El 6 de marzo de 1991, a través de una Circular de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias (DGIP), se oficializaba en España lo que después se ha conocido como ‘el régimen FIES’, apelado también “la cárcel dentro de la cárcel”.
La realidad era algo más compleja: ya desde el año 1979, año en que se aprobó la Ley Orgánica General Penitenciaria –primera Ley orgánica de aquella naciente democracia–, se reconocía en España la posibilidad de aplicar a los internos, en cumplimiento o preventivos, un régimen que se denominaba “cerrado”, en contraposición al “abierto” que se aplicaba a los presos en tercer grado, pero también al “ordinario”, que se preveía para la generalidad de los reclusos, preventivos o clasificados en segundo grado.
El régimen “cerrado” estaba previsto en la citada Ley General Penitenciaria para los internos de especial peligrosidad, y también para aquellos que, sin ser peligrosos, resultaran “inadaptados a los regímenes abierto y ordinario”, como si la adaptación a la vida en prisión fuera un fin en sí mismo, y no un medio para la reinserción social y, en definitiva, para la adaptación a la vida en libertad.
En cuanto al contenido de ese régimen cerrado, la ley y el reglamento que la desarrollaba no contenían más que las líneas generales, de modo que la concreción de las condiciones en que se desarrollaba la vida de estos internos se dejó al albur de la propia DGIP, quien a través de instrucciones, circulares, protocolos y ordenes de Servicio fue llenando el vacío normativo al respecto.
Para muestra, un botón: el 2 de agosto de 1991 se dictará una circular reguladora de las condiciones de vida de los internos en régimen cerrado, que establece que pasarán 22 horas solos en su celda, sin efectos personales, con tan sólo la ropa que lleven puesta y una muda, no pudiendo acostarse más que en las horas de descanso, y debiendo situarse al fondo de la celda cuando aparezca el funcionario. Se les permitirá salir al patio dos horas, en las que tan sólo podrán coincidir con otro interno. Del mismo modo, se prevén registros diarios de las celdas, así como cacheos en todas las entradas y salidas de la celda.