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El Consejo General de la Abogacía Española presentará alegaciones al anteproyecto de ley de reforma del Código Penal aprobado el jueves 11 de octubre por el Gobierno, al considerar inconstitucional la prisión permanente, sea revisable o no.

La Abogacía Española y su Subcomisión de Derecho Penitenciario se ha manifestado reiteradamente en contra de cualquier pena a la que no se le fije un límite de cumplimiento, ya que es contraria a los artículos 10, 15 y 25 de la Constitución Española.

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La Audiencia Nacional rechazó 15 recursos de pres@s polític@s vasc@s sobre el alargamiento de sus condenas en base a la denominada Doctrina Parot. Herrira denunció esa decisión y mostró su alegría por la liberación de Itziar Martínez y Óscar Abad, cuyos recursos si fueron aceptados

Herrira califica de «tremendamente incomprensible» que el Pleno de la Audiencia Nacional, reunido ayer para deliberar sobre los efectos prácticos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que decretó la ilegalidad de la doctrina 197/2006 del TS y dictaminó la puesta en libertad inmediata de la presa política Inés del Río, haya rechazado los recursos de 15 presas y presos políticos vascos.

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El anteproyecto de Código Penal que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros introduce la cadena perpetua revisable. Desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) pensamos que esta nueva reforma es anticonstitucional y atenta directamente contra la Carta Magna, donde se defiende que el fin de la pena es la reinserción del recluso, pues los límites temporales a la condena son una exigencia del Estado de derecho, de respeto a la dignidad humana y al trato humano.

Las reformas legales de los últimos años han llevado a duplicar la duración efectiva de las penas. Así,  España ha aumentado las tasas de población penitenciaria, siendo el país con mayor tasa en Europa, pese a que era y sigue siendo uno de los países más seguros del entorno, con una tasa de criminalidad de las más bajas de Europa, 20 puntos por debajo de la media del resto de países. 

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Después de haberlo intentado el Partido Popular con motivo de la última reforma del Código Penal, sin éxito, el Ministro de Justicia del actual Gobierno vuelve a plantear como línea programática la introducción de la prisión permanente revisable. Ya que se trata de una propuesta de introducir algo en la legislación penal, parece que se trata de algo novedoso. En efecto, si uno echa un vistazo al Código Penal, obtiene la impresión de que la cadena perpetua o permanente no existe en España. Pero, en realidad, la extraordinaria duración de algunas penas individuales puede dar lugar a que determinados reclusos, en función de su edad y de sus circunstancias personales en relación con el tratamiento penitenciario, estén condenados en la práctica a una privación perpetua de libertad. Y esto es aún más probable cuando el recluso ha sido condenado por varios hechos que no admiten un enjuiciamiento unitario; en tal caso no hay límites al cumplimiento sucesivo de las penas, que serán ejecutadas una tras otra, sin solución de continuidad, como se ha demostrado en el caso del recluso Montes Neiro, indultado por el Ejecutivo. Al comparar este resultado con lo que ocurre en otros países europeos, la conclusión no puede ser más paradójica: en aquellos Estados -como por ejemplo Alemania o Italia- donde se prevé una prisión perpetua, ésta es en verdad una prisión temporal o transitoria; y donde no se prevé una prisión perpetua -como en España-, la realidad muestra que algunos reclusos no saldrán con vida de la cárcel.

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Desde hace varios años la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) está denunciando la total dejadez por parte de la Junta de Andalucía y del Ministerio del Interior hacia las personas enfermas mentales internadas en las prisiones andaluzas. Esta última Administración reduce su presupuesto para el 2013 en un 6,33% respecto al 2012. Los enfermos mentales se hacinan en los centros penitenciarios donde malviven con la doble condena de estar enfermos e indefensos en un lugar que no les corresponde y que no está preparado para albergarlos.

Si en Andalucía hay 16.086 internos, alrededor de 1.300 personas presas padecen enfermedades mentales graves y unas 6.500 trastornos mentales y de la personalidad. La mayoría se encuentran en prisión porque no existe ningún otro recurso comunitario para ellas, y su paso por tan duro ambiente agrava, en prácticamente todos los casos, sus patologías. La prisión, por tanto, se convierte en un sustitutivo inapropiado para estos enfermos ante la inexistencia  de recursos asistenciales, mostrando el gran fracaso que como sociedad tenemos en esta materia.

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Los mismos que hoy se refieren al código penal como un texto del pasado no adaptado a la realidad delictiva del siglo XXI y que han anunciado su endurecimiento, ya lideraron una reforma del mismo durante el gobierno de Aznar y con Mariano Rajoy como Ministro de Justicia. En 2003, el PP aprobó una reforma del código penal con el apoyo del PSOE. Las fuerzas políticas mayoritarias desplegaron una retórica llena de clichés del populismo punitivo importado del otro lado del Atlántico, recordando a la ciudadanía la necesidad de mano dura con las crecientes muestras de violencia urbana y con los delincuentes multirreincidentes, y de hacer frente a los nuevos peligros derivados la inmigración y de la amenaza terrorista. Los socialistas afirmaron que se veían obligados a apoyar la reforma por responsabilidad y por la imperiosa necesidad de luchar contra la inseguridad ciudadana.

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España es el tercer país europeo con mayor hacinamiento en sus cárceles. Lo documenta un informe de la XXX Conferencia de Ministros de Justicia del Consejo de Europa que se celebró en Estambul. Ese hacinamiento significa que hay 162 presos por 100.000 habitantes, cuando en Alemania hay 95 por 100.000, 85 en Francia y 121 en Portugal. Demasiados presos en el Reino de España. Más que en cualquier época de su historia reciente, excepto los primeros años de la dictadura franquista.

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Al hilo de varios juicios paralelos al principal sospechoso del caso “Ruth y José Bretón”, desde algunos medios de comunicación y foros de Internet se ha pretendido relanzar el enésimo debate sobre si deben aumentarse una vez más las penas de nuestro Código Penal. Se ha puesto incluso sobre la mesa la necesidad de introducir la pena de prisión perpetua.

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