El Tribunal Constitucional Recrimina Al Juez Central De Vigilancia Penitenciaria Por No Salvaguardar Los Derechos Fundamantales De Los Presos

El Constitucional ha dicho basta. La corte ha abierto un conflicto institucional nada menos que con el magistrado central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, el juez que supervisa el cumplimiento de penas de todos los terroristas, grandes narcotraficantes y menores de todo el país. La situación es tan tensa que el Constitucional, sin paños calientes, acusa por escrito de insumisión al magistrado José Luis Castro Antonio, quien desde hace cinco años -asegura el tribunal- se niega por sistema a seguir sus órdenes para que razone y argumente sus respuestas a las quejas de los reclusos terroristas, que invocan la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva.

La actitud de Castro Antonio ha provocado ya una riada de fallos del Constitucional, que otorga siempre el amparo a los miembros de ETA en prisión.

El hartazgo de la corte es tal que los magistrados de la Sala Primera, en su última sentencia, en la que por enésima vez dan la razón a un preso -esta vez es un menor, aunque el resto de fallos se refieren a etarras- abroncan al juez, al que acusan de «incurrir en una negativa manifiesta del deber de acatamiento de la doctrina del Tribunal Constitucional». En su último fallo, fechado el pasado 3 de mayo, la corte hace «una apelación directa a este órgano judicial (al Juzgado Central de Vigilancia) para que haga acatamiento estricto de su doctrina».

Esta última sentencia revela que hasta en otras siete ocasiones, todas por amparos de presos de ETA, el Constitucional ha reprendido a Castro por su poco interés en responder cuando los terroristas recurren al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria para quejarse por castigos disciplinarios. Según el Constitucional, el magistrado utiliza una y otra vez desde 2006 la misma «respuesta estereotipada» a los recursos de los miembros de ETA: «Las alegaciones contenidas en el escrito del recurrente no aportan hechos, razones o argumentos distintos a los ya expuestos en el recurso de alzada sino que contienen una interpretación subjetiva y diferente de los hechos o la valoración jurídica que se hacen en el auto recurrido, por lo que procede su desestimación».

El magistrado, insiste el tribunal, viene «vulnerando» de manera «reiterada» desde hace cinco años derechos fundamentales de los etarras, a pesar de los llamamientos del Constitucional, que en su último fallo hace hincapié «en el carácter especialmente lesivo del derecho a la tutela judicial que implica el uso de formularios estereotipados cuando en ellos no se da respuesta a las pretensiones de las partes».

Pero el rapapolvo de la corte va aún más allá. «Esa práctica -dice el Constitucional- es especialmente condenable» para un juzgado de vigilancia penitenciaria, «ya que implica una dejación de funciones en la salvaguarda de los derechos fundamentales de los presos (…), ciudadanos que están en una especial situación de dependencia vital, fáctica y jurídica de la administración penitenciaria».

El órgano garante del cumplimiento de la Carta Magna reconoce «las dificultades en que deben desarrollar su actividad muchos órganos judiciales», pero se muestra «contundente» en que esas «deficiencias estructurales u organizativas» o «el abrumador trabajo» no pueden ser excusa para que se produzca de manera reiterada una «lesión constitucional» de los derechos de los internos. La sentencia enumera todos los casos en los que el Constitucional ha tenido que dar amparo a los presos de ETA, algunos de ellos muy conocidos, desde que Castro empezara en 2006 su negativa a dar respuestas fundamentadas a las quejas de los terroristas: Alberto Marín Etxebarría, un miembro de un grupo de ‘kale borroka’ de Bilbao, sancionado por insultar a un funcionario; Josu Amantes, ‘Txirlas’, un cabecilla de la logística de ETA, castigado tras escribir una carta a otro preso en la que insultaba a los funcionarios por los cacheos; José Antonio López, ‘Kubati’, el asesino de ‘Yoyes’, expedientado por una protesta carcelaria; el exmiembro del ‘comando Vizcaya’ Juan Bilbao, sancionado por otra protesta en la prisión; Ignacio Pujana, ‘Alain Delon’, exjefe de los ‘taldes’ de ETA en los ochenta, expedientado por tomar parte en una campaña de la banda en los centros; y el ahora ‘arrepentido’ y líder de la ‘disidencia’ etarra José Luis Álvarez Santacristina, ‘Txelis’, quien en dos ocasiones en 2008 y 2009 consiguió el amparo del Constitucional por la falta de argumentación en las respuestas de Castro.

www.derechopenitenciario.com

.

Sé el primero en comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.