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Estas reformas en justicia forman parte de un paquete de medidas en trámite parlamentario como la ley de seguridad ciudadana, el código penal, la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita o la Ley de Enjuiciamiento Criminal, todas ellas dirigidas a criminalizar las libertades civiles, castigar la protesta social pacífica y especialmente, las situaciones de pobreza. El nuevo Código Penal introduce de forma extendida el “derecho penal de autor” en el que se te juzgará más por quién eres, que por el delito que hayas cometido. Con el soporte de la reforma del Código Penal, la Ley Mordaza incorpora una serie de medidas intimidatorias que, en nombre de “nuestra seguridad y bienestar”, refuerzan el control del Estado y Fuerzas de Seguridad sobre las personas.

Conferencia a cargo de Paz Francés, Doctora en Derecho Penal y miembro de Salhaketa Nafarroa.

Política criminal

El 17 de enero de 2015 la televisión catalana emitió, censurada y con un año de retraso, la película documental “Ciutat Morta”, que pese a aparecer en un canal secundario, gozó de numerosa audiencia. La “ciudadanía” dejó de mirar para otro lado un instante y pudo constatar el calvario padecido por cinco jóvenes inocentes en manos de matones corruptos y de tribunales arbitrarios. El montaje del 4F no ha sido el único que ha revelado la connivencia entre políticos cómplices, policías torturadores y jueces prevaricadores. Recuérdese el 9F, el caso Raval, el del ojo de Esther Quintana, el de la muerte del actor Alfonso Bayard, el del ciudadano rumano Lucian Paduraru, el de las palizas de los tres jóvenes de Gracia o la reciente Operación Pandora, por sólo mencionar los más ruidosos. Tampoco es el único donde la policía ha actuado violentamente con total impunidad, ha manipulado atestados y ha mentido en los juicios; se sabe que además ésta se ha visto premiada con indultos, ascensos y recompensas por esa clase de servicios.

Algo huele a podrido en Barcelona, pero que nadie se escandalice por ello más de la cuenta. Lo verdaderamente escandaloso no son las denuncias falsas, las vejaciones gratuitas infligidas a los detenidos o la saña criminal de los “protocolos de actuación” de los verdugos uniformados; mucho menos, la complicidad y el encubrimiento de los políticos, las coacciones a los testigos, la desestimación de pruebas y los procesos judiciales sin garantías. Lo indignante es que todo este universo kafkiano forma parte de la normalidad ciudadana. A día de hoy, tal tipo de conductas es normal, está legitimado, puesto que para los responsables de tanto atropello es la única forma de garantizar con eficacia el mantenimiento del orden establecido a escala municipal.

Las revueltas ocurren cuando los gobernantes pierden toda credibilidad y su autoridad no inspira respeto a quienes gobiernan. Es así de sencillo. En tal situación, aunque la gente obedezca por costumbre, el “Sistema” se sabe frágil; no le basta con disponer de un cuerpo político y judicial sin fisuras para aplastar el menor atisbo de vida independiente, sino que necesita un espacio público domesticado donde el trapicheo ambulante, la fiesta autónoma (que no era precisamente el caso de la “Anarco Peña Cultural”), la deriva opaca y sobre todo la libertad pública -ese gusto por hablar, discutir, respirar y actuar- no puedan ni siquiera asomar. Los dirigentes conciben a los súbditos díscolos como amenaza, o sea, como un “enemigo” capaz de colarse por cualquier resquicio. La naturaleza de dicho enemigo resulta fácil de elucidar con sólo mirar a las víctimas del celo policial: indigentes, inmigrantes, jóvenes “de estética okupa”, manifestantes, miembros de piquetes de huelga, y, en general, cualquiera que se cruce en el camino de los mercenarios del orden “cívico”.

Esas figuras del enemigo público han relevado a las del “desafecto”, “ateo”, “comunista” o “anarquista”, mediante las cuales la pasada dictadura de Franco exorcizaba a sus oponentes y justificaba una represión implacable. El régimen partitocrático nacido de la reconversión pactada de la dictadura no modificó un ápice la relación hostil entre gobernantes y gobernados; tampoco derogó la legislación punitiva anterior, ni purgó sus aparatos policial y judicial. La “peligrosidad social”, que caracterizaba al “enemigo”, se encarnó a su vez en el “terrorista”, el “traficante”, el “delincuente habitual” y, finalmente, en el “antisistema”, legitimando así una involución legal que suprimía derechos y permitía el acoso policial en nombre de los “valores democráticos” y la “seguridad ciudadana”. De modo semejante, la dictadura lo había hecho en nombre de la “paz”, la “religión” y el “orden público”. La partitocracia no había desarrollado instituciones capaces de integrar la protesta social, ni había conseguido que los colectivos disidentes se dejaran instrumentalizar o corromper, por lo que la cuestión social -la condición humana bajo un capitalismo en constante reestructuración- se iba contemplando desde la perspectiva dirigente como una cuestión de orden.

Como pasa siempre, los abusos policiales precedieron a la ley, indicándole el camino. Y con enorme facilidad, la partitocracia ha vaciado la carcasa liberal constitucionalista para reproducir condiciones político-sociales típicas de los regímenes autoritarios. Tiene demasiados puntos vulnerables, por eso se ha de proteger contra un enemigo multirreincidente, que lo mismo surge en forma de desahuciado, que en forma de enfermo de hepatitis C. Realmente la violencia policial indiscriminada es el primer paso de una guerra contra la población súbdita, a la que la conflictividad convierte en “sospechosa”. Y como en toda guerra, la fuerza es empleada para aniquilar al contrario, no para persuadirle de lo inapropiado de su proceder. Ahí el “Sistema” tiene siempre razón: las víctimas inocentes son culpables de haberse encontrado en el lugar equivocado, en el momento equivocado.

Paradigma de los nuevos fundamentos represivos de la sociedad capitalista son las aglomeraciones urbanas modernas, que hoy conforman un modo de vida obediente a los imperativos de la economía y de la política. En ellas no existe espacio público que pueda funcionar como ágora; el dominio de la decisión queda recluido en pasillos y despachos, fuera de los cuales “los fuertes se comportan como quieren y los débiles sufren como deben” (Tucídides). Una élite constituida por políticos, promotores culturales, banqueros, constructores, hoteleros y especuladores, administra las conurbaciones como si fueran empresas, impulsando procesos de “esponjamiento”, gentrificación y museificación. El objetivo no es otro que convertirlas en espacios explotables a semejanza de las grandes superficies comerciales y los parques temáticos. Dicha transformación requiere no solamente desplazamientos importantes del vecindario con escasos recursos, sino el control total de la calle y la expulsión por todos los medios de aquellos recalcitrantes, cuya presencia resulta molesta al nuevo usuario de la misma, a saber, el artista diseñador, el comprador o el turista.

En ese contexto de reordenación urbanística, la guardia urbana desempeña un papel higiénico semejante al de la policía armada del franquismo: ha de limpiar los lugares de población indeseable, pobre y fuera de control, aplicando sin trabas garantistas las políticas de tolerancia cero que se desprenden de las ordenanzas municipales restrictivas. De este modo, un fenómeno más bien de alcance menor como el de los mendigos, okupas fiesteros y migrantes indocumentados, por producirse donde no debe, se convierte en un problema urbano de primera magnitud. Eso explicaría de manera suficiente la existencia de cuerpos de dudosa legalidad como la unidad UPAS de la Guardia Urbana de Barcelona -compuesta por dos centenares de sicarios especializados tanto en la cacería de vagabundos y jóvenes con pintas llamativas, como en la disolución violenta de concentraciones y actos festivos irregulares. En consecuencia, también resultaría obvia la protección incondicional que disfrutan aquellos por parte de los alcaldes y concejales, así como la comprensión benevolente de jueces y fiscales, cosa que les otorga carta blanca para la comisión de toda clase de atropellos.

Esa mezcla de matonismo policial, connivencia procesal y conchabamiento político no es otra cosa que el “Sistema”, que desde Cataluña se promociona como “modelo Barcelona”, marca pionera en su género, cuyo rigor ha despertado la admiración de las élites urbanas peninsulares. Al original le han surgido imitadores, pero Barcelona sigue siendo la capital europea de la intolerancia y los malos tratos, algo de lo que sin duda sus políticos, sus magistrados y sus esbirros se sentirán orgullosos.

El montaje del 4F no fue una anécdota, sino un dato más en el haber del “Sistema”. Por eso el intento de revisión que propone “Ciutat Morta”, apoyándose en la explotación mediático-sentimental del sufrimiento de las víctimas y en la existencia de un “verdadero” culpable, nos parece errado. El culpable es de todos conocido de sobra: es el mismísimo “Sistema”. Éste es el torturador, el montajista, el prevaricador. Pedirle a éste una retractación, una compensación moral, o incluso una depuración de sus instituciones, solamente servirá para calmar la mala conciencia ciudadana del espectador, horrorizado ante las prácticas cotidianas con las que los guardianes del statu quo garantizan la estabilidad de su modo de vida sumiso. Entrar en el juego de los medios de comunicación pidiendo justicia y verdad a quien es por naturaleza injusto y falsario únicamente beneficia al “Sistema”, que con sólo echar mano de unas cuantas cabezas de turco quedará sólidamente legitimado ante sus acólitos y electores. No es ese el camino. A quien quiera encontrarlo, sólo si realmente se le quiere encontrar, le bastará con mirar hacia todo lo que el montaje quiso suprimir.

Revista Argelaga, 27 de enero de 2015

Política criminal

Entrevista al abogado Andrés García Berrio con motivo de la votación de la Reforma del Código Penal que se realizará hoy en el Congreso. Con él hablamos también de la criminalización de la protesta, del caso 4F y de la ‘caza de brujas’ al anarquismo. Berrio es miembro de organizaciones como la Coordinadora por la Prevención y Denuncia de la Tortura (CPDT) y Tanquem els CIES.

¿Qué puede suponer esta reforma del Código Penal?

Supone un retroceso histórico en la concepción del derecho penal más garantista. Si actualmente ya tenemos unas condenas “casi perpetuas” (de hasta 40 años), con la reforma se introduce la “prisión perpetua revisable” donde, a ojos de la propia administración, una persona podría estar permanentemente privada de libertad. El nuevo Código Penal aumentaría también la criminalización de la pobreza. Por un lado, desaparecen las mayoría de faltas para convertirse en delitos. El hurto de menos de 400 euros, por ejemplo, pasa a ser un delito menor, generando pena de uno a tres meses de pena-multa y antecedentes penales, que suponen un agravio en la vida de las personas, sobre todo las extranjeras, quienes tendrán más difícil el acceso a sus permisos de residencia. El ‘top manta’, algo que costó tanto que no penalizaran, volverá a serlo. El discurso de la “microcriminalidad” para tener unas calles más seguras ha ido calando.

Política criminal

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Reforma del Código Penal. Cuenta atrás para un nuevo recorte de libertades

Tras la Ley Mordaza, el Gobierno profundiza la escalada punitiva con la reforma del Código Penal, un texto al que se han presentado 888 enmiendas.

Un año y algunos meses después de que se conociera el proyecto, con 45 ampliaciones de plazo para la presentación de enmiendas y 888 enmiendas presentadas –seis de ellas a la totalidad, ya se comenta una fecha cercana para la aprobación del nuevo Código Penal: abril de 2015, según las declaraciones que el nuevo ministro de Justicia, Rafael Catalá, hizo en los últimos días de 2014. Cogida de la mano de la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC), cuya aprobación está prevista para marzo, el texto original de la reforma número 29 del Código Penal ha seguido la dinámica de la mayor parte de las anteriores: más cárcel, más tipos de delitos y, en el papel del enemigo, el pobre y el disidente.

“Lo más interesante es reflexionar por qué justo en este momento social, político y económico, se toma la decisión de endurecer el Código Penal”, señala a Diagonal el abogado Endika Zulueta. El texto original de la reforma ya contemplaba como cambio estrella en la legislación la entrada de la prisión permanente revisable, una suerte de cadena perpetua, para delitos de terrorismo con víctimas mortales. También la eliminación de las faltas, pasando las más graves a ser delitos y las menos graves a la vía administrativa –con la LSC–. Mientras el nuevo Código Penal endurece las penas en delitos relacionados con la pobreza –hurto y enganches a agua o luz son ahora delitos–, pone contra las cuerdas a los migrantes –repenalización de manteros y castigo a quien ayude a transitar a sin papeles– y ataca a la movilización social –difusión de convocatorias como nuevo delito y endurecimiento de las penas por atentado a la autoridad, desórdenes públicos y desobediencia–, la LSC sanciona acciones de protesta social popularizadas por movimientos como la PAH o el 15M.

“El Código Penal es uno de los termómetros de cómo está el respeto a los derechos humanos. Cuando es más ancho y se tipifican más conductas es señal de que el Estado deja menos espacios de libertad”, explica Zulueta. Este abogado subraya la hiperprotección de la figura de autoridad, que en demasiadas ocasiones pasa de ser un funcionario que investiga delitos a convertirse en víctima, testigo y denunciante del delito. “Hay un consenso sobre que el homicidio conlleva la pérdida de libertad. La libertad sexual es otro bien jurídico cuya protección está consensuada, pero hay muchísimos bienes jurídicos en los que no hay tanto consenso social”. Zulueta se refiere, entre otros, a la figura de propiedad, un concepto que también se ha hiperprotegido progresivamente en el Código Penal: “El porqué el Estado considera lícita la actividad de un banco que da una hipoteca a una familia, sabiendo que se terminará quedando con la casa y con una deuda de por vida, e ilícita la de la familia que ocupa una vivienda es también indicador de quién está haciendo las leyes, a qué estratos socioeconómicos protege y a cuáles penaliza”.

De las 888 enmiendas presentadas, 93 las ha propuesto el propio Partido Popular, por lo que, dada su mayoría absoluta, son las que más probabilidades tienen de suponer cambios en el texto de la reforma presentado por Alberto Ruiz-Gallardón. Algunas son parte del denominado “paquete de medidas contra la corrupción”. En resumen: añadir la pérdida del derecho de sufragio pasivo –presentarse como candidatos en procesos electorales– en los delitos relacionados con la corrupción.

Otras vienen a suavizar la responsabilidad penal de las empresas y resto de personas jurídicas, un concepto introducido en 2010 pero que quedó ambiguo y difícil de trasladar a los tribunales. “Si una empresa sobornaba a un comprador, por ejemplo, el administrador o representante legal podía ser condenado. Sin embargo, hay muy poca jurisprudencia sobre el tema y, en general, las empresas españolas no se han planteado todavía estos temas”, explican desde la firma Lant Abogados, que da talleres sobre responsabilidad penal a empresas. “No existe todavía la conciencia de la responsabilidad de las empresas y, al hablar de muchos tipos delictivos, no hay taller en el que no haya algún empresario que diga que ‘eso lo hace todo el mundo’”. El texto inicial de la reforma del Código Penal delimitaba un poco más el concepto, pero una de las enmiendas presentadas por el PP propone que se exima de responsabilidad penal a las empresas si éstas adopten programas de control de posibles delitos, aunque estos programas no tengan éxito.

Derechos laborales y huelga

CGT cuenta ya 52 casos procedimientos, entre los penales y los administrativos, entre sus filas y ya son más de 200 los sindicalistas de CC OO y UGT imputados por hechos relacionados con huelgas. Frente a las declaraciones de Catalá en las que aseguraba que se suavizarían las penas por coacciones en contextos de huelga, las enmiendas presentadas por el Partido Popular al texto de la reforma del Código Penal tiehnen un objetivo bien distinto: una de ellas pretende aumentar la condena mínima a los piquetes de los seis meses actuales al año y nueve meses. Otra, a los que “mediante engaño, abuso de situación de necesidad, impidieran o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga” les limita la pena máxima de los tres años de cárcel a dos.

Código Penal y terrorismo

Otro de los paquetes de enmiendas presentadas por el Partido Popular tenía como objetivo la reforma de la Ley Antiterrorista, pero finalmente, después de llegar a un acuerdo con el PSOE han decidido dejar este tema fuera de la reforma del Código Penal para tramitarlo por vía urgente. Entre las enmiendas presentadas por el PP, que servirán como base a esta ley, está incluir como delito la visita a páginas web yihadistas y el endurecimiento de las penas por enalteciento del terrorismo hasta los tres años, un tipo delictivo aplicado en el último año a más de 40 personas  sólo en la operación Araña,  en algunos casos por publicar en redes sociales chistes de mal gusto o por mostrar alegría ante la salida de un preso de ETA. Es una legislación “poco criticada porque se considera que los terroristas son otros, los ‘malos’”, señala Zulueta, quien apunta que los yihadistas sirven ahora de excusa para presentar “una vuelta de tuerca más”.

También se potencia la figura del terrorista como la persona que “comete un acto terrorista”, sin tener que estar vinculado a una organización, dejando vía libre para que los delitos de terrorismo se apliquen cuando la Administración de Justicia entienda que hay un objetivo ideológico. “La figura del terrorista individual fue introducida en los 90 ante las primeras dificultades para que los tribunales consideraran como terrorismo lo que mediáticamente fue calificado como kale borroka”, explica Zulueta, quien señala cómo tirar una piedra a una sucursal bancaria en Cádiz se considera una gamberrada, mientras en Rentería pasa a ser un acto terrorista. “La única forma de que los tribunales lo calificaran de forma tan diferente fue que se tipificara no sólo el hecho, sino la motivación. Ahora queda mucho más marcado algo que ya venía en el Código actual, que es el derecho penal del enemigo o de autor, en el que no se penaliza a las personas por lo que hacen, sino por lo que piensan o por lo que son”, concluye.

Y más cambios, también en la LECrim

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) es otra de las normativas que el PP se ha propuesto modificar antes de que acabe la legislatura. Algunos de los cambios contemplados en el anteproyecto de la reforma: los detenidos en régimen de incomunicación no tendrán derecho a entrevistarse con su abogado y la policía podrá pinchar las comunicaciones sin orden judicial previa por orden del Ministerio de Interior o del secretario de Estado de Seguridad, algo que ya se hacía en delitos relacionados con el terrorismo y que pasaría con la reforma a aplicarse a “delitos de especial gravedad”.

Un Código Penal cada vez más restrictivo

La publicación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, marcó la entrada en vigor del actual Código Penal. El texto que define los delitos y sus penas en España ha sido modificado hasta en 28 ocasiones, la mayoría de ellas para endurecer más las condenas y aumentar los actos tipificados como delito. Algunas de las últimas modificaciones del texto:

2003, más cárcel

La Ley Orgánica 7/2003 amplía el periodo máximo de cumplimiento de pena de cárcel a los 40 años, con la reforma del artículo 76. El máximo anterior se situaba en 30 años. También se amplía a la mitad de la condena el tiempo de cumplimiento necesario para acceder al tercer grado.

2007, de la carretera, también a la cárcel

La LO 15/2007, en vigor desde el 2 de diciembre de 2007, introdujo penas de cárcel por conducir vehículos a motor o ciclomotor bajo los efectos del alcohol u otras drogas y por superar en 60 (en vía urbana) u 80 (interurbana) el límite de velocidad.

2010, el año de la mano dura

Aprobada en junio de 2010 y en vigor desde diciembre de ese año, la reforma de la Ley Orgánica 5/2010 supuso la modificación de 150 artículos, casi todos para endurecer las penas. Entre otros, la ocupación de inmuebles pasó a estar penada con cárcel; los delitos de terrorismo, cuando causen una muerte, ya no prescriben nunca; los condenados por terrorismo o pederastia, una vez cumplida la condena, estarán bajo vigilancia durante diez años más; y las personas jurídicas pasan a tener responsabilidad penal. Las excepción: el top manta, que deja de estar penado con cárcel, y la localización permanente como sustituto de prisión para penas de hasta seis meses.

2013, al trabajo  

La reforma de enero del Código Penal rebajaba de 120.000 a 50.000 euros la cantidad defraudada a la Seguridad Social para que se considere delito (art. 307), castigado con pena de prisión de uno a cinco años, como forma de lucha contra el trabajo sumergido. A la vez permite que el juez baje hasta en dos grados la condena por delitos contra la Hacienda pública si paga lo debido en el plazo de dos meses desde que es imputado.

 Ter García en Diagonal 15-I-2015

Política criminal

«Primero se llevaron a los comunistas, pero a mi no me importó porque yo no lo era; enseguida se llevaron a unos obreros, pero a mí no me importó porque yo tampoco lo era, después detuvieron a los sindicalistas, pero a mí no me importó porque yo no soy sindicalista; luego apresaron a unos curas, pero como yo no soy religioso, tampoco me importó; ahora me llevan a mí, pero ya es demasiado tarde.»
Bertolt Brech

Etxerat elkartea quiere realizar una lectura de urgencia ante la gravísima decisión adoptada esta tarde por el Tribunal Supremo español en lo referido a la refundición de las penas.

− La medida nos afecta directamente. 56 presos que tienen por detrás a 56 familias son las perjudicadas por esta última vuelta de tuerca. El estado ha apostado por mantener en prisión a 56 personas que tienen cumplidas sus condenas en virtud al Acuerdo Marco Europeo. Por encima de Europa, por encima de su legalidad, por encima de todo, han decidido mantenerlos en la cárcel. A pesar de que saben que esta medida es ilegal. La venganza sigue siendo la base de su política penitenciaria.

− Después de conocer la decisión del Tribunal Supremo, el operativo contra abogados vascos desarrollado ayer cobra aún más sentido. Sabían que iban a cometer un atropello, una aberración jurídica contra el derecho, contra Europa y contra sus leyes y, por eso, primero, han detenido a los abogados. Para que nadie pueda denunciarlo. En esta jugada maquiavélica, sabían que sin abogados los problemas para denunciar esta ilegalidad se multiplicarían. Estamos desnudos. ¿Cómo interpretar, cómo definir o cómo recurrir este escándalo jurídico? ¿Dónde están nuestros derechos civiles?

− La historia se repite. El daño es irreparable, como ya ocurriera con la famosa doctrina. Mientras el caso pase de Tribunal en Tribunal hasta llegar a Europa pasarán años. Años en los cuales los presos seguirán cumpliendo una condena que ya han cumplido. Años en los que estarán secuestrados.

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La redada que realizó el lunes la Guardia Civil con el visto bueno del juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco contra los abogados de presos de ETA , sorprendió a los dirigentes nacionalistas vascos y de otras formaciones políticas. Sin pronunciarse oficialmente por falta de datos, algunos vieron en la decisión del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, unos tintes electoralistas impropios del camino de la paz y la convivencia democrática que viene recorriendo la sociedad vasca desde hace cinco años. “Es como si a la vista de las encuestas hubieran dicho: contra ETA vivíamos mejor y estuvieran buscando réditos electorales”, dijo a cuartopoder.es un alto dirigente del PNV que prefiere preservar su identidad. La redada se saldó con la detención de 12 abogados y cuatro personas vinculadas al colectivo de apoyo a los presos etarras. Entre los detenidos está Amaia Izko, la letrada que en defensa de la etarra Inés del Río recurrió la ‘doctrina Parot’ ante el Tribunal Europeo de Justicia y obtuvo la anulación de aquella reforma penal retroactiva para impedir la salida de los presos tras redimir toda la condena. El arresto de Izko y sus compañeras fue calificado de “venganza pura y dura” por el dirigente de Sortu Pernando Barrena.

Las detenciones se practicaron cuarenta y ocho horas después de la gran manifestación celebrada el sábado en Bilbao contra la dispersión de los presos de ETA y, como si los abogados no fueran gente ley ni probada obediencia a los mandatos judiciales, se realizó con las características propagandísticas propias de una captura de terroristas. Los letrados fueron sacados de sus despachos y domicilios en Bilbao, Guipúzcoa y Pamplona. También de un hotel en Madrid, hasta donde se habían desplazado las letradas Izko, Eukene Jáuregui y Haizea Ziluaga para intervenir en el juicio contra los 35 miembros de la dirección del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) y de Acción Nacionalista Vasca (ANV) que iba a comenzar el lunes en las dependencias de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares (Madrid).

La vista oral adquirió tintes de sainete bufo. “Señorías, las asistencias jurídicas no pueden asistir por haber sido detenidas”, comunicó el letrado Iñigo Iruín. Los magistrados se miraron sorprendidos. Los 19 procesados que iban a ser defendidos por las tres abogadas detenidas rechazaron el cambio de letrado. El fiscal emitió su parecer y la sala suspendió la vista “hasta que se aclare la situación procesal de las detenidas”.

El Ministerio del Interior emitió una nota diciendo que los abogados tenían cuentas pendientes con Hacienda. En concreto, no liquidaron el IVA de un montante de 1,3 millones de euros que recibieron en 2012 y 2013 por su asistencia jurídica a los presos de ETA. Eso sin contar que en el registro que practicó la Guardia Civil en la sede del sindicato LAB en Bilbao, a cuyo gabinete jurídico pertenecen algunos arrestados, se incautó de unos 90.000 euros, supuestamente para ayudar a los presos. Comoquiera que los impagos fiscales no son delito en tanto no superen la cantidad de 125.000 euros y, por tanto, los deudores no pueden ser detenidos, Interior les acusa de supuesta “integración en banda terrorista”. Todos ellos y cuatro supuestos tesoreros de los fondos de ayuda a los presos, que funciona con el nombre de Sostengu, tras la ilegalización de las Gestoras pro Amnistía y la suspensión de Herrira, se dedicaban, según Interior, a mantener la cohesión del colectivo de presos de ETA y realizaban giras periódicas por distintos centros penitenciarios.

Interior les acusa de anteponer el interés “político” de la organización terrorista al individual de los propios reclusos. Sus emolumentos no declarados a Hacienda eran sufragados por Herrira, organización de ayuda a los presos, creada tras la renuncia definitiva de ETA al terrorismo, pero considerada un “tentáculo de ETA”. Tras su desarticulación en 2013, las pesquisas policiales y la documentación incautada facilitaron la detención en 2014 de los abogados Arantza Zulueta y Jon Enparantza, en prisión desde entonces. Las investigaciones policiales también relacionan al senador de Bildu Iñaki Goioaga con ese “tentáculo” de la organización terrorista que estaría en contra de la disolución. Con las detenciones del lunes, bautizadas por la Guardia Civil como ‘operación Mate’, el departamento de Fernández Díaz consideró “desarticulado el entramado financiero que sustentaba económicamente al colectivo de abogados”. Éstos, a su vez, pidieron la ayuda y el pronunciamiento de sus respectivos Colegios profesionales.

Más allá de la actividad delictiva que al amparo de las leyes especiales contra el terrorismo se pueda imputar a los detenidos, la primera lectura del PNV no ha sido positiva, por entender que el Gobierno apela a la dureza para obtener réditos electorales. Con su opción moviliza y radicaliza a sectores de la izquierda abertzale, Bildu y Amaiur, al tiempo que alimenta el victimismo contra el Estado. Esa vía nutriente entre los extremos arreciará esta misma semana con la discusión parlamentaria de los nuevos preceptos contra el terrorismo que el PP se dispone a introducir en el proyecto de Código Penal vía enmiendas para esquivar los informes del Poder Judicial.

www.cuartopoder.es

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Reproducimos el siguiente artículo de Miguel Amorós publicado en el número 4 de la revista Argelaga, porque nos parece que traza unas líneas generales de la evolución del antagonismo social que se está produciendo ante nuestros ojos conociendo las cuales estaremos mejor preparados para comprender la parte correspondiente al sistema penal: legislación, control y represión policial, poder punitivo judicial y carcelario, etc. Creemos que puede ayudar también a identificar las fuerzas que pueden dirigirse hacia la abolición del régimen totalitario de dominación y explotación imperante y de su aparato punitivo.

CAMINO HACIA UNA SOCIEDAD SIN ESTADO

La revolución tal como la entendemos tendrá que destruir radical y completamente
desde el primer día el Estado y todas sus instituciones.
(Bakunin, Programa y objeto de la organización secreta
revolucionaria de los Hermanos Internacionales)

Así comienzan las revoluciones, con el derrumbamiento del Estado. Bakunin, inspirándose claramente en la Comuna de París, describía el proceso paso a paso: organización directa de la comuna insurrecta, supresión de los cultos y de los códigos jurídicos, armamento del pueblo, abolición de la propiedad y de las instituciones estatales. Y seguía: proclamación de la igualdad económica y política (abolición de las clases), llamamiento a todas las provincias, comunas y asociaciones a seguir el ejemplo, federación de todas ellas según los mismos principios, extensión del movimiento a otras naciones… Como buen discípulo de Hegel, creía en el trabajo paciente del «viejo topo». Así, las revoluciones no eran obra de vanguardias, ocultas o públicas, sino que «nacen de sí mismas, por la fuerza de las cosas, por el movimiento de los hechos y los acontecimientos. Durante mucho tiempo se incuban en la profundidad de la conciencia instintiva de las masas; luego, estallan, aparentemente debido a causas fútiles.» La tarea de los revolucionarios consistía básicamente en reunir los elementos de la revolución que se encontraban diseminados, algo así como en amontonar materiales combustibles para un incendio.

La abolición del Estado podía concretarse en el fin del sistema de enseñanza, de la sanidad y asistencia públicas, del aparato de justicia, de la burocracia, de la policía y del ejército, de cuyas funciones se harían cargo las comunas libres y las federaciones. Sus responsables serían nombrados en elecciones. Ahora bien, el camino hacia una sociedad sin Estado, o sea, hacia la anarquía, que, de acuerdo con Bakunin, no es más que «la manifestación completa de la vida popular librada a sí misma», ha de recorrer un gran trecho antes de llegar al punto en que el Estado y el Capital, dos realidades que son sólo una, se debiliten y disuelvan por causas internas y externas. Dicho recorrido está marcado por la crisis. Si alguna tarea han de tener quienes trabajan en pro de tal disolución por el bien de toda la humanidad, ésta no es más que la de identificar y dar a conocer los indicios de dicha crisis, con el fin de que el sujeto de la historia incida en ella con mayor acierto y haga lo que tengan que hacer. ¿Dónde se forja ese sujeto?

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El próximo 13 de enero, el Tribunal Supremo emitirá, por fin, la sentencia sobre el alargamiento ilegal de las penas. El 13 de enero, el próximo martes, se dirimirá si el Reino de España vuelve a tomar la vía de la «trampa legal», del escándalo jurídico y acaba, de nuevo, condenado por un Tribunal Europeo o si, por el contrario, empieza a crear las condiciones para ir eliminando todas las medidas de excepción que ha ido creando. Medidas que vulneran los derechos humanos. Medidas de venganza política.

Las personas que hoy nos hemos reunido aquí somos familiares o amigos directos de esos 56 ciudadanos vascos a los que afecta esta última trampa legal que el estado quiere llevar a cabo. Representamos a 56 familias. 56 vidas que el estado quiere encerrar como sea; pisoteando los derechos humanos o saltándose las leyes que haga falta. Como familiares o como amigos, a nivel personal nos destroza, nos rompe por dentro saber que los quieren mantener en la cárcel a pesar de que ya han cumplido su condena pero su actitud tampoco nos sorprende. Llueve sobre mojado ya que llevan toda una vida complicándonos nuestro día a día en todo lo que pueden. Pero esta vez si hay un cambio y es que el estado español no sólo pretende saltarse su propia ley y vulnerar los derechos humanos sino que, además, pretende saltarse también una normativa de Europa. Una norma que está obligado a cumplir.

Política criminal Presxs "políticxs"

Las personas presas son uno de los sectores más olvidados de nuestra sociedad. Lo habitual es que importe bastante poco qué suceda de puertas hacia dentro de una prisión, y que la situación de estas personas en su día a día no preocupe a casi nadie. Con un lacónico «!algo habrán hecho!» basta para seguir mirando hacia otro lado que no sea esos incómodos y oscuros rincones de nuestro sistema social que son las cárceles.

Sin embargo, hay momentos como el presente en que algo cambia, y de repente las miradas se vuelven hacia esos rincones. Lamentablemente ese cambio no se debe a que la sociedad haya tenido una mayor conciencia de la importancia que tiene revisar el modo en que tenemos de gestionar que aquellos de nosotros que no han respetado las normas de convivencia que nos hemos dado aprendan a respetarlas, y se reinserten de la manera más rápida y positiva para todos. No nos engañemos, no ha sido eso. Ha sido la curiosidad malsana de ver cómo viven entre rejas aquéllos que aparecían hasta hace poco en los informativos como políticos destacados, o en las revistas de papel couché como artistas admiradas.

Política criminal

Todas las personas que son juzgadas y luego condenadas en un proceso penal son chivos expiatorios. Chivos expiatorios de un sistema incapaz de mirarse a sí mismo para realmente solucionar los problemas sociales y económicos que dan lugar a la delincuencia. A toda: desde los delitos contra la propiedad, delitos contra las mujeres, el tráfico de drogas, el medio-ambiente y también los llamados delitos económicos o de cuello blanco a los que nos queremos referir ahora.

De este modo el sistema de justicia penal utiliza el castigo a las personas como forma de hacer público aquello que está bien y aquello que no lo está −presentándose como una ciencia y con normas las cuales pretende que sean tenidas como naturales o dogmas de fé− queriendo ser a la vez ejemplarizante, elemento de cohesión social entre los no-delincuentes y un método de reinserción. Es así como las personas al ser condenadas se convierten en chivos expiatorios de un sistema de vida de toda la humanidad.

Debe ir por delante, aunque tal vez sobre decirlo –porque es del todo conocido–, que históricamente los delitos recogidos en el Código penal han sido delitos que en buena medida tenían en el ojo de mira personas con un claro perfil de pobreza: delitos contra la propiedad y tráfico de drogas fundamentalmente, y todavía a día de hoy son los delitos por los que más personas están en prisión.

Cárceles racistas Política criminal