 L.O.G.P.).
