Tratamiento De La Hepatits C En Las Cárceles: Una Vuelta De Tuerca Más En La Discriminación Sanitaria

Se dice en un reportaje aparecido en cadenaser.com que «ocurre lo mismo entre rejas, que fuera. Las restricciones en el acceso a los nuevos medicamentos contra la hepatitis C (VHC) también están afectando a las cárceles españolas, en las que ahora mismo hay cerca 65.000 presos, según el último censo de Instituciones Penitenciarias«. Lo mismo y un poco más, porque ya sabemos que las condiciones de vida dentro de las cárceles, por mucho que diga la demagogia populista punitiva, siempre tienen que ser peores que las de la media de la población pobre en la calle. Si no, poca gente tendría miedo a caer presa y el sistema punitivo dejaría de cumplir su función principal de intimidación y control de la conducta de las «clases peligrosas».

«Según los últimos datos oficiales, recogidos en el Informe de Prevalencias de las infecciones de VIH y hepatitis C en Instituciones Penitenciarias de 2013 –continúa el reportaje–, en aquel año, el 21,3% de los presos españoles tenía el virus, una alta prevalencia, y un serio problema, porque además, uno de cada tres infectados por VHC también está infectado por el VIH«. Sin embargo, Instituciones Penitenciarias admite que «de todos los reclusos que han dado positivo por hepatitis C, solo están tratando al 2,8%, es decir, a 209 internos«. El gasto en tratamientos de hepatitis C ha caído un 26,04%, entre 2012 y 2013 y un 48% desde 2006.

Y continúa mezclando una visión crítica que no deja de tener su mérito con mentiras como la siguiente: «Por primera vez, en la historia de la sanidad penitenciaria, se ha perdido el concepto de equidad». El periodista se sorprende hipócritamente de lo que para cualquiera que conozca de cerca la realidad carcelaria no es más que una aplastante evidencia, claramente expresada, por ejemplo, por el doctor Pablo Saiz de la Hoya, miembro de la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria, en cuyo testimonio se apoya en gran medida el reportaje. “Los presos son pacientes de segunda que no tienen los mismos derechos que un paciente que esté en la calle. No se están dando los mismos tratamientos que en la calle. Y por lo tanto, el principio de equidad ha desaparecido”. La discriminación se produce «no porque no se prescriba el fármaco adecuado, sino porque ese fármaco no se da posteriormente». Según cuenta este médico, que ha manejado casos de pacientes con cirrosis (es decir, en la Fase 4), “en concreto uno, tenía marcadores tumorales muy elevados”, por lo cual “se le mandó a Madrid para que le diesen los nuevos tratamientos”, pero el paciente «volvió a la prisión de Alicante sin ser tratado porque Instituciones Penitenciarias no quería pagar el tratamiento».

Un problema de dinero, entonces. El informante cuenta que, para evitar el gasto, se les ha prohibido a los médicos carcelarios prescribir los nuevos medicamentos; no los novísimos que, hasta ahora sin resultado, están siendo reivindicados en la calle, ya que no se prescriben por su elevado precio, sino los de la «generación» anterior. «Sólo podemos tratar a los pacientes en las cárceles si optamos por usar Interferón y Ribavirina (los medicamentos antiguos). En el momento en el que queramos usar uno de los medicamentos nuevos, obligatoriamente tienen que ser trasladados a Madrid”. Por orden de Instituciones Penitenciarias, los enfermos «tienen que ser derivados a la Unidad de Custodiados del Hospital Gregorio Marañón de Madrid (que cuenta con 370 metros cuadrados)». Pero, cuando llegan allí el problema sigue siendo el mismo. Las administraciones no se ponen de acuerdo sobre cuál de ellas debe pagar el tratamiento, y al final, los perjudicados son los propios pacientes.

Según la Ser, «desde Instituciones Penitenciarias niegan ese trato discriminatorio hacia los presos». Aunque no ha podido precisar cuántos presos han recibido hasta la fecha los nuevos medicamentos contra la hepatitis C, el Subdirector General de Coordinación de Sanidad Penitenciaria, José Manuel Arroyo, dice que «se les trata en las mismas condiciones que a cualquier otra persona». Admitiendo que «hay demoras» a la hora de recibir los enfermos esos tratamientos, niega que haya «un problema general» y, sobre todo, que la responsabilidad sea de la autoridad carcelera. Les pasa el marrón a las administraciones autonómicas:  «algunas comunidades han puesto impedimentos». Valencia, en concreto, «es una Comunidad que sistemáticamente, además de prescribir en abundancia estos tratamientos, se ha negado a dispensarlos». Y miente cínicamente: «hemos tenido que actuar para asegurar el tratamiento con nuestros medios propios».

No es eso lo que dicen los presos, ni algunas sentencias judiciales, ni los médicos penitenciarios que han denunciado la prohibición expresa por la autoridad carcelera de prescribir los tratamientos adecuados. De tal modo que hasta la actual «Defensora del Pueblo», que nunca se ha distinguido por su respeto a los derechos humanos, sino más bien por lo contrario, intentar salvar la cara reconociendo en su informe anual que los nuevos medicamentos incluidos en la «triterapia», como Sofosbuvir (Sovaldi), Simeprevir (Olysio) y Ribavirina, «no estarían llegando a los presos», que «hay un cierto número de internos» a los que les han sido prescritos estos fármacos por los especialistas, pero que «no lo estarían recibiendo», por razones de dinero, «pues la Administración penitenciaria considera que el importe económico ha de ser satisfecho por las comunidades autónomas, toda vez que se trata de fármacos de dispensación hospitalaria». Interior se niega a pagar, las comunidades autónomas, lo mismo, y tendrán que decidir los tribunales.

Como dice el informe de la defensoría, «entretanto, los internos enfermos no reciben el tratamiento prescrito y su estado de salud se deteriora». Así que, por «motivos humanitarios», pide a Instituciones Penitenciarias que «proceda al pago de tales fármacos sin perjuicio de que paralelamente se inicien actuaciones judiciales». Ha tenido que reconocer también que Instituciones Penitenciarias «ha negado el fármaco a los reclusos coinfectados con hepatitis C y VIH, amparándose en que la ficha técnica de los medicamentos no lo contempla», y ella misma recuerda que «la Agencia Española del Medicamento advierte de que en esas circunstancias es más necesario todavía».

De todas formas, ya hay sentencias que obligan a Instituciones Penitenciarias a pagar estos tratamientos. Como la del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Valladolid en diciembre de 2014, que tumbó la demanda que el Ministerio del Interior había presentado contra la Consejería de Castilla y León, gobernada también por el Partido Popular. Interior, pretendía que fuese la comunidad autónoma la que pagase los medicamentos porque «son de uso hospitalario» es decir, de competencia regional. Pero la sentencia le recuerda que «la Agencia Española del Medicamento en ningún momento ha calificado estos medicamentos como de uso hospitalario», sino que son de «dispensación hospitalaria», es decir, se consiguen en los hospitales, pero se pueden recibir o bien en los domicilios, o en las prisiones en caso de los reclusos. En resumen, en cuanto a «la dispensación y el pago, en ambos casos, el obligado es la Administración Penitenciaria, que debe dispensar esos medicamentos, dado que las competencias no han sido transferidas a las Comunidades Autónomas».

Más información sobre el tema en Tokata

2 de comentarios

  1. virgilio garcia dominguez dice:

    libertad y lucha e información

    10 marzo, 2015
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