En nuestras cárceles hay condenados a penas eternas de prisión. Sin horizonte de reinserción o de recuperar la libertad. Personas que extinguen penas de cárcel por encima de los límites legales de cumplimiento que fija el código (triple de la pena mayor, 20, 25, 30 y 40 años; ¿les parece poco?). Sin contar a los condenados por delitos terroristas, 177 presos cumplen penas superiores a los 30 años y otros 56 castigos que desbordan los 40 años. Se trata de condenas no acumulables, porque los hechos se cometieron con posterioridad a la fecha de las otras sentencias, lo que impide someterlos, en una interpretación literal de la ley y del criterio de la conexidad procesal, a los límites máximos. Alguien tendría que dar respuesta a ese grave problema, una auténtica cadena perpetua encubierta, que cuestiona todos los principios aplicables para el trato de los presos y condenados.
Un ponencia de Julián Ríos.
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[Libro] La Prisión Perpetua En España. Razones De Su Ilegitimidad Ética Y De Su Inconstitucionalidad
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