“Una vez que los incorregibles son inocuizados,
la pena de muerte es superflua”.
Von Liszt
El último anuncio de reforma del código penal realizado por el ministro de justicia español ha abierto –probablemente sin pretenderlo‐ un debate dogmático que en una primera aproximación parece novedoso pero que, salvando todas las distancias –que, quizá, después de todo, no sean tantas‐, reedita el que hace más de un siglo se libraba en la ciencia alemana del derecho penal en torno al tratamiento de los delincuentes habituales o peligrosos por tendencia y la aparente insuficiencia de la respuesta al delito dada por la pena en tanto vinculada al concepto de culpabilidad.



