Información realizada según el Código Penal vigente tras las modificaciones de las LO 1/2015 y 2/2015 de 30 de marzo.
Fuente: Red Jurídica
Modelos de solicitudes:
Información realizada según el Código Penal vigente tras las modificaciones de las LO 1/2015 y 2/2015 de 30 de marzo.
Fuente: Red Jurídica
Modelos de solicitudes:
Hablamos sobre la necesidad de la autodefensa solidaria ante el exterminio penitenciario que se está dando en el estado español. Leemos algún comunicado de compañeros presos en lucha. Mencionamos algunos eventos anticarcelarios que se están preparando. Comentamos cómo sigue la prohibición de entrar en prisión a organizaciones solidarias con personas presas y hablamos de las jornadas ‘Abolir la prisión de las mujeres’.
Hemos recibido una llamada de teléfono en la que nos informan de un suicidio en la cárcel de Murcia II.
La persona fallecida se encontraba en régimen de aislamiento (artículo 75.2 del reglamento Penitenciario) y no se le permitía salir en ningún momento de su celda. El día 2 de febrero solicitó mediante instancia que le pusieran un compañero en la celda dado que no estaba bien psicológicamente, además había tenido intentos autolíticos previos, sin que por parte de la cárcel se adoptara ninguna medida. El día 7 de febrero se suicidó.
El oscurantismo y falta de transparencia que definen las cárceles y su consiguiente impunidad son el caldo de cultivo para que estas muertes nunca sean suficientemente aclaradas y para que no haya asunción de responsabilidades por parte de ninguna institución ni persona. Instituciones Penitenciarias, como garante de la vida de las personas presas, es responsable de las muertes que ocurren en prisión, ya sea por clara negligencia como en este caso (los suicidios en prisión tienen una incidencia mucho más alta que fuera de ella y para eso existen los programas de prevención del suicidio que aunque son ampliamente mejorables ni siquiera fueron puestos en marcha en este caso), o por dejación de sus funciones como en otros muchos (sobredosis, falta de la mínima atención médica…).
Estas muertes se siguen produciendo porque no se aplican mecanismos hábiles que dignifiquen a las personas presas. La cárcel es mucho más que la privación de libertad. Se priva también a las personas de sus derechos, de su dignidad y, finalmente, se pone en claro riesgo su salud e integridad física y mental.
Instituciones Penitenciarias tiene el deber y la obligación de velar por la salud y la vida de las personas presas… y no lo hace.
Tattoocircus, quiere ser un lugar en donde podamos expresar la solidaridad hacia las personas privadas de libertad, y en donde se unan los diversos movimientos anticarcelarios. Además, el mundo del tatuaje, se une para poder pintar un camino de escape sobre la oscuridad de las frías celdas.
Aquí, participan diversas gentes y colectivos unidos por un objetivo común: sumar fuerzas para poder ir dibujando juntxs el camino hacia la libertad.
Nadie trabaja para nadie, queremos sacar adelante estas jornadas entre todxs. Tened esto en cuenta, respetad y colaborad!!
En estos 3 dias, habrá diferentes tatuadorxs, si tenéis interés en tatuaros, tendreís que pedir cita escribiendo a tattoocircuseh@riseup.net ( venir con tiempo). Los piercings, se hacen al momento. Si teneis alguna duda, podeis preguntar a la persona que está en la mesa.
Queremos que tattoocircus sea un espacio libre, por lo que las comidas serán veganas ( le hemos dado importancia a que la comida y bebida sean del lugar y ecológicas) . Pedimos que no traigáis animales y no se aceptarán actitudes sexistas, homófobas o fuera de lugar. El alcohol es la única droga que se vende en este espacio y no se podrá fumar, por lo que ser consecuentes y tenedlo en cuenta!
No queremos que nadie tenga que hacer de policía. Creemos que entre todxs podemos sacar adelante este encuentro. Si estamos a favor de una sociedad sin cárceles, tenemos que empezar por nosotrxs mismxs, creando espacios para ello, apoyándonos y respetándonos.
Si teneéis alguna aportación o crítica constructiva decidla, ya que será bienvenida.
¡Participa, disfruta y sigue rompiendo la cárcel de tu interior!
ZELDETAKO BARROTE HOTZAK URTZEKO
PIZTU DITZAGUN GURE BARNEKO SUGARRAK!!
ESPETXEAK APURTU!!
Furia de radio 120: Tattoo Circus Contra Toda Prisión
Luego de obtener media sanción en Diputados, el senado deberá debatir la reforma a la Ley de Ejecución Penal 24660 que, de ser aprobada, agravará la situación de los seres humanos privados de libertad en los campos de concentración Siglo XXI de la Argentina, incrementará la llamada inseguridad, aunque probablemente garantice votos al PRO y al Frente Renovador, impulsores de la medida. En ningún país del mundo la mano dura y la represión, legal o ilícita, bajaron los “delitos”. Por caso, Estados Unidos es el país con mayor índice de prisioneros del planeta y también el que ostenta el mayor número de delitos. Como puede apreciarse, sin esfuerzos, la represión a los pobres y a los retobados es el resultado más evidente de estas leyes regresivas. Los países que disminuyeron el índice de delitos y demuelen cárceles lo realizaron con mayor equidad social y penas alternativas al encierro.
La llamamos Ley Sepultura porque – de hecho- extenderá la permanencia de los privados de libertad, en las cárceles de mala muerte del país, haciendo cumplir las condenas “de punta a punta” arrasando sus derechos Desde la Procuración Penitenciara de la Nación, organismo de contralor del Servicio Penitenciario Federal, Ariel Cejas Meliare indicó a esta Agencia: “Se trata de un proyecto que propone aumentar la prisión preventiva y elimina el régimen de progresividad de la ejecución penal para la mayor parte de los condenados, pues impide el acceso a salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional y libertad asistida. Esto conllevará el cumplimiento íntegro de las penas para los condenados por la mayoría de los delitos que actualmente son alojados en las cárceles federales, incluyendo los penados por delitos no violentos como el tráfico de drogas a pequeña escala. Además, implica avanzar sobre la autonomía provincial, pues pretende extender este criterio restrictivo a las legislaciones locales”.