Categoría: <span>Vagos y maleantes</span>

C.O.P.E.L. y A.P.R.E, siglas, nombres, signos que marcan acontecimientos importantes de la historia de las luchas contra las cárceles del Estado español. Y también símbolos, ejemplos de cómo aquellos que cumplen en el sistema social la función de chivos expiatorios, representando el mal, el fracaso, la estupidez, pueden demostrar por el contrario un máximo de dignidad, de coraje y de lúcida inteligencia, organizándose de las formas más libertarias, basadas en el diálogo, el respeto mútuo, la lealtad y la solidaridad, contra una situación que pretende negar su libertad en un grado casi absoluto.

Las primeras, que  significan Coordinadora de Presos En Lucha, sirvieron de firma a una propuesta que incluía un análisis lúcido y exhaustivo del sistema penal contra el que iba dirigida, unos objetivos concretados en unas reivindicaciones y unas tácticas para plantearlas. Esa propuesta fue recogida por miles de presos en todas las cárceles, del Estado, los cuales, del 76 al 79, se subieron a los tejados de las cárceles, hicieron arder o destrozaron muchas de ellas, rompieron juicios, se autolesionaron, se pusieron en huelga de hambre, intentaron la fuga de mil maneras lográndola muchas veces… su lucha era por la libertad, alcanzada directamente o a través de una amnistía arrancada al Estado. Sólo los que se fugaron la consiguieron, pero su acción condicionó toda la política criminal del Estado y la actual estructura del sistema penitenciario, con la LOGP, principal arma jurídica gubernamental en esa lucha, así como su artículo 10, todavía en vigor.

Las segundas, que significan Asociación de Presos En Régimen Especial, sirvieron de expresión, ya en los años 89-91, a las luchas de los presos más rebeldes iniciadas desde los primeros 80, a pesar de que, gracias a la estrategia estatal de bifurcación adoptada en la citada ley (los sumisos atrapados por los grados, los permisos y la quimera de la reinserción, los rebeldes en régimen de máxima crueldad), se encontraban reducidos a una cárcel dentro de la cárcel en los talegos de alta seguridad construidos especialmente para ellos. Pero aún se atrevían a intentar la fuga apoderándose por las bravas de las cárceles y de los boqueras para usarlos como rehenes. Si no la lograban, aprovechaban la situación creada para denunciar su inhumana situación y plantear sus reivindicaciones

Aquí ofrecemos algunos documentos producidos en esos intentos de lucha, testimonio de sus análisis, objetivos, tácticas, reivindicaciones, maneras de organizarse, valores… para que sirvan de material de reflexión en el ciclo de charlas-debate en apoyo de la lucha contra la tortura y los malos tratos en las cárccles. Ya que el enemigo es el mismo, y más fuerte que nunca, y la lucha contra él tan necesaria como en los 70, los 80 y los 90.

COPEL y APRE, docuemntos de la lucha contra la cárcel

 

Cárcel=Tortura Publicaciones Vagos y maleantes

Llamamiento a los ex-presos sociales que sufrieron la ley de vagos y maleantes o  la ley de peligrosidad social:

Unos ex-presos, antiguos militantes de COPEL,  están valorando la posibilidad de acogerse a la Ley de  Reparacion Histórica (con posible indemnización…), para tod@s l@s que sufrieron la aplicación de la ley de vagos y maleantes o la ley de peligrosidad social.

Dicha Ley de Reparación Histórica se aprobó hace algunos meses para reparar e indemnizar a l@s homosexuales y lesbianas que sufrieron esas leyes por su condicion sexual.

Para unificar la peticion colectiva de reparación es necesario conseguir copia de la sentencia de internamiento en prisión por dichas leyes, con el fin de justificar el tiempo de prisión sufrido.

Para contactar: boletintokata@yahoo.es

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Cárcel de Villena, 25 de noviembre de 2010

Cuando oí esta expresión por primera vez no supe entender su significado. Era muy joven todavía, un joven de 15 años (1967). Por eso la gente mayor hablaba en mi presencia, sin miedo a escandalizarme, cuando se refería a un conocido mio. Han sido necesarios 58 años para comprender qué significaba. 58 años y sentir sobre mi propia carne el sufrimiento que supone los 38 años que ya he pasado en total preso, 36 en España, 2 en Francia, terrible definición la de carne de presidio…

Pero la vida es incierta y a todos, absolutamente a todos, pueden ocurrirnos muchas cosas, o no ocurrirnos nada, absolutamente nada.

Podemos, según vaya la vida, formar parte de eso que algunos llaman “el todo Madrid” o “el todo cualquier parte”. O por el contrario, podemos probar con nuestras asentaderas todas las cosas de los patios carceleros.

Por muy seguro que parezca estar cada uno de la tierra que pisa, de la planificación de su mañana y de la fuerza de su voluntad… no podemos olvidar que el mundo da vueltas, que el futuro es incierto y sobre todo… que la carne es muy débil.

Admirados y respetados por mi sean donde se encuentren todos aquellos hombres y mujeres presos-as que se llaman Montes Neiro, Jose Manuel Espada Prieto, Antonio Fuentes Paraiso, Rafael Martínez Nogueira, Emilio Garcia Lloret, Amadeu Casellas Ramón, Jose Ramón Torres Pérez, Carlos García Reney, Francisco Valencia Ruiz, Milton… y otro cuyo nombre no recuerdo, y otros que no he conocido nunca… Pero que siguen sufriendo en cualquier cárcel enmarcados-as tras las rejas por gruesos muros, soportando lo insoportable.

A todos-as que no son tan malos como parecen, ni tan malos y perversos como les juzgan. Sino simplemente hombres y mujeres. Hombres y mujeres que tuvieron que elegir y eligieron.

Con mi comprensión, mi admiración, estima, respeto y cariño. Porque son mi gente y los prefiero a los demás, a los perfectos, a los impolutos…. a los que son premiados con medallas de oro al mérito carcelario…

Quien se sienta libre de culpa que arroje la primera piedra.

Antonio Nieto Galindo “Antoine”

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Cadena perpetua Vagos y maleantes

Hola compañeros:

Quisiera comentaros acerca de lo que la realidad es y supone la entrada en vigor de la OEDE. Este acrónimo significa Orden Europea de Detención y Entrega, y es consecuencia de un acuerdo de los países que forman parte de la Unión Europea para unificar criterios acerca de ejercitar leyes represivas y fascistas, contradictoriamente fomentada por países que dicen ser democráticos y en cuyos principios está el respeto de los derechos humanos. Nos encontramos ante una nueva falacia que viene a reprimir el ejercicio individual y colectivo de quienes permanecemos en contra del nuevo sistema denominado globalización.

Hasta la entrada en vigor en el año 2002 la ley de extradición pasiva impedía la entrega de ciudadanos nacionales a terceros países para su enjuiciamiento y condena por esos regímenes fascistas por delitos cometidos o no cometidos, que a veces eran condenados en rebeldía (lo que es mi caso). Sabéis perfectamente de lo que hablo porque he sufrido y sigo sufriendo, si las luchas no lo consiguen, seguiré sufriendo, cuya consecuencia ultima será mi fallecimiento en el Estado Español o el Estado Francés.

Desconozco si mi situación la padece cualquier otro/a ciudadano/a del estado Español “aunque personalmente me considero parte de la humanidad y no me identifico con el lugar de nacimiento”. La mejor manera de conocer el verdadero alcance de esta nueva ley que se enmarca en un lenguaje jurídico complejo es que os comente con toda sencillez y rigor que caracteriza mi caso personal.

Fui detenido en el estado español en febrero del año 1979, recibí por aquellas fechas, concretamente en el mes de abril, la visita de miembros policiales de la INTERPOL (Francia) en tres ocasiones. Comento esto porque las leyes francesas exigen que para poder juzgar en rebeldía a un reo de delito (Art.379-2 del código de procedimiento penal francés) deberían de transcurrir un periodo de diez años de paradero desconocido. Es evidente que las visitas recibidas debieron reportar información del ministerio que informasen de mi situación de preso en el estado español, por lo que jamás estuve a dichos efectos en paradero desconocido.

Paradójicamente jamás recibí ninguna notificación acerca de la incoación de los procesos judiciales que eran graves y suponían condenas de hasta cadena perpetua, que fue lo que me aplicaron sin tener en cuenta que dicha condena no estaba tipificada en el código penal español del año 1973.

En 1982 fui condenado en rebeldía a dos cadenas perpetuas y 20 años de reclusión criminal, cuando, repito, sabían que mi condición de preso en el estado español me impedía acudir a las vistas para demostrar mi inocencia ya que dentro de todo este entramado “policial” subyace un interés desmedido por ser condenado de manera injusta y muy lejana de respetar los derechos humanos hasta el punto de que mas de 30 años después persisten en su intención de hacer cumplir unas sentencias injustas, falsas, inmerecidas.

Me sorprende que el estado español se preste a tal colaboración una vez conocida mi negativa de ser entregado a Francia, a no ser que existan otros intereses que hacen de mi persona “una moneda de cambio”. Bien por razones de colaboración en la lucha y represión contra el ejercito de liberación vasco o como socio necesario para resolver conflictos económicos que se derivan de la competencia de los sectores agrícolas y ganaderos.

En el 2002 fui procesado por la Audiencia Nacional, heredera del tribunal represivo franquista que permanece a la llamada democracia española, por extradición pasiva y juzgado por la misma en el 2004.

En aquel proceso fue el ministerio fiscal quien se opuso a mi entrega haciendo valer mi condición de ciudadano español. Francia, al conocer la oposición del estado español a colaborar y proceder a mi extradición como consecuencia de las leyes vigentes de extradición pasiva, comenzaron a solicitar la OEDE de manera reiterada, alegando incluso nuevos delitos (entre ellos el asesinato de un policía ¡MUY VIVO!) y bombardeando y presionando a cuantas instancias judiciales tuviesen jurisdicción en el asunto bien por vía EUROPOL, INTERPOL-SIRENE con sede en Madrid. En esta ocasión la sección tercera de la Audiencia Nacional ¡accedió! a mi entrega a Francia.

Una vez finalice de cumplir mis responsabilidades penales en el estado español, que ya de por sí suponen cumplir 50 años de prisión (sólo por delitos de atracos a los usureros del estado español ¡a bancos!), en un estado físico, a mis 57 años, muy desgastado por los muchos años pasados en cautiverio, calculo sumándolo todo serán unos 38 años, una salud precaria etc, etc

A mis casi 58 años de edad mi única perspectiva es fallecer cerca de los míos en una prisión del estado español pues aquí estoy cumpliendo una condena a cadena perpetua ¡encubierta! Como muchos otros compañeros que siguen vivos dentro de estas cloacas y el sistema impuesto no han podido con nosotros ni podrán.

No quiero extenderme más, pero si queréis alguna aclaración más concisa acerca de algún punto en concreto no dudéis en contactar con boletintokata@yahoo.es o para más información en www.antonionietogalindo.wordpress.com. Personalmente aprovecho para transmitir a los compañeros de Tokata mi total respeto, admiración y reconocimiento por la lucha y el interés que siempre vienen demostrando en ayudarnos de una forma altruista, mi deseo de salud y un fuerte abrazo para todos ¡sois auténticos! Siempre leales e íntegros con vuestros ideales anti-capitalistas.

A todos los que lean Tokata recibid un abrazo libertario y seguid luchando para que el enemigo conozca de nuestra “resistencia” ante la represión de sus leyes y la demostración fascista que nos presentan todos los días.

Desde el presidio de Villena ¡SALUD Y LIBERTAD!

Antoine

Antonio Carlos Nieto Galindo

C.P. Alicante II

Carretera nacional 330, km 66

03400 Villena (Alicante).

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Más información

Firmas por la libertad de Antonio Nieto Galindo

Antonio, antiguo miembro de COPEL (Coordinadora de Presos En Lucha), cumplió a pulso en octubre de 2009 treinta y cinco años de condena en las cárceles españolas. Por aquel entonces la perspectiva de quedar libre de castigo en lo que al estado español tocaba, en lugar de ilusionarle, le podía poner los pelos de punta, pues, no le llevaba a la calle, sino a caer en manos del estado francés que le había reclamado en 2005 por una OEDE (Orden europea de Detención y Entrega) para cumplir en sus cárceles cadena perpetua, como si no la hubiera cumplido ya en manos de España.

La Audiencia Nacional española había acordado entregar a Antonio  a pesar de que las condenas de cadena perpetua habían sido dictadas ilegalmente. En primer lugar, porque lo fueron “en rebeldía”, a pesar de que a la policía francesa debía constarle que estaba preso en España y que, quisiera o no, de ningún modo podía acudir a los juicios. Pero es que, además, tampoco había sido citado para comparecer en ellos ni se le dio oportunidad de nombrar abogados ni de recurrir las sentencias o solicitar la celebración de nuevos juicios.

En un juicio que tuvo en verano donde la acusaban de unos atracos que no había cometido, a pesar que contaba con pruebas de su inocencia, en lugar de defenderse, prácticamente se dejó condenar. Paradójicamente, esa condena es un mal menor para él, porque su ejecución  retrasa el momento en que sería entregado a Francia con muchas probabilidades de quedar sepultado en las cárceles francesas quizá por todo el tiempo que le quede de vida. Ahora tiene alguna posibilidad más de que se le aplique, antes de que llegue ese momento la DECISIÓN MARCO 2009/299/JAI del Consejo de la Unión Europea de 26 de febrero de 2009, “destinada a reforzar los derechos procesales de las personas y a propiciar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado”.

Esa “decisión  marco” modifica todas las anteriores disposiciones de dicho Consejo que regulan los términos y condiciones del procedimiento de la “Euroorden”, capacitando al Estado español para denegar la entrega de Antonio, ya que las circunstancias, citadas más arriba, en que se dictaron las condenas en Francia se incluyen en esa decisión europea como supuestos que justificarían la denegación de la OEDE contra Antonio. Aunque el estado Español todavía no ha promulgado una ley donde se cumplan las exigencias del Consejo de la Unión Europea, a la larga tendrá que hacerlo necesariamente (el plazo máximo llega hasta el 2014). Mientras, tenemos algo de tiempo para exigir al Estado español que defienda como corresponde legalmente los derechos de un ciudadano suyo. Al mismo tiempo que los abogados hacen su trabajo, no está de más que sigamos recogiendo firmas para mostrar (¡Cuantos más seamos, mejor!) nuestro desacuerdo con una decisión tan injusta e inhumana como la de enterrar definitivamente en vida a Antonio.

Cadena perpetua Vagos y maleantes