Casi tres cuartas partes de los reclusos con hepatitis C que se disponen a realizar el tratamiento con interferón pegilado y ribavirina presentan desórdenes de personalidad. Ésta es la conclusión a la que ha llegado un estudio español llevado a cabo en 25 centros penitenciarios. Los potenciales efectos adversos de tipo psiquiátrico asociados a interferón pegilado requerirían un seguimiento más estrecho de la salud mental de los pacientes
Categoría: <span>Salud mental</span>
Según recoge el Defensor del Pueblo Andaluz durante la presentación del informe sobre la salud mental en Andalucía, «la asistencia psiquiátrica en los centros penitenciarios andaluces evidencia graves carencias, dado el alta tasa de prevalencia de estas enfermedades en los reclusos». Ante esta realidad, el Defensor Andaluz insiste en que «es urgente impulsar los convenios entre la Junta de Andalucía (Consejería de Salud y Bienestar Social) e Instituciones Penitenciarias» que permitían la asistencia psiquiátrica externa en las cárceles. Lejos de solucionar este problema endémico, la reforma del código penal en la que trabaja el Gobierno central llenará aún más las cárceles de enfermos mentales. El Defensor del Pueblo Andaluz se ha unido a las asociaciones de familiares, coordinadores médicos y fiscales en el Observatorio Andaluz de Salud Mental para tratar de frenar esta reforma. Los cambios que prevé el Gobierno permitirían la posibilidad de la prórroga perpetua, con revisiones cada cinco años, de los enfermos mentales graves en la cárcel si hay «evidencia de riesgo» a que cometan nuevos delitos. Con esta reforma las prisiones corren el riesgo de transformarse en nuevos manicomios, sin asistencia psiquiátrica
LEER:
Informe: la salud mental en prisiones andaluzas
Anteproyecto De Reforma Del Código Penal (I): El Regreso Al Enfermo Mental Como ‘Sujeto Peligroso’
ESCUCHAR:
Enfermedad Mental En Prisión (Mª Isabel Mora-APDHA):
En la actualidad la Gobierno ha remitido al Parlamento una importante reforma del Código Penal, en la que aparecen figuras nuevas como la custodia de seguridad y la prisión permanente revisable. El concepto de peligrosidad aparece como un elemento esencial a la hora de que los jueces tomen decisiones sobre permisos penitenciarios y la puesta en libertad. Esta reforma va a tener una gran importancia en la psiquiatría legal ya que el diagnóstico de enfermedades mentales surgira como un elemento importante en el debate.
Según el CP, a ninguna persona con enfermedad mental que hubiese cometido un delito y se la declarase inimputable por ella, se le podía imponer una pena ya que no se le declara responsable del delito del que ha sido autora. En vez de esta pena, el juez puede imponer una medida alternativa a ella (llamada medida de seguridad), privativa o no de libertad y que, en muchas ocasiones, consiste en el internamiento psiquiátrico. Ejemplo de lo avanzado del actual CP en este sentido es que la duración de esta medida de seguridad nunca puede ser de una duración mayor a la pena que se le hubiese impuesto en caso de ser imputable, un logro que se consiguió en la redacción del CP de 1995, superando la media tinta utilizada al respecto en la reforma urgente y parcial realizada en 1983 del caduco y represivo CP de 1973.
El internamiento psiquiátrico involuntario en España ha sido regulado con importantes carencias a través de la historia. Actualmente incluso existen importantes déficits sobre esta materia. Este artículo aborda estas cuestiones y, especialmente, analiza las recientes Sentencias del Tribunal Constitucional 131/2010 y 132/2010 que declaran no constitucional, por falta de rango normativo, la actual regulación del mencionado internamiento.
Leer La regulación del internamiento psiquiátrico involuntario en España carencias jurídicas históricas y actuales de Luis Fernando Barrios Flores, Doctor en Derecho y Profesor Asociado de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante.