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La asociación de familiares y amigxs de presxs Familias Frente a la Crueldad Carcelaria, ha convocado para el 28 de diciembre su concentración anual ante la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para reivindicar una asistencia médica digna para xs presxs y solidarizarse con la huelga de hambre de lxs presxs en lucha por lo mismo. Picando en las imágenes que vam aquí debajo podéis ver el panfleto que han preparado para la concentración.

Actividad en la calle Familias Frente a la Crueldad Carcelaria Huelga de hambre diciembre 2018 La cárcel mata

Entrevistamos a dos personas de la asociación vasca de juristas y profesionales de la salud Osabideak, cuyo objetivo es la defensa del derecho a la salud de las personas presas. Nos hablan, entre otras cosas, de la campaña que proponen por la derogación de la instrucción 3/2017 de la SGIP que restringe las posibilidades de excarcelación de las personas presas enfermas hasta que no sea seguro que van a morir a corto plazo, y de otra campaña que se inicia contra las brutales «sujecciones mecánicas» que practican los carceleros. Leemos algunas cartas de presos en lucha sobre la huelga de hambre colectiva que empiezan el 10 de diciembre por sus doce reivindicaciones, con especial hincapié en las que se refieren a la salud.

Huelga de hambre octubre 2018 La cárcel mata Radio: Tokata Y Fuga

Osabideak es una asociación vasca de profesionales de la medicina y juristas que defiende el derecho a la salud de las personas privadas de libertad. Esta asociación tiene entre sus objetivos llevar adelante diferentes campañas de demanda o denuncia dirigidas a mejorar las condiciones de salud de las personas privadas de libertad. La primera campaña que han puesto en marcha consiste en la exigencia de derogación de la instrucción 3/2017. Ponemos aquí debajo la mayor parte un texto firmado por esta asociación donde se explican los motivos de esa campaña.

La experiencia vital de padecer una enfermedad grave e incurable o varias enfermedades que obliguen a vivir con diversos síntomas físicos y psicológicos como dolor, discapacidades y con el miedo-angustia a un fallecimiento precipitado es una de las más duras experiencias vitales. En estas situaciones de especial vulnerabilidad, si no existen ayudas o apoyo sanitario y social suficiente, la persona puede sentir fácilmente que se degrada su dignidad humana. De ahí la necesidad de diversas administraciones del estado de legislar en los últimos años sobre el derecho a una muerte digna.

Las muertes secundarias a enfermedades avanzadas e incurables, y por lo tanto predecibles que acaecen en prisión deben considerarse un fracaso de las administraciones penitenciarias, del sistema judicial y de la sanidad penitenciaria y por ello de una sociedad entera.

El final de la vida en situación de vulnerabilidad y fragilidad de los enfermos avanzados e incurables y el propio fallecimiento en un centro penitenciario privado de libertad, sin los cuidados ni la atención paliativa adecuada, con restricciones regimentales añadidas a las que produce la propia enfermedad (situaciones de soledad, sin apoyo de familiares y amigos) además de ser cruel e indigno arrebata el valor inherente al hecho de existir que supone la dignidad humana.

Amparando el respeto a esa dignidad humana, la ley actual establece en el código penal precisamente la posibilidad de excarcelar o implementar medidas alternativas no privativas de libertad siempre que sean compatibles con medidas de seguridad (a personas septuagenarias y a enfermos muy graves con padecimientos avanzados e incurables y cuando se constate un peligro patente para la vida). Además cabe recordar que la ley General de Sanidad y el artículo 14 de la constitución establecen el derecho a la salud en igualdad de condiciones y esto incluye a la población penitenciaria por tanto prescriben el respeto de su pleno derecho a la salud equivalente al que tendrían en su comunidad, sin discriminación alguna por su condición jurídica. El Comité para la prevención de la tortura y los tratos o penas inhumanos o degradantes del Consejo de Europa, en su informe del 2011, considera que una inadecuada asistencia sanitaria en centros penitenciarios puede conducir rápidamente a situaciones que se consideran tratos inhumanos o degradantes. La ONU y la OMS recomiendan que se tomen medidas activas para garantizar la equivalencia sanitaria en la sanidad penitenciaria y/o considerar medidas alternativas al encarcelamiento en los casos en los que no se puedan garantizar.

Sin embargo las estadísticas de fallecimientos en prisión, reflejan que estas leyes se incumplen, por parte de la administración de justicia y/o de la sanidad penitenciaria. Especialmente preocupante es la actitud activa de Instituciones Penitenciarias para deshumanizar más la situación de los enfermos recluidos y denigrar la dignidad de los enfermos con enfermedades graves e incurables. Incluso los que cumplen criterios de terminalidad que se refleja en la citada instrucción (que se adjunta) desarrollada con el objetivo “ad hoc” de limitar la vida en libertad de un enfermo terminal, exigiendo la valoración médica para establecer la situación de peligro patente para la vida de un enfermo, definiendo esta (peligro patente) como aquella situación de enfermedad terminal en la que el fallecimiento es previsible, con razonable certeza a muy corto plazo. Plazo que el Ministro de Interior Juan Ignacio Zoido estimó a los 2 meses de vida, en su desafortunada respuesta en sede parlamentaria, ausente de cualquier lógica científica y humana.

Las directrices de la citada instrucción son contrarias a las establecidas por la ONU y la OMS que recomiendan en sus guías a la administración penitenciaria y judicial la excarcelación de personas con enfermedades que cumplen criterios de terminalidad, con dos propósitos: como medida humanitaria o compasiva para facilitar que se afronte la muerte con dignidad y rodeados de familiares y amigos y como forma de tratar de prolongar la expectativa de vida del recluso por recibir cuidados adecuados en su comunidad.

Valorar y definir riesgos vitales o patentes para la vida, especificar la terminalidad y establecer pronósticos, supone hoy en día un debate importante que abordan las principales sociedades científicas médicas en materia de cuidados paliativos, todos ellos son términos médicos, no penitenciarios ni jurídicos. Peligro patente significa un peligro evidente o claro de fallecimiento por una o más enfermedades cuya evolución ponen en riesgo la vida de un enfermo y está más allá de criterios estrictos de temporalidad, además cabe recordar que la ley no exige que un enfermo cumpla criterios de terminalidad para permitir la excarcelación o la aplicación de medidas alternativas o régimenes más flexibles. Por ello creemos que definir lo que es “peligro patente” para la vida no le corresponde a una administración como Instituciones Penitenciarias y mucho menos limitar esta a criterios estrictos de temporalidad.

La forma que ha afrontado IIPP por medio de la Instrucción 3/2017 la definición de “peligro patente” como fallecimiento posible a “muy corto plazo”, supone un quebranto de la jerarquía normativa y una vulneración del principio de reserva de Ley orgánica. Las instrucciones son como su nombre indica, instrumentos para ordenar cuestiones de intendencia interna dentro de un ámbito administrativo concreto. Las ocasiones que la administración utiliza esta técnica ilegal, han sido muy numerosas, con intención siempre de imponer las orientaciones políticas del momento con desprecio al necesario respeto al principio de legalidad (recordemos las instrucciones 2/2004, 4/2015, 12/2011, 1/2012)

El art 9 de la CE garantiza el principio de jerarquía normativa. La instrucción es nula de pleno derecho, y en consecuencia inhábil para producir efectos, por no respetar este principio, toda vez que entra a regular el núcleo de constitucional de Derechos fundamentales como el contenido en el artículo 15 de la CE, de respeto a la vida, integridad física y moral, e interdicción de tortura y tratos inhumanos y degradantes. La norma regula espacios para los que lejos de estar habilitada, gozan de la garantía de reserva de Ley, y Ley Orgánica. La consecuencia es un acto administrativo, ausente de cualquier vestigio de legalidad.

Debido a la escasez de herramientas clínicas predictivas pronósticas y la demostrada inexactitud de los juicios subjetivos de los médicos, todas las sociedades científicas paliativas (SECPAL, EAPC) han desechado los criterios temporales de la definición de terminalidad. El tiempo de vida estimado en una enfermedad terminal es variable porque coexisten múltiples factores: edad, enfermedades concomitantes, respuestas a tratamientos, la aparición de complicaciones agudas en ciertas enfermedades, efectos secundarios de los tratamientos etc… hacen que las mismas enfermedades evolucionen de manera distinta en cada paciente, no hay enfermedades sino enfermos. Los avances médicos y tecnológicos están permitiendo prolongar la vida de pacientes oncológicos avanzados (con metástasis) sin embargo en este tipo de situaciones la intensidad de cuidados necesaria para mantener una buena calidad de vida es elevada y difícilmente posible en centros penitenciarios, CIES, y centros similares, con restricciones regimentales. Las únicas herramientas predictivas pronósticas son orientativas y establecen porcentajes, y los avances científicos y las herramientas médicas nunca deben usarse para el perjuicio del paciente, la bioética y el derecho estipulan que deben utilizarse siempre respetando la dignidad y los derechos humanos fundamentales.

Como profesionales, evidenciamos además ,que con la citada instrucción, IIPP (incurre) comete una grave injerencia en la profesionalidad, en la labor de los médicos de la sanidad penitenciaria, no exenta de consecuencias medico-eticas, y deontologicas: La administración penitenciaria no debería dar una instrucción de características sanitarias a su funcionariado técnico en medicina penitenciaria y en general a toda la comunidad científico sanitaria que por extensión participa en el tratamiento de estos casos (forenses, peritos u otros especialistas de la sanidad) exigiendo un requisito sanitario no requerido legalmente y no posible médicamente. La evidencia científica y la experiencia demuestran que la injerencia y la falta de independencia de los profesionales médicos allana la vulneración de derechos y garantías fundamentales y favorece su impunidad y degrada la profesión médica. Muestra de ello es la ineficacia de los médicos no independientes (administrativamente) en el caso de los malos tratos y torturas en lugares de privación de libertad (centros de menores, centros penitenciarios, CIEs, comisarias). La independencia de la profesión médica es vital como medida garante del derecho a la salud y así lo recomiendan los organismos de derechos humanos. En esta misma dirección La Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria y la Organización Médica Colegial de España viene denunciando reiteradamente graves déficits y discriminaciones en la atención sanitaria penitenciaria y han denunciado que este sometimiento administrativo y esta asistencia mediatizada vulneran el código ético, la deontología, e interfieren en la relación médico-paciente.

El código deontológico médico dice en su artículo 36 referente a la atención médica al final de la vida que el médico no deberá emprender o continuar acciones diagnósticas sin esperanza de beneficios para el enfermo. Los profesionales médicos no deben asumir funciones de policía o vigilante sanitaria realizando exploraciones y pruebas diagnósticas a enfermos terminales para pronosticar el “periodo muy corto de vida” que pretende determinar una administración penitenciaria. Monitorizar a un enfermo terminal sin fines terapéuticos paliativos sino administrativos es inhumano y degradante y contradice el citado artículo 36 del código deontológico . El artículo 15 de la CE lo prohíbe y el artículo 5 sobre los principios generales del código deontológico define a la profesión médica por estar al servicio del ser humano y de respetar la vida y la dignidad de la persona y el cuidado de su salud.

El personal sanitario que convive, empatiza y trata con enfermos graves, avanzados, incurables, con discapacidades y con pronósticos sombríos, conoce el sufrimiento inherente que conllevan estas situaciones. La permanencia en prisión en estas circunstancias es un castigo injustificado y sin finalidad social alguna salvo la estrictamente punitiva y la represalia. La debida concepción de pena resocializadora, amparada en el artículo 25 de la CE, torna a una pena de motivación vindicativa y retributiva, motivaciones proscritas en el sistema penal actual.

La medicina y la justicia no deberían permitir que enfermos con cánceres avanzados (metastásicos), enfermedades neurodegenerativas con graves discapacidades y pronósticos sombríos, pacientes pluripatológicos con riesgo de fallecimientos prematuros permanezcan en prisión. Cuando precisamente las administraciones del propio Gobierno responsables de garantizar los derechos y la dignidad humana, son las que los vulneran, en una involución de las garantías jurídicas, es nuestra responsabilidad social y profesional disputar la legitimidad a las administraciones. Por ello realizamos un llamamiento a profesionales de la medicina y del derecho para formar un dique garantista frente a estas extralimitaciones.

Desde la asociación Osabideak abogamos por la independencia profesional y administrativa de los médicos (asistenciales y forenses) responsables de las administraciones de justicia y de las instituciones privativas de libertad (centros penitenciarios, CIEs..). Defendemos la estandarización, protocolización de los informes forenses de evaluación de enfermedades susceptibles de medidas no privativas de libertad que incluyan la valoración del principio de equivalencia sanitaria así como la realización de escalas y baremos consensuados por sociedades médicas de estas enfermedades (gravedad, cronicidad, riesgos, pronósticos, discapacidades), para facilitar la monito- rización externa y evaluación de calidad, y minimizar arbitrariedades y discriminaciones. Asimismo solicitamos la derogación de la Instrucción Penitenciaria 3/2017.

Aquí  puedes leer la instrucción completa: Instrucción IIPP 2017

Solicitamos la adhesión de profesionales directamente implicados y responsables en el derecho a la salud y de entidades en defensa de los derechos humanos.

Ponte en contacto:

info@osabideak.eus

Tel: 658 73 85 91

 

La cárcel mata

Más allá y por debajo de la huelga de funcionarios de prisiones, algo se empieza a mover en el ámbito anticarcelario. Al menos esta es la sensación que empezamos a tener distintos colectivos que trabajamos por la defensa de los derechos de las personas presas. Podemos señalar dos elementos que explican este incipiente interés. El primero, el más obvio, es que la repuesta del Estado al procés ha situado en primer plano la cuestión de los presos políticos y, por tanto, la realidad penitenciaria. El segundo elemento tiene que ver con las condiciones de vida dentro de prisión. Aunque en la última década ha descendido tanto el número de personas privadas de libertad como la tasa de criminalidad, factores como la atención sanitaria o la alimentación no han hecho más que empeorar.

La gran recesión o la resaca de la expansión del sistema penitenciario

Desde los últimos años de la década de los 70, salvo una pequeña fase de transición entre los años 1995 y 2000, la población presa en España no dejó de aumentar hasta 2010. Siguiendo al profesor Brandariz en el libro La cárcel dispar, editado por el Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos, durante la primera década de este siglo nuestro sistema penitenciario vivió una etapa expansiva tanto en relación a su extensión –se castigó a más gente– como en relación a su intensidad –se castigó durante más tiempo–. Esta severidad se concentró de forma muy significativa sobre la población extranjera. Según Alessandro De Giorgi, en 2010 el número de extranjeros encarcelados en España fue de 395 cada 100.000 personas, es decir, las personas migrantes eran encarceladas casi 5 veces más veces que los ciudadanos europeos.

En mayo de 2010 la población penitenciaria española alcanzó su cifra más elevada desde la década de los 40 del siglo pasado. A partir de ese momento comienza una disminución sostenida del número de presos, que en términos totales se ha reducido un 17% entre mayo de 2010 y septiembre de 2018. No obstante, no debemos identificar el descenso de personas dentro de prisión con un Estado menos punitivo ya que durante el periodo de la recesión ha seguido incrementándose el número de detenciones, condenas y penas de prisión impuestas.

Sin embargo, lo que más nos interesa es cómo se ha producido esta fase de contracción en relación con los recursos destinados a centros e instituciones penitenciarias. Una de las características de esta última fase de la evolución del sistema penitenciario es, de nuevo siguiendo a Brandariz, la escasez de recursos que -como veremos enseguida- ha supuesto un significativo endurecimiento de las ya de por sí duras condiciones de vida en prisión.

Los recortes en sanidad también llegan a prisión

El primer argumento del que partimos es que las personas presas tienen derecho a recibir atención sanitaria en las mismas condiciones que el resto de la población. Actualmente, solo Catalunya y País Vasco han asumido las competencias de atención sanitaria penitenciaria dentro de sus servicios de salud. En el resto de Comunidades Autónomas este servicio no está adscrito al Sistema Nacional de Salud –como cabría esperar–, sino al Ministerio del Interior (en concreto, a Instituciones Penitenciarias). Hasta ahora, la coordinación entre Instituciones Penitenciarias y los Servicios Autonómicos de Salud ha dependido de la creación de convenios de colaboración que, en muchos casos, ya no están en vigor.

La Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud anunciaba que en un plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la ley «los servicios sanitarios dependientes de Instituciones Penitenciarias serán transferidos a las comunidades autónomas para su plena integración en los correspondientes servicios autonómicos de salud». En el año 2016, a propuesta de la senadora Maribel Mora, el Pleno del Senado aprobó por unanimidad una moción para la transferencia a las autonomías de las competencias en materia de sanidad penitenciaria. A principios de este año la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados aprobó una Proposición No de Ley que recordaba el mandato de la Ley 16/2003. A día de hoy las competencias aún no se han transferido.

Llegados a este punto, la pregunta que surge es la siguiente: ¿qué ha ocurrido con la atención sanitaria durante esta última fase que hemos llamado de escasez? En términos generales, desde 2010 el presupuesto se ha reducido más de un 10% (casi 200 millones de euros) en términos absolutos. Sin embargo, en términos relativos el presupuesto total ha aumentado en relación al descenso de población penitenciaria en los últimos años: 18.504€ en 2010 y 19.648€ en 2018 por persona presa y año. Pero, ¿cómo se distribuye este aumento del gasto en las diferentes partidas presupuestarias? En los siguientes gráficos podemos ver desglosada la evolución del gasto por persona presa y año en cuatro categorías que hemos considerado relevantes para la salud de la población penitenciaria: gasto en personal de prisión (incluyendo el gasto en personal médico), alimentación, productos farmacéuticos y conciertos de asistencia sanitaria. La conclusión es bastante clara: mientras el gasto en personal y farmacia han aumentado, las partidas dedicadas a alimentación y convenios de atención sanitaria han disminuido. De las cuatro partidas es en esta última donde se produce el recorte mayor: si en 2010 se destinaban 356 euros, en 2018 la cantidad presupuestada ha sido de 122 euros por cada persona que se encuentra encarcelada, lo que supone una reducción del 73%.

 

Menos personal sanitario, más envejecido y más precario

En este contexto, debemos preguntarnos: ¿qué ha ocurrido con el personal sanitario dentro de prisión?, ¿en qué situación se encuentra?, ¿cómo ha repercutido esto en la salud de las personas privadas de libertad? En cuanto a la primera cuestión resulta revelador el siguiente dato: actualmente de las 489 plazas destinadas a médicas y médicos de atención primaria penitenciaria (nuestra médica/o de cabecera), 148 plazas están vacantes, lo que supone el 30% de las plazas existentes. Además, cada vez hay menos plazas, lo que contrasta con el aumento del gasto en personal: entre 2008 y 2017 se han eliminado 61 plazas y de las 105 plazas ofertadas en este periodo solo se han cubierto 62. Así, encontramos cárceles en las que hay uno o ningún médico, por lo que es el servicio de enfermería quien tiene que desempeñar las funciones del médico de primaria (esto es lo que está ocurriendo, por ejemplo, en la cárcel de Pamplona). A todo esto hay que sumar la elevada edad del personal sanitario: el 88% tiene más de 50 años. La única alternativa que ha presentado el gobierno a esta situación es la propuesta de que los médicos residentes (MIR) hagan rotaciones por las prisiones, lo que probablemente serviría para ahondar más en la precarización de la atención sanitaria al cubrir plazas de forma temporal con personal en formación.

La cárcel mata

Puede parecer una afirmación exagerada, pero como recordaban recientemente las compañeras del colectivo La Cabecera, la cárcel amplifica las enfermedades y adelanta la muerte. Hay un mayor número de muertes dentro de prisión en comparación con la población general y una relación directa entre el tiempo de duración de la condena y la probabilidad de enfermar y morir una vez cumplida esta. Estas podrían considerarse las consecuencias más extremas del paso por la cárcel.

Por otra parte, si hay un lugar en el que la vida está psiquiatrizada ese lugar es la cárcel. Apenas contamos con estudios sobre la prevalencia de enfermedad mental dentro de prisión pero, según las últimas cifras, alrededor del 35% de las personas presas padecen algún tipo de trastorno. Asumiendo que ni las prisiones ni los hospitales psiquiátricos penitenciarios se pueden considerar lugares “terapéuticos”, en la mayoría de ocasiones el tratamiento que se dispensa en estos espacios no va más allá del farmacológico. Lo más preocupante es que, salvo honrosas excepciones, desde la psiquiatría o criminología críticas no hay voces que llamen la atención sobre este hecho.

Por último, a principios de este mes la redacción de El Saltopublicaba un reportaje sobre las últimas estadísticas de Instituciones Penitenciarias donde señalaban varios datos que merece la pena recordar. Por un lado, a pesar de que la población dentro de prisión ha disminuido considerablemente desde 2010, la tasa de mortalidad se ha mantenido estable. Por otro lado, el número de suicidios ha aumentado. Según las respuestas del Gobierno a las preguntas parlamentarias del senador Jon Iñarritu, de las 237 personas que se suicidaron dentro de prisión entre 2006 y 2016 casi la mitad se encontraban en tratamiento por enfermedad mental.

Es imprescindible, por tanto, que empecemos a ocuparnos sobre lo que está ocurriendo con el sistema penitenciario. En primer lugar, como han propuesto desde Salhaketa en las jornadas que han organizado esta semana sobre abolicionismo, reflexionando por qué desde las izquierdas hemos prestado tan poca atención al ámbito penitenciario. En segundo lugar, teniendo claro que el abolicionismo va de la mano del anticapitalismo, feminismo y antirracismo, como recordaba en esas mismas jornadas Nacho González. Por último, un buen punto de partida podría ser la propuesta de Iñaki Rivera Beiras de un programa de descarcelaciónya que, como él mismo señala, «no puede, no tiene sentido, «mejorar» una institución semejante: se debe trabajar para su reducción una mirada abolicionista a más largo plazo».

La cárcel mata

Hablamos de la huelga de hambre colectiva de presxs en lucha de octubre, del apoyo en la calle, de la sinergia con otros proyectos con parecidos objetivos, de todo lo que nos enterado que ha ocurrido desde entonces en el campo anticarcelario y de la coordinación horizontal y descentralizada que ha llegado a haber. Comentamos también la convocatoria de una nueva huelga de hambre colectiva del 10 al 25 de diciembre con los mismos objetivos: las 12 reivindicaciones con especial hincapié en las que se refieren a la sanidad penitenciaria. Así como las posibilidades de confluencia con otros vectores de actividad que apuntan en el mismo sentido.

 

Huelga de hambre diciembre 2018 Huelga de hambre octubre 2018 La cárcel mata Presxs en lucha Radio: Tokata Y Fuga

A Alex Garcia de Resistencia films la audiencia nacional le pide dos años y un dia de prisión por enaltecimiento del terrorismo, con él hablamos de su trabajo, de su encausamiento y de la solidaridad en torno suya. Las Familias Contra La Crueldad Carcelaria han convocado una concentración en Barcelona contra las muertes en prisión y el aislamiento penitenciario, de esto y bastante mas hablamos con Gracia. Ponemos el testimonio de dos madres que denuncias los abusos y palizas a sus hijos en cárceles catalanas. Hacemos balance de la huelga de hambre solidaria del pasado mes de octubre con varios comunicados desde dentro donde convocan otra movilización dentro de prisión para diciembre

 

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Reproducimos, tal y como se nos solicita para su difusión y denuncia pública, un extracto de una carta que nos llega desde la prisión de Albocasser. En ella se nos habla de la muerte de Antonio Fernández Navarro el pasado día 12 de octubre, debida supuestamente a una sobredosis. La falta de personal sanitario está haciendo que se entregue la medicación correspondiente a varios días (fines de semana, festivos…) de golpe a los presos, muchos con problemas adictivos o con diagnostico de trastorno mental. La mayor parte de las veces está medicación no es entregada por quien tiene la capacidad y responsabilidad de entregarla sino por los mismos carceleros. Dejamos también algunos enlaces de documentos y/o artículos sobre muertes por sobredosis en prisión.

Castellón, a 21 de Octubre de 2018

Estimados compañeros y compañeras, aquí estoy de nuevo para poneros al día de como está el panorama por aquí. Para empezar quiero comunicaros que el pasado viernes día 12 de octubre se encontraron muerto por sobredosis de pastillas al hijo de un buen amigo mío de Alicante. El fallecido se llamaba Antonio Fernández Navarro. Todo esto ocurrió porque el jueves día 11 dieron la medicación para cuatro días. Es decir, que hubo chavales que llegaron a coger hasta 30 pastillas de golpe, eso causó el fallecimiento de este chaval de 32, 34 años en el módulo 12, dejando varios hijos pequeños, una viuda joven, un padre destrozado y un tío suyo que se encuentra en enfermería jodido por su enfermedad (¡bastante jodido!) y este golpe tan duro de su sobrino lo está rematando.

No os podéis hacer ni una idea de la cantidad de psicotrópicos que sueltan en los llamados módulos conflictivos (módulos 2, 12 y éste 3 el de castigo). Reflexionar un momento, en un módulo 12, donde hay más de 100 presos, la cantidad de fármacos que sueltan a diario, ¡y los viernes el triple!, porque dan la medicación para tres días (viernes, sábado y domingo). Sinceramente, esto es ir matando a los compañeros, sobre todo a la juventud que en este módulo son la mayoría jóvenes. Osea, barra libre. Y es rara la semana que no sacan a dos o tres presos a enfermería para ponerles contrarrestantes por la ingesta de grandes cantidades de fármacos. Y el problema en mi opinión, porque lo estoy viviendo de cerca, es que como no tienen medios de ocupación, bien sea talleres ocupacionales, la escuela.. la única vía que estos chavales ven es quitarse los días con las putas pastillas y lo que no saben es que se están quitando la vida. Mejor dicho, les están quitando la vida. […]

Paco «Piyayo» 

Sobre la situación en la que se encuentra este hombre puedes picar aquí

Muertes Por Sobredosis En Prisión

Las Sobredosis En Prisión: Una Cruda Realidad

La Defensora Del Pueblo Reconoce La Insuficiencia De Las Medidas De Prevención De Malos Tratos, La Inutilidad De Los Programa Penitenciarios De Prevención De Suicidios, La Incidencia de Muertes Por Sobredosis Y La Situación De Especial Vulnerabilidad De Los Enfermos Mentales Encarcelados

Desde dentro La cárcel mata

Hablamos con Antonia y Luisa, madre y tía de Manuel Fernández Giménez, que les fue entregado muerto con signos de violencia el 22 de octubre del año pasado. Los resultados de la autopsia se han demorado casi un año y ahora la administración carcelera reconoce que lo han matado al darle una sobredosis de metadona, pero la familia no está satisfecha con esas explicaciones, pues ¿qué pasa con los signos de violencia? Hablamos también con Francisca González Caro, madre de Jonatan Martín González, que ha sufrido malos tratos en la cárcel de Brians II y Francisca lo está denunciando públicamente. Comentamos la convocatoria de una concentración en Barcelona, para el 30 de octubre, por las familias de algunas personas muertas en cárceles catalanas, por Familias Frente a la Crueldad carcelaria y otras entidades.

Cárcel=Tortura Familias Frente a la Crueldad Carcelaria La cárcel mata Radio: Tokata Y Fuga

Somos familiares de personas que están presas y también de personas que murieron en prisión. También somos entidades, colectivos y personas que trabajamos por los derechos de las personas presas y que exigimos que se respeten sus derechos y su dignidad. Hemos decidido juntar nuestras voces para romper el silencio y la opacidad que rodea la situación existente en las prisiones.

Las muertes en prisión son un problema insostenible y exigimos a las autoridades que dejen de mirar hacia otro lado. Raquel, Eduardo, Claudia, Lewis, Gina, y muchos más acerca de los cuáles no conocemos su historia. Muertes de personas bajo custodia del Estado que se aceptan y normalizan por quienes dirigen las cárceles. En el año 2017 murieron 41 personas en las cárceles de Cataluña y, de ellas, según las estadísticas de la Generalitat, 8 murieron por suicidio, en 9 casos se señala una causa “desconocida”, 5 por sobredosis y 19 por enfermedades.

Los “suicidios“ en prisión en muchas ocasiones se producen cuando las personas se encuentran en régimen de aislamiento. El aislamiento en prisión impone un régimen de vida a las personas que consiste en el encierro en soledad durante la mayor parte del día, entre 18 y 22 horas. Hay personas que están días, otras meses, y otras incluso años, a pesar de que las normas internacionales para el tratamiento de las personas reclusas, conocidas como las “Reglas Nelson Mandela”, establecen que el tiempo máximo de reclusión en aislamiento tiene que ser de quince días. El aislamiento penitenciario genera un daño físico y psicológico enorme e irreparable.

Asimismo, hay muertes por sobredosis que no se deberían producir y personas con enfermedades mentales recluidas en departamentos de aislamiento que terminan por quebrarlas definitivamente. Respecto a las muertes por enfermedad, cabe destacar que en la actualidad hay personas enfermas que no deberían estar en prisión, ya que existe la posibilidad de que se les conceda la libertad condicional por el motivo de su enfermedad.

Sin embargo, son muchísimos los casos que conocemos de personas con enfermedades terminales que no son liberadas y que finalmente mueren en prisión o que obtienen un tercer grado in extremis para salir a morir fuera de la cárcel pero que vieron avanzar su enfermedad dentro hasta consumirlos. Exigimos que se revise el régimen de visitas y las condiciones en prisión de las personas que sufren enfermedades. Todo esto demuestra que no se protege de manera adecuada la vida y la integridad física y psíquica de las personas encarceladas.

Denunciamos que en prisión se producen situaciones de violencia institucional hacia las personas presas: se las maltrata, se las denigra y se las veja diariamente. Estas vulneraciones de derechos y estos abusos de poder no se están investigando de manera adecuada, y esto genera una terrible indefensión para quienes las sufren en primera persona y también para sus familias.

También denunciamos que están teniendo lugar discriminaciones hacia las personas migrantes y/o racializadas, pues el conjunto de discriminaciones que opera en la sociedad se intensifica dentro de la institución carcelaria. Todo esto demuestra que no se protege de manera adecuada la vida y la integridad física y psíquica de las personas encarceladas.

Como familias, denunciamos que el trato cotidiano que se ofrece por parte de los funcionarios de prisión hacia los familiares y hacia las personas presas es denigrante. Además, hay una gran indefensión jurídica debido a que el sistema público de defensa no funciona de manera ágil y efectiva. Las familias sufrimos una gran desinformación y esto nos resulta desconcertante, a la par que hace aumentar nuestro dolor y nuestra angustia.

Hacemos un llamamiento a emprender una lucha colectiva. A generar una red dentro y fuera de las cárceles, acompañando iniciativas como la huelga de hambre que numerosos presos y presas iniciaron el pasado 1 de octubre. Queremos romper el silencio en torno a la prisión y poder emprender una lucha que nos lleve a defender los derechos de las personas presas y sus familiares así como a poder cuestionar un sistema penitenciario obsoleto, que lesiona fuertemente a las personas que pasan por dicho sistema y que genera un gran daño social.

Si quieres adherirte al Manifiesto, escríbenos un correo electrónico a la siguente dirección: nomesmortsalapreso@gmail.com

Familias Frente a Crueldad Carcelaria

 

Actividad en la calle Familias Frente a la Crueldad Carcelaria La cárcel mata

Nos ha llegado la siguiente carta de Ruyman Armas Santana, desde la cárcel de La Moraleja, en Dueñas (Palencia). Con fecha del 12 de octubre, dice que está en huelga de hambre desde el día 1 del mismo mes, «reivindicando con el colectivo de presxs en lucha», y que seguirá hasta el 30. Así que aún no se puede decir que la huelga de hambre colectiva haya terminado todavía. El compañero nos cuenta que está bajo de moral, al haberse enterado de que su vida corre peligro por una enfermedad cardiovascular. En el último de los enlaces que ponemos al final del todo, encontraréis su dirección, como la del resto de personas que participan en la lucha colectiva. No estaría de más escribirle, pues está claro que le vendrá bien un poco de comapñía. Como ilustración, un dibujo de Toni Chavero.

La Moraleja, 12 de octubre de 2018

Hola mami, ¿qué tal estás? Espero que muy bien. Yo estoy amargado, muy triste, y estoy en huelga de hambre desde el día 1 de octubre hasta el día 30 de octubre, reivindicando con el colectivo de presxs en lucha. H vino a verme y lo sabe, creo que tú también lo sabrás, y publícalo. Yo estoy malo de salud. El día que bajé al hospital a hacerme la pueba, la endoscopia, fue porque tengo la vena que va del corazón hasta el pulmón jodida y está a punto de partirse. Y el médico me dijo que, si rompe de día, puedo escapar, sobrevivir, porque rápido me llevan al hospital. Pero, si rompe por la noche, estando yo durmiendo, se me encharcan los pulmones y ya muero. Y han puesto conmigo en la celda a un amigo, hermano y paisano mío, que está vigilándome. Él se llama K, ha estado en Puerto I, es como mi hijo, tiene 26 añitos. Y montones de canarios, que me quieren muchísimo y están conmigo para lo bueno y lo malo, están afctados y preocupados por si pasa algo malo. Tengo cita cardiovascular en Valladolid en el hospital, para operarme, y la vena esa van a coger y la van a cortar y ponerme un implante, una vena de plástico. Y yo estoy mal por esta mala noticia, porque yo sé cómo funcionan estos médicos, que son unos veterinarios y yo estoy muy preocupado, porque esta gente me van a dejar morir. Yo he visto muchas personas a las que esta gente ha dejado morir en prisión. Yo no quiero ser una más, porque sería un palazo para mis padres, hermanos y familia, hijos y todas las personas que me quieren, y todos los colectivos anarquistas. Yo soy joven, tengo 38 años, llevo toda mi juventd en reformatorios y después en prisión y yo no sé qué es un cumpleaños ni una navidad con mi familia y eso es duro, todo lo que yo he sufrido en esta vida. Yo no soy malo, todo lo contrario, todas las personas que me conocen saben que yo soy luchador, no me gustan los abusos, respeto a todos los compsñeros, les ayudo, les enseño las cosas que hacen en las cárceles españolas: torturas; malos tratos; la sanidad aquí dentro no vale; las muertes; no sacan a las personas enfermas a la calle; abuso de poder, injusticia. Los violadores son los que mejor viven en prisión. Yo ya estoy quemado de ver estas cosas. (…) Mama, te quiero mucho y disculpa si no llamo, tampoco llamo a mis padres, te lo digo hasta llorando. Estoy triste, bajo de moral, por esta mala noticia que me han dado los médicos, muy preocupado, asustado y nervioso. Cuando esté mejor ya os pienso llamar por teléfono a tí, a mis padres, a mis hijos. Dales saludos a mis padres y a Y. Te voy a dedicar unas frases mías que son mis principios. Me voy despidiendo mamá, con un fuerte abrazo y besitos y cuídate mucho, suerte, salud, te quiero más de lo que tú piensas, mamá. Chao.

Rompe las reglas, perdona rápido, besa despacio, ama de verdad,ríete con ganas y nunca te arreìentas de algo que en su día te hizo feliz. Mamá G, nunca te olvides de esta frase que llevo tatuada.

Honor, lealtad, humildad, respeto, orgullo guerrero anarquista. Si luchas, puedes perder, pero, si no luchas, estás perdido. Dales saludos a todos los colectivos y a M, de Cádiz.

José Ruyman Armas Santana

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