Categoría: <span>Política criminal</span>
Pedro Santisteve , abogado penalista , profesor de Filosofía del derecho y miembro fundador de ASAPA (Asociacion de Seguimiento y Apoyo a Pres@s de Aragón).
A continuación se expondrá brevemente el concepto de Derecho Penal del enemigo y como históricamente ha sido utilizado por las políticas totalitaristas para un fin homogeneizador de las poblaciones.
El concepto Estado-Nación surge a partir de una hipótesis de homogenización cultural y étnica, en la construcción del «nosotros» en un territorio concreto. El Estado lo conforman aquellos que cumplen las características de la etnia y la cultura dominante que se impone como única, el resto es «el otro» que no tiene cabida en el orden establecido. Desde el surgimiento del concepto de Estado-Nación el poder político que lo ha llevado a la práctica se ha dotado de diferentes herramientas para alcanzar esta homogenización cultural y étnica en un territorio.
Una reforma que está a la altura de los tiempos en que se plantea y que responde a la previsible necesidad de incrementar los instrumentos de control que pongan coto a las reivindicaciones y movilizaciones de colectivos cada vez más amplios de la sociedad por la vía de entronizar a la pena de prisión como el eje del sistema.
Este Código penal supone un cambio de modelo, de lo social a lo penal. Un giro ideológico que precariza la vida de la ciudadanía de a pie, hipotecando nuestras aspiraciones de futuro y de justicia social.
Guillermo Portilla Contreras es Catedrático de Derecho penal
El gobierno español presentó a finales del pasado año el anteproyecto de la ley orgánica de seguridad ciudadana para su tramitación parlamentaria. Esta ley vendrá sustituir la de 1992 del ministro Corcuera, nacida como ésta en el contexto de una honda crisis socio-económica, lo que nos permite identificar uno de los cimientos de ambas leyes de orden pública del post-franquismos: la aplicación de una política de contención del ejercicio de las libertades cuando las elites económicas optan por un ajuste económico que merma los derechos sociales de las mayorias. Es la teoría de los vasos comunicantes, la imposición de una bajada en el nivel en derechos sociales implica la imposición de un menor nivel en el vaso de los derechos formales. Como su ancestro, la llamada «ley mordaza» responde a un pulso del Poder, sin prejuizo de que obedezca también a la pretensión del gobierno del PP en la segunda fase de legislatura de contentar el sector mas ultra de su electorado.
El Estado autoritario utiliza el Código Penal combinando la tutela de algunos intereses generales junto con la tutela de los bienes jurídicos que interesan a la minoría socio-económicamente dominante y, en muchas ocasiones, los protegen de cualquier ataque que estos sufran, por nimio que éste sea, pues su finalidad no es la protección del bienestar de la sociedad en su conjunto sino el mantenimiento del status quo establecido.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional había solicitado cinco años de prisión y 2700 € de multa por un delito de atentado grave a la autoridad, para cada una de las personas acusadas de “estampar” tres tartas en la cabeza de la Presidenta de la comunidad autónoma Navarra, sin causarle lesión alguna. La acusación particular, por el mismo hecho, llegó a solicitar hasta nueve años de prisión y 5.700 € de multa. Finalmente la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en fecha 27 de noviembre de 2013, condena a dos años de prisión y 900 € de multa para cada acusado de tartear, y a la pena de un año de prisión y 300 € de multa a otro de ellos, en calidad de cómplice, por el mero hecho de “levantar los brazos llamando la atención sobre lo ocurrido”, en un claro aviso a navegantes.
Cualquier persona, aun sin necesidad de tener una sensibilidad social especial, entiende que las penas impuestas a los acusados son desproporcionadas a los hechos imputados. Si la víctima de los tartazos no fuera autoridad, los hechos serían impunes, o constitutivos, a lo sumo, de una simple falta y la pena a imponer, de establecerse alguna, sería una pequeña multa (en ningún caso una pena privativa de libertad). ¿Cómo se fundamenta ese plus, superplus, de penalización en función de la cualidad, o casi podríamos decir de la profesión (la profesionalidad de la llamada clase política es un hecho objetivo), del sujeto pasivo?
Este enjuiciamiento nos ayuda a debatir sobre la actual situación de derechos y libertades con los siguientes aspectos: ¿estamos más cerca de un Estado social y democrático o de un Estado autoritario? Conductas como la enjuiciada, ¿pueden calificarse como un ejercicio de desobediencia civil ante una norma injusta o es el ejercicio del Derecho de Resistencia ante un sistema que produce y reproduce injusticia social?
El número de presos en Estados Unidos se ha multiplicado por seis en 30 años, lo que se traduce en 2 millones de personas, la mayor población carcelaria del mundo. La mitad de los reclusos son inmigrantes indocumentados en manos de las cárceles privadas o “correccionales”. Con la externalización de las prisiones, grandes empresas del sector ya han creado su negocio: a más presos, más beneficios. Cuanto más tiempo se queden los reclusos entre rejas, más dinero de los contribuyentes irá a los bolsillos de las grandes corporaciones. Este sistema penitenciario antepone así el castigo a cualquier programa de reinserción social.
Amnistía Internacional (AI) aseguró este viernes que la reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana que quiere impulsar el Gobierno aumentaría “la indefensión de los ciudadanos ante los excesos de la policía” y reclamó al Ejecutivo que consulte a las organizaciones antes de poner en marcha “medidas que recortan derechos”, como el de reunión pacífica y el de la libertad de expresión.
En este sentido, se mostró preocupada por que el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana “amplíe aún más los poderes discrecionales de la policía” y señaló que las palabras del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, de que la norma pretende “proteger a la policía” no debe ser una justificación para restringir el derecho de reunión pacífica o de libertad de expresión.
El director de Amnistía Internacional España, Esteban Beltrán, subrayó que, según una respuesta parlamentaria del Gobierno, durante el año pasado se celebraron 14.721 concentraciones o manifestaciones y que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado intervinieron en 103 ocasiones por actos violentos, “sólo en el 0,7% de los casos”. “¿Justifican estos datos la restricción del derecho de reunión pacífica y de libertad de expresión para proteger a la policía?”, se preguntó.

