Tokata | Boletín de difusión, debate y lucha social Entradas

Resumen

Tras observar el tipo de acciones en que se ha venido plasmando la protesta social, la reforma da una nueva redacción a los artículos en que se regulan los delitos de atentado, desórdenes públicos y ocupación de sedes para poder castigar todas ellas, incluso las pacíficas y meramente reivindicativas. Por ejemplo: ocupación de sedes de bancos o centros de salud de manera totalmente pacífica, parar el metro.

– Especialmente grave es la introducción del art. 559 C.P., que antes castigaba las conductas de aquellos que perturbaran gravemente el orden público con el fin de impedir a alguna persona el ejercicio de sus derechos cívicos (derecho al voto, derecho al trabajo, derecho de reunión), y ahora castiga “la distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público…, o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo.”.

Este precepto puede suponer una intromisión ilegítima de los poderes públicos en las comunicaciones de las personas y vulnerar, en el caso de los mensajes de teléfono móvil y los correos electrónicos, el secreto de las comunicaciones. Supone un ataque a la libertad de expresión y castiga simples opiniones, que en un sistema democrático no pueden ser penalizadas. Además, criminaliza la conducta de alguien que da una opinión o emite un mensaje lícito por la influencia que tienen en un tercero, a quien ni siquiera se conoce.

– Se introducen conceptos tan genéricos que cualquier conducta puede caber, ampliándose el ámbito de arbitrariedad.

– En definitiva, se criminalizan el derecho de reunión y la libertad de expresión, como se desprende del hecho de que si los hechos se llevan a cabo en una manifestación o reunión numerosa (¿qué puede entenderse por “numerosa”?) o con ocasión de alguna de ellas, se ven agravados.

Política criminal

EL PATIO

El patio es un hormiguero

De razas y de naciones,

Toda clase de delitos

Contra la ley y el orden

En éste patio sin fin

Sin ilusión y sin norte.

Cientos de hombres girando

De sol a sol cada día…

Prisioneros de éste muro

Que hasta el aire asfixiaría

Arrastrando su condena

Sin sonrisa ni alegría.

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«Conoce tus derechos ante la detención e intervención judicial» es un manual  ante la sensación de indefensión que sufren muchas personas cuando son intervenidas por la policía. Para descargarlo.

A continuación una ponencia a cargo de Salhaketa donde se explica todo paso a paso.

kuartoscuro

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La Dirección de la Policía rechaza la Recomendación de la Defensora del Pueblo y defiende que sus funcionarios puedan ir encapuchados en la detención y toma de declaraciones a personas privadas de libertad.Tras una denuncia realizada por ALA (Asociación Libre de Abogados) a la Defensora del Pueblo, ésta remitió queja a la Policía recomendando que finalizasen las prácticas denunciadas por vulnerar tanto los derechos de las personas privadas de libertad como por atentar gravemente al derecho de defensa.

Cárcel=Tortura

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El día 25 se produce en horas de patio un cacheo general, que es una práctica habitual y sistemática. Viene toda la plantilla y nos hacen pasar en grupo al módulo donde nos van cacheando.

La funcionaria que me realiza el cacheo, conocida como “la Pistolera”, es famosa por el odio que nos profesa.

Empieza poniéndome en posición de cacheo, manos en la pared y piernas abiertas, e inicia la palpación por los brazos, a pesar de que iba en tirantes. Me masajea todo el cuerpo con una fuerza y violencia innecesaria, que llegó a hacerme daño por la presión que ejercía.

De repente introdujo su mano en mis partes íntimas, agarrándolas y estrujándolas. El dolor me hizo apartarme de un salto y soltarme de ella, mientras le recriminaba su actitud, alegando que me estaba metiendo mano y me estaba haciendo daño. Tras la discusión vuelve a ponerme en posición de cacheo y vuelve a empezar con el mismo manoseo de mi cuerpo y con la misma fuerza, mientras se me acerca al oído y me dice en palabras textuales: “eso es lo que te gustaría a ti, que yo te metiera mano”.

Cárcel=Tortura

Hablar de cárceles y derechos fundamentales puede parecer, a primera vista, una contradicción interna dado que el estatuto jurídico de la persona presa fue configurado como el de un ciudadano de segunda categoría (Rivera Beiras). Para contextualizar el sombrío mundo penitenciario baste citar una noticia reciente: El Ministerio del Interior restringió por falta de presupuesto un tratamiento que duplica las opciones de curación para los pres@s que sufren hepatitis C, una enfermedad que afecta casi al 25% del población reclusa. En escritos remitidos a los responsabeis médicos de las prisiones, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias asume que no hay dinero para tratar a todos los reos que podrían beneficiar de los nuevos fármacos y establece un “cupo”, y la correspondiente lista de espera, de enfermos que podrían ser tratados en función de la disponibilidade presupuestaria. En este contexto, hablar de derechos fundamentales es un cruel sarcasmo.

Cárcel=Tortura

Cárcel=Tortura

Declaración del testigo José Solis, en el juicio del motín de 4 Camins, en el que son juzgados varios carceleros y el subdirector médico como imputados por torturas

Cárcel=Tortura

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