Con relación a las personas que se encuentran privadas de libertad, destacamos la desigualdad en atención sanitaria: El estado de salud de las personas que llenan las prisiones está más deteriorado que el del exterior – en enfermedades graves tales como el VIH-SIDA, la hepatitis C, la tuberculosis o la enfermedad mental -, pero la inversión y el control es inferior al de la calle. Se ha recortado en la medicación y han aparecido cupos para ser tratados, en función de la disponibilidad presupuestaria. Denunciamos también la situación de los Enfermos mentales. Se encuentran en prisión porque no existe ningún otro recurso comunitario para ellos. Se incumple así el convenio del año 2006 que obliga a la Junta de Andalucía a trabajar en la excarcelación los mismos y a la derivación a recursos comunitarios adecuados. Otro problema es el aislamiento de los presos debido a la falta de transporte público a las prisiones: las familias, la mayoría con pocos recursos económicos, no pueden afrontar un gasto de entre 60 y 100 euros en taxis, única forma de transporte público en muchas cárceles andaluzas.En cuanto a torturas y represión a las movilizaciones sociales, durante 2013 en Andalucía se han producido 42 situaciones de torturas con 97 personas afectadas. Destacó la represión en dos ámbitos: personas agredidas en el transcurso de las movilizaciones sociales y la represión del derecho de reunión pacifica a través de multas a los participantes.
Por otra parte, durante el año 2013 las personas presas han estado desatendidas jurídicamente como consecuencia de la actitud caprichosa e ilógica del Consejero de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía. Tras comprometerse con la APDHA en reanudar el servicio suspendido en el 2012, a través de acuerdo bilateral entre Consejería y Colegios de Abogados, han sido distintas las excusas puestas por el Consejero para no cumplir lo acordado. Incluso vía parlamentaria se han aprobado dos proposiciones no de ley reclamando al Consejero la reinstauración del Servicio.
1.- Exclusión en el acceso a derechos sanitarios:
Desigualdad en atención sanitaria: A pesar que el estado de salud de las personas que llenan las prisiones está exponencialmente más deteriorado que el del exterior – en enfermedades graves tales como el VIH-SIDA, la hepatitis C, la tuberculosis o la enfermedad mental (40% trastorno mental y de la personalidad y 8% enfermedad mental grave)-, la inversión y el control es inferior al de la calle. Muchos reclusos, para poder ser tratados, han de someterse a una lista de espera interminable para acudir a un especialista, pues es habitual la pérdida de citas médicas o de intervenciones quirúrgicas después de meses esperando por falta de conducción policial. Este sistema de funcionamiento, hace que muchos presos desarrollen gravemente su enfermedad y en ocasiones, con consecuencias irreversibles .
Se ha recortado en la medicación y han aparecido cupos para ser tratados, en función de la disponibilidad presupuestaria. El Ministerio del Interior continuará con esta tendencia en 2014 recortando un 7,83 % en gastos sanitarios y medicamentos.
Ejemplo de afectación de estos recortes son los presos coinfectados por VIH y Hepatitis C, a los cuales se les deniega la medicación más efectiva y única, por falta de presupuesto. Los médicos de prisiones son profesionales que se ven limitados por criterios de seguridad y de orden regimental y no exclusivamente por los de salud, ya que dependen directamente del Ministerio de Interior. Es decir, el médico tiene que obedecer a un superior jerárquico no sanitario, y priorizar este deber de obediencia antes que las cuestiones deontológicas de atención al paciente .
Enfermos mentales: Siguen hacinándose en centros penitenciarios donde malviven con la doble condena de estar enfermos e indefensos. Es un lugar que no les corresponde y que no está preparado para albergarlos. 1.250 de los 15.500 presos andaluces padecen enfermedades mentales graves y unos 6.200 trastornos mentales y de la personalidad. Se encuentran en prisión porque no existe ningún otro recurso comunitario para ellos. Se incumple así el convenio del año 2006 que obliga a la Junta de Andalucía a trabajar en la excarcelación los mismos y a la derivación a recursos comunitarios adecuados. El paso del enfermo mental por prisión agrava en prácticamente todos los casos sus patologías. La prisión, por tanto, se convierte en un sustitutivo inapropiado para estos enfermos ante la inexistencia de recursos asistenciales, mostrando el gran fracaso que como sociedad tenemos en esta materia .
2.- Aislamiento de los presos:
La tendencia de construir las macrocárceles alejadas de los núcleos urbanos, el traslado y alejamiento del preso de su provincia, unido a la excusa de falta de rentabilidad del servicio de transporte ha generado que el mismo no se ofrezca o de prestarse sea de forma limitada, no adaptada a los horarios de las visitas. Se olvidan que el servicio público debería tener una orientación de servicio al ciudadano y no de rentabilidad económica o beneficio. Tampoco existe ningún tipo de ayuda pública para el desplazamiento.
Así pues los presos y las familias con menos recursos económicos -las 4/5 proceden de barriadas periféricas y ambiente de marginación y la gran mayoría de las familias son pobres- no pueden desarrollar mínimamente una vida familiar, o lo hacen de manera muy esporádica. Ello resulta tremendamente injusto, para los hijos pequeños que se ven impedidos de relacionarse con sus padres, generando una dificultad añadida a la hora de reintegrarse en la sociedad, no pueden afrontar un gasto de entre 60 y 100 euros en taxis, única forma de transporte público en muchas cárceles andaluzas.
3.- Torturas y represión a las movilizaciones sociales:
El mantenimiento de la detención incomunicada y el aislamiento penitenciario, regímenes que facilitan y dotan de sistematicidad a la práctica de la tortura, constituyen por si mismos un trato inhumano y degradante. Además la falta de investigación real e independiente de las denuncias por jueces y fiscales, unido a la adjudicación de indultos y medidas de gracia a los pocos funcionarios que, finalmente, son condenados por los Tribunales de Justicia, garantiza la impunidad de estos actos. Así lo publicó el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura publicado el 2012, sobre su visita a las prisiones de Puerto III y Córdoba. Según el Informe de la Coordinadora para la Prevención y Documentación de Andalucía de 2013 se han producido 42 situaciones de torturas con 97 personas afectadas .
Destacó la represión en dos ámbitos:
a) Personas agredidas en el transcurso de las movilizaciones sociales, en muchas ocasiones a aquellos que intentaban documentar la violencia policial.
b) Represión del derecho de reunión pacifica a través de multas a los participantes, ya sea por identificación directa o visual de los mismos
Los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad siguen incumpliendo su deber de portar debidamente su número de identificación y exhibirlo cuando sean requeridos por los ciudadanos.
4.- Presos sin abogados.
Durante el año 2013 los presos han estado desatendidos jurídicamente como consecuencia de la actitud arrogante del Consejero de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía. Tras comprometerse con la APDHA en reanudar el servicio suspendido en el 2012, a través de acuerdo bilateral entre Consejería y Colegios de Abogados, en caso que el Ministerio autorizase la prestación del mismo, sin necesidad de que éste firmara convenio, y conseguirse la citada autorización, han sido distintas las excusas puestas por el Consejero para no cumplir lo acordado.
Tras ello, vía parlamentaria se han aprobado dos proposiciones no de ley, sin oposición del grupo parlamentario del PSOE, y con acuerdo de IU-PP, reclamando al Consejero la reinstauración del Servicio. En una comparecencia parlamentaria el grupo parlamentario del PSOE le pidió que pusiera fin al problema y buscara solución alternativa al convenio tripartito pretendido (en el que se quiere la firma del Ministerio, que éste niega, posiblemente con el único objetivo de mantener un pulso con la Junta y sacar rédito electoral de las críticas que se están realizando a ésta), comprometiéndose el Consejero a ello. A pesar de ello, en septiembre contra toda lógica, ha vuelto a solicitar del Ministerio la firma del Convenio, entrando en un bucle sin fin .
Exigimos a las administraciones:
- Que se transfieran las competencias sanitarias a la Junta de Andalucía, tal y como ordenaba la Disposición Adicional Sexta de la Ley 16/03 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que debía hacerse antes del 31 de diciembre de 2004.
- Que la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales cumplan las distintas Proposiciones No de Ley del Parlamento para la atención a los presos en igualdad a la población libre y en especial una atención integral a los enfermos mentales.
- Que el Ministerio del Interior adopte medidas necesarias para la no vulneración del derecho a la salud, en concreto evitar la pérdida de citas médicas y dispensación de medicamentos en el interior de la prisión, evitando que la atención a la salud implique pérdida de otros derechos, como son la intimidad familiar, al alejarlo de su entorno familiar.
- Que la Junta de Andalucía, los Consorcios de Transportes y los municipios adopten medidas necesarias para permitir el acceso a las prisiones, desde los nudos de comunicaciones (estaciones de autobuses y trenes) y en horarios ajustados a las necesidades de las comunicaciones. Se cumplan pues las Proposiciones No de Ley aprobadas en el Parlamento Andaluz.
- Que el Ministerio del Interior y Ayuntamientos exijan a los cuerpos y fuerzas de seguridad el respeto de las leyes, impidiendo cualquier práctica de tortura. Deben sancionar a quien no cumpla la obligación de portar su identificación y adoptar medidas de inspección frente a denuncias de ciudadanos.
- El Gobierno debería elaborar un plan integral contra la tortura, dando cumplimiento a Proposición No de Ley del Congreso, evitando indultos a los condenados.
- Reinstauración inmediata del SOAJP por la Junta de Andalucía, tal y como aprobó el Parlamento en dos Proposiciones No de Ley.
APDHA
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