El Gobierno Aprueba El Proyecto De Ley Del Nuevo Código Penal

El proyecto de código penal más duro de la democracia ha sido aprobado hoy por el Consejo de Ministros. Empieza a partir de ahora su tramitación parlamentaria. Presenta novedades como la «prisión permanente revisable» o cadena perpetua; la ampliación y mayor discreccionalidad de la libertad vigilada; las medidas de seguridad arbitrarias para ininputables; la supresión de las faltas con el consiguiente agravamiento de las penas para las que ahora se convierten en delitos y el paso de las demás al «derecho penal administrtivo» (ejemplo, la ley Corcuera) en el que la autoridad gubernativa es juez y parte y sus «agentes en el ejercicio de sus funciones» gozan de «presunción de veracidad», sin olvidar los efectos de la nueva «ley de tasas» que convierte en prohibitivos los recursos; la crimininalización de la protesta social; el refuerzo de la agravante de multireincidencia; el aumento de las penas por más de un delito y la tipificación de una buena cantidad de delitos nuevos… Para el ministro Gallardón, que tramita también un proyecto de Código Procesal Penal digno del cine negro norteamericano, no debe considerarse solo una reforma, sino una «auténtica transformación» que «nos incorpora al lenguaje penal de las democracias más avanzadas» y agrava las penas de algunas conductas «insuficientemente sancionadas».

Sin embargo, por escoger un digno ejemplo de oposición crítica, aunque reformista, para la plataforma Otro Derecho Penal es posible: “No se trata de una reforma más de las veintiocho sufridas por el Código Penal desde su aprobación en 1995, sino de una reforma que dinamita pilares básicos de un derecho penal propio del modelo constitucional de Estado social y democrático de derecho”. “La expansión del derecho penal y los incrementos punitivos que contiene la proyectada reforma del Código Penal no responden a la necesidad derivada del incremento objetivo de la tasa de criminalidad, ni tampoco a una sensación de inseguridad verificable e irrefutable entre los ciudadanos, sino a objetivos políticos de evidente orientación autoritaria orientados a satisfacer los intereses de ciertos sectores minoritarios de la sociedad civil que desde posiciones patibularias desfiguran las verdaderas aspiraciones sociales”. “Esta reforma penal, en el contexto de la profunda crisis financiera que padecemos, no es casual ni neutral. Pretende distraer la atención de la terrible realidad y el tenebroso futuro que aguarda a la mayoría de la población, y brinda la única seguridad que son capaces de sostener hoy por hoy los actuales gestores de un poder político descaradamente al servicio del poder económico, la que se deriva de un mayor control social, mediante la conocida fórmula de incrementar las penas y de entronizar a la prisión como el eje del sistema penal, completada –cuando se estime limitada e insuficiente por exigencias del principio de culpabilidad– con las medidas de seguridad para ininmputables y la libertad vigilada”.

«Medidas como la prisión permanente revisable, aplicable a un número extenso de delitos, supone la definitiva traición al principio de resocialización de las penas consagrado en el art. 25 de la Constitución Española. Sólo quien no haya tenido jamás contacto con el mundo penitenciario puede afirmar seriamente que el internamiento en una cárcel durante periodos de tiempo tan prolongados no supone, no sólo un obstáculo insalvable para la reinserción social del preso, sino incluso para su propia supervivencia personal». «El efecto que esta reforma provocará en nuestras ya saturadas prisiones será inconmensurable, casi tanto como el incremento presupuestario que implica».

«Pero aún hay más. La proyectada reforma supone un endurecimiento del castigo de comportamientos de escasa gravedad, que dejan de considerarse falta (infracción penal leve), para convertirse en delito, con el consiguiente mayor rigor punitivo. Así sucede con los pequeños hurtos, defraudaciones de escasa entidad del fluido eléctrico o, por ejemplo, con los denominados “manteros”. “Por si esto fuera poco, se endurecen los delitos contra el orden público en lo que muchos interpretamos como un uso del Código penal para disuadir del ejercicio de derechos y libertades públicas, destacadamente del derecho de reunión y manifestación, instrumentos claves de una movilización social que el Gobierno parece querer acallar mediante la herramienta más dura y potente del ordenamiento jurídico.”

En el audio, una entrevista a José Luis Díez Ripollés, profesor de Derecho Penal, sobre el «código Gallardón».  El catedrático de la Universidad de Málaga, piensa que «cuando se endurecen la penas y dejan de ser proporcionales, se recortan las libertades». Cree que no tiene sentido la nueva reforma porque España es uno de los países con menores tasas de criminalidad. Y que en ella el Código Penal no se utiliza para atender y resolver problemas sino con fines políticos: «Se usa como un instrumento de agitación política para activar sentimientos y emociones y, en última instancia, conseguir réditos electorales». Esta nueva batería de reformas en materia penal constituye «una merma de derechos y libertades, en libertad de expresión, por ejemplo». Es importante saber también que «el Código Penal español se ha modificado unas 30 veces en tan sólo 16 años».

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