Presos Maltratados Por Protestar Frente A Las Condiciones Infrahumanas Y La Continua Vulneración De Derechos En Teixeiro

El dia 4 de noviembre algunos presos, en protesta por la situación de abandono médico en la que se encuentran, falta de actividades y de tratamiento penitenciario, prenden fuego a los colchones en la galería del módulo de aislamiento en el que estaban. Son los presos ordenanzas los que apagan el fuego y a los funcionarios ni se les ve. Pese a que presentaban síntomas de intoxicación por inhalación de humo, a los cuatro presos que se hallaban en la tercera galería y pidieron ser reconocidos por el médico, los funcionarios de servicio en ese momento les negaron dicha atención. Estos presos fueron llevados a incomunicación en el ala corta del módulo de aislamiento, uno de ellos denuncia que fue agredido en represalia por esa protesta.

Los presos que se encuentran en el módulo 15 del C. P. Teixeiro no tienen ningún tipo de actividad programada en el módulo. Que solo tienen actividad de escuela –enseñanza obligatoria– gracias al esfuerzo personal del director de la escuela que va a llevarles material escolar. De hecho, el formulario de su PROGRAMA INDIVIDUALIZADO DE TRATAMIENTO (PIT) solo recoge como líneas tratamentales EXCLUSIVAMENTE: a.- NORMALIZACIÓN CONDUCTA  b.- OCUPACIÓN POSITIVA DEL TIEMPO EN PRISIÓN.

De noche,  durante el tiempo de descanso nocturno, no solo se realizan rondas nocturnas sino que se realizan recuentos en los que les obligan a ponerse en pie en la celda. Este recuento a veces se repite hasta tres veces por la noche.

Son numerosas las infracciones de la normativa penitenciaria que esta situación determina. Mas en todo caso, desde el punto de vista de la tutela de derechos fundamentales, se atenta contra el derecho a la dignida , vida e integridad física, carácter rehabilitador de la pena.

Son presos en régimen cerrado primera fase, que se hallan en una situación de 21 horas en celda sin ningún tipo de programación de actividades, lo que supone una situación de ejecución de la pena contraria al principio de humanidad de las mismas.

J.A.S.B. denuncia que fue agredido por varios funcionarios el día 6 de noviembre, tras volver de visita al dentista, en el módulo de ingresos. En la agresión participaron un jefe de servicios y un número total de hasta cinco funcionarios, portando defensas de goma, golpeando con ellas al preso mientras estaba esposado. Estos hechos  se produjeron como represalia por las protestas realizadas en la galería tercera del citado módulo el día 4 de noviembre. Desde el día 4 de noviembre hasta el día de la fecha fue trasladado de su celda a otra galería llamada ALA CORTA, galería del modulo de aislamiento que normalmente es empleada para situaciones de aplicación del medio coercitivo de aislamiento preventivo tras incidente (aplicación de art. 72 o 75 Reglamento Penitenciario), permaneciendo en la misma sin notificación alguna y sin que se le hayan devuelto sus pertenencias.

Por su parte, S.S.M. denuncia que a pesar de tener diagnosticada patología psiquiátrica lleva mas de un año sin ser examinado por especialista y a pesar que ya cometió numerosos intentos autolíticos no fue incluido en el programa de prevención de suicidios. Después de un año de reclusión en el citado módulo 15, subraya, la trabajadora social sólo se entrevistó con él en 3 ocasiones, la psicóloga del centro en 5 y el educador en 7. Él también fue llevado al ala corta y tampoco le entregaron notificación alguna de la sanción por lo que se encuentra en una situación de indefensión jurídica. Tampoco le fueron dadas sus pertenencias.

Esto ha llevado a ESCULCA a poner una queja ante el defensor del pueblo.

La diputada Tereixa Paz Franco (BNG) presentó varias iniciativas en el parlamento gallego en defensa de los derechos de las personas presas  y para que se investigue la situación del C. P. Teixeiro:

“1.- Que se proceda a la investigación de los hechos denunciados en relación con los malos tratos ocurridos el 6 de noviembre y en su caso se depuren las responsabilidad que se deriven de esos hechos.

2.- Que se haga una investigación acerca del trato cotidiano así como asistencia sanitaria, social y ocupacional de los internos del módulo 15 con la finalidad de determinar su adecuación a la normativa y a los principios elementales de los derechos humanos.

3.- Que se establezcan las actuación y los medios humanos y materiales necesarios para garantizar que en el futuro la atención social, sanitaria y ocupacional a los internos sea la adecuada para garantizar todos sus derechos y contribuir la que su pena cumpla el objetivo de la reinserción.»

Información facilitada por ESCULCA

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