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Ya está aquí la cadena perpetua. Nueva vuelta de tuerca del populismo punitivo. La nueva  (trigésima y pico desde 1995) reforma del Código Penal no apunta nada nuevo pues sigue la estela de las anteriores ―con unos matices u otros pero en lo esencial indistinta entre un partido de gobierno u otro― que se pueden sintetizar en unas ideas clave: más mano dura, populismo punitivo, modelo penal de la seguridad, uso meramente simbólico del derecho penal, autoritarismo e injusticia social.

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Política criminal

El alcalde de Sevilla acaba de nombrar a Juan José Cortés, el padre de la niña Mari Luz, asesor del grupo municipal del PP en el Consistorio hispalense, con una categoría de técnico medio y unas retribuciones de 36.000 euros anuales. En unos de los actos de la plataforma de apoyo a los niños desaparecidos en Córdoba, sus convocantes reconocieron que la infraestructura de la movilización se la proporcionó el Partido Popular de Córdoba. La delegada del Gobierno del PP en Madrid, Cristina Cifuentes ha declarado al diario ABC que “no tiene sentido que el sistema penitenciario esté enfocado a la rehabilitación del delincuente”. El Ministro Gallardón prepara una reforma del Código Penal que contempla la cadena perpetua en nuestro país bajo la eufemística denominación de “prisión permanente revisable”.

Política criminal

Cárcel=Tortura

Carcelero, Carcelero, que te ofende el término de tu trabajo donde tu conciencia vendes y pactas por un poco de dinero…¡Puto carcelero!

Dice la Real Academia de la Lengua de todo aquel que custodia prisioneros.

¿Funcionario? Por tu puto salario del trabajo remunerado eres un carcelero asalariado que machaquea y tortura para tu puto estado.

¿Mi estado? Prisionero, civil y sin compromisos… “con vosotros” verdugos que os llaman en los telediarios, cuando hoy se refieren al maltrecho compañero “Josu” por vosotros exterminado.

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En Estados Unidos hay 2 266 800 personas adultas encarceladas, según datos del año 2010 del Buró de Estadísticas de la Justicia, el 0,7 por ciento de la población; adicionalmente 4 933 667 estaban en probatoria o libertad bajo palabra, una suma que ubica al 3,1 por ciento de los adultos residentes en situación de vínculo con el sistema penitenciario, la mayor tasa de todo el mundo. En el 2008, el diez por ciento de esa población penal estaba condenada de por vida. Son datos que pueden encontrarse en la Internet y van diciendo bastante de un sistema que busca castigar, sin ahondar mucho en agravantes que incrementan el delito, como las desigualdades, la pobreza y la discriminación racial; y por otro lado, ese sistema no intenta la rehabilitación del reo, sino someterlo a dolorosas y hasta desproporcionadas penas y sufrimientos.

Hablaremos de una de ellas: la práctica bastante extendida del confinamiento en solitario, que provoca el repudio de grupos y activistas de los derechos humanos, los cuales, desde hace décadas, comenzaron a catalogar de tortura ese encierro en incomunicación, que en no pocas ocasiones tiene entre sus principales víctimas a prisioneros políticos, disidentes, reclusos rebeldes y condenados a cadena perpetua.

Cárcel=Tortura

Cárceles racistas

La Asociación de Seguimiento y Apoyo a personas Presas en Aragón (ASAPA) interpuso una denuncia ante la fiscalía de menores y el Justicia de Aragón al final de esta pasada semana. La interposición de la denuncia trae causa de una serie de situaciones relativas a la gestión de centros de protección de menores y a la gestión del CEIMJ Juslibol que pueden vulnerar gravemente la vigente legislación protectora de menores.

Cárceles para niños

Francisco Javier Caramel Guillén se encuentra  cumpliendo condena en el centro penitenciario de Sevilla 1, sin embargo las penas por las que fue condenado quedaron extinguidas el pasado día 15 de mayo de 2009. Desde prisión y según consta en la propia hoja de cálculo dicen que extingue su responsabilidad penal el día 25 de octubre de 2.017. La propia Audiencia Provincial de Sevilla Sección 4º desmiente lo que desde prisión se argumenta: la pena impuesta no es la de 15 años de prisión como consta en la hoja de cálculo, sino que por lo que estaba penado eran dos delitos, por los cuales había sido condenado a la pena de 4 años y seis meses de prisión por uno y a la pena de 4 años de prisión por el otro. A todo esto hay que añadir que se le debe de abonar los periodos de prisión preventiva (ya solicitados) por lo que debe de ser puesto en LIBERTAD INMEDIATA (siendo la fecha anteriormente expuesta en la que queda libre de toda responsabilidad penal).

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Cárcel=Tortura

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