Los Derechos De Las Personas Presas, Rehenes De Los Intereses Políticos Del Consejero De Justicia E Interior

El Consejero de Justicia e Interior incumple su compromiso de restaurar los Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica a las personas privadas de libertad (SOAJP) y mantiene desde hace seis meses a más de 16.000 personas presas sin asistencia jurídica.

El pasado mes de junio la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) presentó una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz con la firma de 1.000 personas presas denunciando la suspensión de la asistencia jurídica en las prisiones andaluzas, que afecta a 16.000 personas, la mayoría de escasos recursos, y con imposibilidad de acceder al derecho de defensa de manera privada. El Defensor del Pueblo Andaluz se comprometió públicamente a realizar cuantos trámites fueran precisos para solucionar este problema que menoscaba este derecho fundamental de uno de los sectores más desfavorecidos de Andalucía.

Tras dicha queja mantuvimos una la reunión el 15 de junio de 2012 entre el Consejero de Justicia, la portavoz del grupo parlamentario de IU en la Comisión de Justicia del Parlamento Andaluz, Alba Doblas y la APDHA. En ella, el Consejero se comprometió a reanudar el pago del servicio siempre que el Ministerio autorizara la prestación del mismo, sin necesidad de la firma de un convenio tripartito entre la Consejería de Justicia e Interior, el Ministerio del Interior y  el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (CADECA).

Desde el año 2001 este servicio se prestaba por pago directo a los Colegios y las prisiones sin convenio tripartito. Fue a partir del 3 de abril de 2008 cuando se hizo bajo el amparo de éste. El 17 de abril de 2012 la Junta ordenaba la suspensión del SOAJP ante el retraso en la firma de la renovación del Convenio por parte del Ministerio dejando a 16.000 personas presas sin asistencia jurídica desde entonces.

Aunque este trámite podría alargarse, ya que el Ministerio culpa a la Consejería y ésta a aquel, es responsabilidad del financiador -Junta de Andalucía- proceder a la búsqueda de soluciones para evitar su paralización. Éste fue el compromiso adquirido por el Consejero en la reunión citada, que ha sido incumplido en la práctica y que además se plasma por escrito en la respuesta al Defensor del Pueblo Andaluz a la queja planteada por la APDHA.

En la citada reunión el Consejero:

1.- Reconoció que era consciente de que la probabilidad de que el Ministerio firmara el Convenio era nula. Por tanto, cualquier búsqueda de solución pasaría por cualquier otro sistema alternativo de convenio ajeno al tripartito.

2.- Por ello, reafirmando que no era una cuestión de falta de voluntad política, en prueba de la misma aceptó modificar su posición inicial de convenio tripartito a otra de financiación directa a Colegios o Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (CADECA), siempre que se consiguiera, comisionándose para ello a la APDHA, que el Ministerio del Interior no pusiera obstáculo a la prestación del SOAJP.

Por tanto, la APDHA en cumplimiento de lo acordado, contactó con el CADECA a fin de que obtuviera autorización por parte del Ministerio para seguir prestando el SOAJP en los Centros Penitenciarios sin Convenio Tripartito. El Ministerio contestó afirmando que los Convenios bilaterales entre los Colegios y el Ministerio seguían vigentes por lo que no habría obstáculo para la prestación del SOAJP.

La posición descrita en el escrito de la Consejería fue la mantenida en el momento inicial de la reunión, de la necesidad de existencia de cobertura normativa mediante un convenio tripartito, que posteriormente fue modificada, tras las razones aportadas por IU y la APDHA, a saber:

-No existe razón alguna para exigir un marco normativo, pues el mismo no es necesario. De todos los SOAJP existentes en España, ninguno goza de Convenio Tripartito.

-En ningún otro servicio similar de Andalucía, de asistencia a detenidos, práctica de diligencias o extranjería en Comisarías de Policía Nacional, Autonómica, Local o en los propios Centros Penitenciarios andaluces, existe convenio tripartito, pues no es preciso. ¿Por qué para prestar el SOAJP en prisión hace falta un Convenio tripartito y no lo sería para prestar en el mismo centro penitenciario el servicio de extranjería por un procedimiento de expulsión?

-Hasta la firma del Convenio Tripartito, en 3 de abril de 2008, el SOAJP se venía prestando desde el año 2001 sin la necesidad de la misma, a través de financiación directa de la Consejería. No ha existido ninguna modificación legal que exija dicha modificación.

-Los Colegios de Abogados de Andalucía tenían desde 2001 convenios idénticos firmados con el Ministerio del Interior por el que se autorizaba la prestación del SOAJP. Dichos convenios siguen vigentes.

-Prueba de la vigencia de los Convenios es que los SOAJP siguieron funcionado durante un año, desde abril de 2011 hasta abril del 2012, una vez finalizada la vigencia del Convenio, sin que existiera la necesidad del marco normativo tripartito. Dicho de otro modo, la Administración Penitenciaria no había puesto obstáculo a la prestación de los SOAJP ni la Junta de Andalucía a funcionar sin el citado modelo.

-El motivo de la firma del convenio tripartito fue la mera coincidencia de color político entre el Gobierno Central y la Junta de Andalucía, que una vez desaparecida, está sirviendo para de forma irresponsable jugar -lanzándose unos a otros la responsabilidad- con los derechos de las personas privadas de libertad.

Esta cerrazón de la Consejería de Justicia parece más bien un intento político, a través de la suspensión del servicio  a todos los presos andaluces, de presionar al Ministerio a fin de que respalde a posteriori  y con carácter retroactivo los meses en los que funcionó el servicio en 2011 y 2012 sin la firma correspondiente en el documento de renovación del acuerdo tripartito por retraso en su envío por parte de la Junta de Andalucía y dilación por parte del Ministerio en firmarlo después,  lo que podría acarralarle problemas de fiscalización.

Los derechos de las personas privadas de libertad se convierten así en meros rehenes de intereses políticos ajenos y contrarios a la función de protección y garantes de los derechos fundamentales que todas Administraciones deben cumplir con las personas más vulnerables de la ciudadanía.

Ante el incumplimiento de lo acordado por el Consejero de Justicia se ha presentado petición al Defensor del Pueblo Andaluz para que de manera urgente inste y recomiende a la Consejería la reinstauración del SOAJP sin firma de convenio tripartito así como una campaña en el Parlamento Andaluz, adjuntando la petición de más de 1.000 presos andaluces pidiendo la reinstauración del servicio.

APDHA

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