[La Haine-Salamanca] Fuisteis unos de los que metieron presos por la Ley franquista de vagos y maleantes. ¿Podrías explicarnos un poco las características particulares que tenía esta ley?
[Manolo] Fui condenado en una ocasión por la Ley de vagos y maleantes en 1969 de 18 meses a 36, esto quería decir que sólo cumplías 18 meses si no tenias ninguna sanción, de no ser asi según las sanciones (que podían ser por hablar en una formación o llegar el último a la fila de entrada al comedor por ejemplo) te iban incrementando los meses de condena.
No tenías derecho de defensa, generalmente te condenaban siendo todavía preso preventivo a la espera de juicio, o sea que si salías absuelto por el delito por que te detuvieron ya tenías cumplida la ley de vagos, sin derecho de reclamación claro.
Tampoco existía un tribunal, era un juez único el que condenaba sin acusación ni defensor, y claro tampoco asistíamos al juicio porque no lo hacían, por supuesto nada de recurrir la decisión de tan alto magistrado, no existía derecho a recurrir.
Ni siquiera se podía redimir condena mediante el trabajo o explotación laboral como si se podía hacer (no siempre ni todos) con las otras condenas judiciales, en esta se cumplía a pulso del mínimo en adelante.

