Tokata | Boletín de difusión, debate y lucha social Entradas

Nota de TOKATA: Aunque parece ser que la iniciativa parte de un preso ultraderechista y fomentada por funcionarios de prisiones (de la misma ideología) y viene con tintes ideológicos contra el colectivo de presos políticos vascos por la excarcelación de Iosu Uribetxeberría, manipulando la sensibilidad de otros presos en lugar de ser un reivindicación solidaria hacia los presos con enfermedades graves e incurables, decidimos mantener la noticia  por ser una clara denuncia de lo que ocurre dentro de prisión donde cada año mueren cientos de presos con enfermedades. Recomendamos la lectura del artículo Imperio De La Ley Y Oportunismo Político. Personas Presas Con Enfermedades Graves  y del trabajo La Libertad Condicional Anticipada Por Enfermedad donde se recoge toda la información referente a como esta reglada en el ordenamiento jurídico.

Unos 50 presos  del módulo I de la cárcel de Valdemoro (Madrid) han presentado una instancia a la dirección del centro para exigir que  se proceda a la excarcelaciónde los presos enfermos por razones de salud, un motivo por el que han anunciado una huelga de hambre que iniciarán el día 25.

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Según agencias informativas, un interno de la cárcel de Villabona fue hallado muerto en su celda, sobre las siete menos cuarto de la tarde de ayer, por personal de la prisión. El fallecido es un hombre joven que responde a las iniciales F. L. A. Por el momento se desconocen las causas de la muerte. A falta de conocerse los resultados de la autopsia, que se le estaba realizando a última hora de la tarde de ayer, una de las hipótesis sería una posible muerte por sobredosis. En la celda del interno fallecido no se apreciaron signos de violencia.

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“Bajo un gobierno que encarcela injustamente a las personas, el lugar de una persona justa es la cárcel” – Henry David Thoreau.

El viernes, 14 de septiembre, el Consejo de Ministros recibió un informe del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, previo al Anteproyecto de reforma del Código Penal, norma con la que se procede a la revisión del sistema penal “para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia, a la multirreincidencia y a los delitos más graves”, en sus propias palabras. La reforma, en definitiva, supondrá un endurecimiento generalizado de las penas, a pesar de que España tiene uno de los Códigos Penales más duros de Europa y más de 76.000 presos (una de las mayores medias por habitante de Occidente).

Política criminal

Todo apunta a que esta reforma, en el contexto de la profunda crisis financiera que padecemos, proyecta su alcance a dos niveles. En el corto plazo, pretende distraer la atención de la terrible realidad y el tenebroso futuro que nos aguarda a la mayoría de la población y brinda la única seguridad que son capaces de sostener hoy por hoy los poderes públicos, la que se deriva de un mayor control social. A largo plazo, representa otro paso más en la escalada de rigor punitivo y constata la tendencia expansiva del derecho penal, un fenómeno que es sabido no guarda relación con los índices de delincuencia ni con las necesidades y preocupaciones inmediatas de los ciudadanos sino que obedece a otras lógicas y a otros intereses vinculados con el Poder.

Política criminal

Los abogados Ainhoa Baglietto, Amaia Izko, Didier Rouget y Olivier Peter han acudido esta mañana a Estrasburgo para interponer en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos los recursos de 20 presos y presas políticas vascas que han sufrido la aplicación de la doctrina 197/2006. Cabe recordar, que el citado Tribunal rechazó la aplicación de la doctrina 197/2006 y afirmó que la misma vulnera el Convenio Europeo de los Derechos Humanos.

Tras presentar los recursos, la abogada Amaia Izko ha hecho declaraciones ante la prensa. En ellas, ha señalado que han demandado al Estado español por la «vulneración de derechos fundamentales» en el caso de todas las demandas que fueros rechazadas por parte del Tribunal Constitucional español.

También ha explicado el por qué del presentarse personalmente en Estrasburgo. Según Izko, de ese modo han querido denunciar la situación que se ha creado a raíz de la condena del TEDH al Estado español y también denunciar la postura del Gobierno de Rajoy en este tema.

Ha añadido que la situación de los presos que han sufrido la aplicación de la ‘Parot’ es «irregular» y que todos ellos deberían estar en la calle. También piensa que el Estado español va a hacer «todo lo posible» para no dejar en libertad a Del Río, agravando de ese modo su situación.

Pero no ha querido centrarse solo en la situación del Del Río y ha añadido que la sentecia del TEDH se debe aplicar a todos los presos que sufren la doctrina 197/2006.

Fuente:https://www.naiz.eus/eu/info/noticia/20121015/interponen-ante-el-tedh-los-recursos-de-20-presos-que-han-sufrido-la-parot

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El Consejo General de la Abogacía Española presentará alegaciones al anteproyecto de ley de reforma del Código Penal aprobado el jueves 11 de octubre por el Gobierno, al considerar inconstitucional la prisión permanente, sea revisable o no.

La Abogacía Española y su Subcomisión de Derecho Penitenciario se ha manifestado reiteradamente en contra de cualquier pena a la que no se le fije un límite de cumplimiento, ya que es contraria a los artículos 10, 15 y 25 de la Constitución Española.

Política criminal

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La Audiencia Nacional rechazó 15 recursos de pres@s polític@s vasc@s sobre el alargamiento de sus condenas en base a la denominada Doctrina Parot. Herrira denunció esa decisión y mostró su alegría por la liberación de Itziar Martínez y Óscar Abad, cuyos recursos si fueron aceptados

Herrira califica de «tremendamente incomprensible» que el Pleno de la Audiencia Nacional, reunido ayer para deliberar sobre los efectos prácticos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que decretó la ilegalidad de la doctrina 197/2006 del TS y dictaminó la puesta en libertad inmediata de la presa política Inés del Río, haya rechazado los recursos de 15 presas y presos políticos vascos.

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El anteproyecto de Código Penal que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros introduce la cadena perpetua revisable. Desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) pensamos que esta nueva reforma es anticonstitucional y atenta directamente contra la Carta Magna, donde se defiende que el fin de la pena es la reinserción del recluso, pues los límites temporales a la condena son una exigencia del Estado de derecho, de respeto a la dignidad humana y al trato humano.

Las reformas legales de los últimos años han llevado a duplicar la duración efectiva de las penas. Así,  España ha aumentado las tasas de población penitenciaria, siendo el país con mayor tasa en Europa, pese a que era y sigue siendo uno de los países más seguros del entorno, con una tasa de criminalidad de las más bajas de Europa, 20 puntos por debajo de la media del resto de países. 

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Después de haberlo intentado el Partido Popular con motivo de la última reforma del Código Penal, sin éxito, el Ministro de Justicia del actual Gobierno vuelve a plantear como línea programática la introducción de la prisión permanente revisable. Ya que se trata de una propuesta de introducir algo en la legislación penal, parece que se trata de algo novedoso. En efecto, si uno echa un vistazo al Código Penal, obtiene la impresión de que la cadena perpetua o permanente no existe en España. Pero, en realidad, la extraordinaria duración de algunas penas individuales puede dar lugar a que determinados reclusos, en función de su edad y de sus circunstancias personales en relación con el tratamiento penitenciario, estén condenados en la práctica a una privación perpetua de libertad. Y esto es aún más probable cuando el recluso ha sido condenado por varios hechos que no admiten un enjuiciamiento unitario; en tal caso no hay límites al cumplimiento sucesivo de las penas, que serán ejecutadas una tras otra, sin solución de continuidad, como se ha demostrado en el caso del recluso Montes Neiro, indultado por el Ejecutivo. Al comparar este resultado con lo que ocurre en otros países europeos, la conclusión no puede ser más paradójica: en aquellos Estados -como por ejemplo Alemania o Italia- donde se prevé una prisión perpetua, ésta es en verdad una prisión temporal o transitoria; y donde no se prevé una prisión perpetua -como en España-, la realidad muestra que algunos reclusos no saldrán con vida de la cárcel.

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