Recurso: Revisión De Condena Por Reforma Del Código Penal

La reforma del C. P. reduce en algunos casos la duración de las penas como por ejemplo el art. 368, sobre delitos contra la salud publica,  que rebaja de la pena máxima de prisión de 9 a 6 años en caso de sustancias que causen grave daño a la salud

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24 de comentarios

  1. Juan Pedro Perez Luna dice:

    Buenas,quisiera saber,si la revision de condena,es solo para que dañen gravemente la salud o tambien que no dañe gravemente la salud?Espero vuestra contestacion lo mas breve posible.Gracias.

    11 noviembre, 2010
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    • Salud, Juan Pedro, el artículo 368 del Código Penal, que es del que estamos hablando cambia, según la reforma que entra en vigor en diciembre de la siguiente manera:

      «Se modifica el artículo 368, que queda redactado como sigue:

      «Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

      No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable. No se podrá hacer uso de esta facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en los artículos 369 bis y 370.»

      Lo que cambia en realción con la redacción anterior ese que la pena, para sustancias que causen grave daño a la salud pasa de ser «de tres a nueve años» a ser «de tres a seis años», el resto queda igual, salvo en lo que dice el siguiente párrafo, el que empieza «No obstante lo dispuesto…». Entonces, se puede pedir la revisión aunque la condena sea por sustancias que no causen grave daño, basándose en «la escasa entidad del hecho» (por ejemplo que fuera muy poca cantidad) o en «las circunstancias personales del culpable», quizá, por ejemplo, haber padecido toxicomanía en el momento del hecho, o haber estado en situación de extrema necesidad, o algo así. Es decir, que aunque la condena sea por sustancias que no causen «grave daño», se puede cursar la instancia a ver qué pasa.

      11 noviembre, 2010
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  2. Victoria dice:

    Tengo un familiar al que le han pedido 3 años y 9 meses por un delito contra la salud pública (llevaba 25 gr de cocaína), actualmente está esperando respuesta al último recurso que ha presentado, ¿la reforma del código penal le afecta de alguna manera? ¿puede beneficiarle?
    Ruego respuesta, es muy importante para mi familia
    Gracias

    19 noviembre, 2010
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    • Lo primero de todo es saber si «le han pedido» simplemente los tre años y nueve meses o ya está condenado. Si solamente se trata de la petición fiscal, es de suponer que el juicio saldrá después del 23 de ciciembre que es la fecha en que entra en vigor la reforma. Para entonces, si el fiscal no ha tenido en cuenta en su calificación el contenido de la reforma que es, por una lado, que las penas por tráfico de sustancias «con grave peligro para la salud» (como, por ejemplo, cocaína) pasan de 3 a 9 años a de 3 a 6 años… para entonces, el abogado puede argumentar que se tenga en cuenta el contenido de la reforma. Hay otra parte de la reforma que también puede resultar beneficiosa, cuando dice: «los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable». En fin, si el juicio aún no se ha celebrado, ahí podría encontrar el abogado argumentos para la defensa.

      Si lo que ocurre es que tu familiar ya ha sido condenado, entonces podría cursar la instancia que hay en esta misma entrada pidiendo una revisión. aunque la condena de 3 años y nueve meses ya está cerca del límite inferior de la pena, podría ser que ya le correspondiera una ebaja automática de la misma. Por otra parte, si pudiera demostrar o ya estuviera demostrado en el proceso que en el momento d ela detención era toxicómano o estaba en situación de necesidad extrema o algo por el estilo, eso serviriá para pedir la rebaja d eun grado en la condena.

      Esperamos que lo dicho pueda seros útil, aunque es muy general. Nos faltan datos sobre la situación real de tu familiar, pero, en todo caso, nosotros no somos abogados. Para saber seguro lo que se puede hacer habría qu epreguntar a un abogado competente que pueda tener accso a todos los datos relevantes del proceso.

      21 noviembre, 2010
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  3. maria inchausti dice:

    mi novio cumple 1 condena de 2 años por trafico se subs. k no causan grave daño (1, 06 gr. de marihuana) y 3 años por trafico de heroina (0,223 gr). Es consumidor habitual e importante de cannabis con diagnostico eskizofrenia por dicha causa. Es africano, en situación irregular y su expulsión esta tramitándose, sin que valga la demostración de arraigo que tiene desde que está conmigo. ¿se podría hacer algo?

    12 diciembre, 2010
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    • La primera condena podría quedar reducida por efecto del párrafo añadido por la reforma al artículo 368: «No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable.» Podría serviros el modelo de petición que publicamos en esta misma entrada. En cuanto a la segunda, aunque parece que ya le han puesto el mínimo, podríais solicitar la revisión también ateniendoos a lo que dice el nuevo párrafo citado arriba, en todo caso, nada se pierde con solicitarla. Podríais cursar la petición que hay en la entrada añadiendo la certificación de lo que dices sobre el consumo habitual y la esquizofrenia.

      La verdad es que con tan pocos datos lo único que podemos deciros es que curséis la petición a ver qué pasa. Además, ninguno d enosotros es abogado. para estar seguros lo mejor sería consultar con uno que tuviera a su dsiposición todos los datos.

      13 diciembre, 2010
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  4. ANGELA dice:

    Desearia me informara de si mi hijo que lleva 21 mes de condena, 11 meses en Costa Rica y 10 en España, y fue juzgado en Costa Rica, si tiene derecho a esa reduccion de condena que se habla enra en vigor el dia 23 de diciembre. De ser asi cuando podria hacer, no se como decirlo, una revision de condena, el tiene de condena 5 años 4 meses de los cuales ya le han concedido dos permisos, por su buena conducta, pero desearia como les he dicho saber si tiene derecho o no e esa reduccion de condena.
    Gracias.
    Un saludo

    13 diciembre, 2010
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    • Si su hijo fue juzgado y condenado en Costa rica y según las leyes de ese estado, me parece que no le beneficia de ninguna manera la reforma del código penal. En todo caso, tendría usted que consultarlo con algún abogado que tuviera acceso a toda la información sobre el caso.

      13 diciembre, 2010
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  5. guadalupe dice:

    hola me dirijo a alquien que me puede decir si yo me boy a beniciar de esa ley yo tengo una peticion de 6años y medio y mi juicio sale en febrero

    20 diciembre, 2010
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  6. jessi dice:

    mi novio tiene una condena de 4 años y medio, a cumplido 13 meses, se veneficia de la nueva ley, donde me puedo informar, gracias

    23 diciembre, 2010
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  7. pablo dice:

    hola,sabe alguien si a los condenados por sustancias de grave peligro con pena de 3 años pueden optar a rebaja si esta demostrada la toxicomania y siendo por una cantidad pequeña?(50 extasis) gracias

    25 diciembre, 2010
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  8. Julián dice:

    Hola, yo colaboré tratando de introducir 5.000 Kilos de hachís procedente de marruecos, estoy en libertad condicional desde el 7 de Febrero de 2011, me gustaría saber si puedo beneficiarme. En este caso no es notoria importancia, es extrema gravedad. La condena es de 4 años y un mes por la multa de 8 millones de Euros.

    Muchas gracias por vuestra ayuda y tiempo.

    13 febrero, 2011
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    • Me parece que la reforma del códigopenal no te beneficia porque lo qu ehace es reducir la pena para sustancias que causen grave daño a la salud donde no esta incluído el hachis. De todas maneras, nosotros no somos abogados y tampoco tenemos los detalles de tu caso así que no podemos asegurarte que nuestra opinión sea muy realista.

      15 febrero, 2011
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      • Julián dice:

        Gracias amigo, pues entonces ni lo intento, no vaya a ser que al remover el asunto alguno, estando esa multa, quiera quitarme la única vivienda que tengo.
        Pensé que la reforma también estaba orientada a las personas condenadas por colaborar con el tráfico sin ser «cabecillas» por decirlo de así.

        17 febrero, 2011
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  9. palblo dice:

    hola estoy condenado a 3 años y 2 meses por 20kg de hachis , me condenaron sobre una condena que hiba de 3 a 5 años y ahora segun el nuevo codigo las condenas para drogas blandas ahora va de 1 a 3 años
    sabes si `puedo conseguir algo`positivo pidiendo revision a los de coca le estan bajando reducio de hasta 3 años en la condena
    estoy cumpliendo condena en Madrid VI

    2 abril, 2011
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    • La condena para «drogas blandas» no ha disminuído con la reforma, ya era de 1 a 3 años. Si a tí te pusieron 3 años y dos meses quizá fuera porque consideraran los 20 kilos, cantidad de «notoria importancia», porque pensaran que pertenecías a una organización o vete tú a saber por qué. Lo que ocurre es que tenemos muy pocos datos para poder sdarte una opinión, pero además, nuestra opinión no es muy fiable que digamos, ya que ninguna de las personas que colaboran en el blog es abogado. así que te aconsejaríamos que preguntes a un abogado aportándole todos los datos que puedas, pues no quisiéramos que te confundas por nuestra culpa.

      5 abril, 2011
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  10. Julián dice:

    Hola Pablo, yo creo que te han condenado a la máxima de 1 a 3 años, o sea 3 años, los dos meses debe ser por la multa.
    No creo que consigas nada, pero inténtalo, no tienes nada que perder.
    Saludos

    5 abril, 2011
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  11. manoli ruiz dice:

    quisiera saber si es verdad una lei que dice que saldra en emes de junio para los que estan cumpliendo condena , por año cumplido rebajan 3 mese muchas gracias

    19 mayo, 2011
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    • No tenemos ni idea sobre esa supuesta ley. Ya pregfuntaremos por ahí, pero va a ser que sólo es un rumor. Y

      19 mayo, 2011
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  12. marta dice:

    Hola,te quiero comentar mi pareja lleva 9 años en la carcel, le han puesto de pena maxima 12 años, nunca ha salido de permisos, rehabilita el primer grado en julio 2011, y nos han comentado que ha havido un canvio de codigo penal , nos han comentado » por cada año ya pagado de condena le quitan 3 meses de su condena» eso es verdad??? y que podenemos hacer una revision de condena…lo queremos ya saliendo de permisos.. y el me ha dicho que me mirara estos articulos 98.1 y 106.2 … como ves el tema??

    22 mayo, 2011
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  13. jessi dice:

    si con un tercer grado aprobado me condenan a 15 meses por otra causa que me podria suceder? Gracias

    18 julio, 2011
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  14. hola me gustaria saber si a mi marido que lo cojieron con 11 personas mas por un delito que no causa grave daño a la salud le an alegado una embarcacion donde el nunca la utilizo para trasporta ningun tipo de droga puesto que el iva de mulero y la peticion fiscal es de 6 años y 6 meses y multa de tres millones de Euros le beneficiaria de alguna manera la nueba ley ya que lleba tambien 6 meses de prision o tiene que cumplir los 6 años y 6 mese

    22 agosto, 2011
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  15. jessi dice:

    con una condena de 4 años y medii por un delito contra la salud publica, podria renovar el permiso de caza? Gracias

    5 septiembre, 2011
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  16. macu dice:

    Hola, queria preguntaros si en el caso de mi marido que fue condenado a 11 años , 2 por banda organizada y 9 por delito contra la salud pública puede pedir la revision de condena con la modificacion del nuevo articulo del codigo penal.Fue condenado por sentencia firme en marzo de 2010. Gracias.

    3 marzo, 2013
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