La Criminalidad En Términos Estadísticos, Según El Ministro Del Interior

La comparecencia del ministro del interior, Sr. Fernández Díaz, el pasado día 25 de abril, en la comisión de interior del Congreso de los Diputados para presentar los datos estadísticos de criminalidad de 2011, confirma nuestras tesis pero también nuestros temores.

Reconoce un descenso de las tasas de criminalidad, al tiempo que anuncia, para lo sucesivo, un cambio en la metodología utilizada para el estudio estadístico que, hasta el propio ministro admite, “supondrá que los balances que se presenten los próximos años reflejarán un incremento de las cifras de criminalidad hasta ahora conocidas”, que permite  dudar  de la objetividad de los criterios de calificación de los hechos registrables, y que cabe presumir dificultará a corto y medio plazo los análisis comparativos a partir de cifras y datos recogidos y elaborados con otros criterios y parámetros.

Aunque el objeto de la comparecencia era examinar la criminalidad en España, en realidad no versó sobre todas sus manifestaciones. Brilló por su ausencia la referencia a la delincuencia económica, al delito de cuello blanco. En su lugar, fueron objeto de análisis las formas de delincuencia relacionadas con la seguridad ciudadana, aquellas que producen “alarma social” y que constituyen el grueso de las convocatorias mediáticas al combate contra el crimen. Los indicadores principales estaban integrados en cuatro grupos, I. Delitos contra la vida, integridad y libertad de las personales; II. Delitos contra el patrimonio; III. Faltas de lesiones; IV. Faltas de hurto. Un quinto apartado contenía, en una especie de cajón de sastre, bajo el epígrafe “otras infracciones  penales”  sin  mayor  definición  ni  descripción,  “las  faltas  de  daños, amenazas y coacciones, contra los intereses generales, contra el orden público y resto de delitos y otras faltas penales”.

Los datos ofrecidos por el ministro, esquematizados en una serie de 27 diapositivas que acompañaron su discurso, se posaron en dos clases de escenarios: el interno, referido a España a partir de los referentes del año anterior; y el externo, a partir de ciertos parámetros contenidos en tablas comparativas de los países de la Unión Europea (UE), fechadas en 2009. Combinando ambas miradas, la conclusión no podía ser otra que –frente a lo que insistentemente se nos indica desde los medios tanto informativos como gubernativos‐ las formas de delincuencia analizadas no constituyen un problema objetivo ni subjetivo relevante en España ni existe fundamento que permita prever otra cosa a corto plazo.

La línea argumental del ministro se movió, no obstante, en un “sí, pero no”, aunque si la seguimos en sus propios términos, comprobaremos que la afirmación no admite adversativas. Veámoslo.

1. En términos totales, la tasa de criminalidad ha descendido medio punto en 2011 respecto de 2010, lo que equivale a unas 14.000 infracciones penales menos. Dice el Sr. Fernández que “el valor de este dato es relativo porque incluye tanto infracciones graves como leves”. Pues bien, si las desglosamos utilizando los datos que figuran en la diapositiva 7, se puede observar que son precisamente las manifestaciones más serias de la criminalidad, las infracciones graves, los delitos, los que han descendido, en conjunto, un 0,1%, y el aumento –un 1,8%‐ se corresponde con las leves, es decir, con (algunas) faltas.

2. Nuestra tasa de criminalidad, comparada con la de la UE (de los 15), en 2009, está fijada en 50, cuando el mayor nivel lo ofrece Suecia con 151,9 (más de tres veces superior a la española), y la media europea se fija en 64,9, es decir 15 puntos más que España. Aquella cifra de 2009 ha continuado descendiendo en España hasta el 48,4 a diciembre de 2011.

3. En relación con los delitos, la exposición del Sr. Fernández incluyó deducciones y valoraciones cuando menos discutibles sobre datos que no lo son. Éstos indican que los delitos contra el patrimonio han disminuido un 3,3% (28.000 menos) mientras que los delitos contra la vida, la integridad y la libertad, aumentaron un 3,2% (4.261 más). Para el ministro, el aumento en estos tipos es más relevante que el descenso en aquéllos porque afecta a conductas más graves. Omite, sin embargo, mencionar qué hemos de entender por gravedad, teniendo en cuenta que en este grupo de infracciones, casi la mitad, en concreto más del 45%, viene integrado por delitos de malos tratos en el ámbito familiar cuya tipología se nutre –por respetables pero cuestionadas razones de política criminal‐ de comportamientos hasta hace bien poco tiempo calificados como faltas, y   que para el propio ministro mientras que –como decimos‐ el mencionado incremento del 3,2% es “preocupante”, el descenso en un 3,5% de los homicidios dolosos y asesinatos, los delitos contra la vida por antonomasia, de una gravedad –entiéndase como se prefiera el término‐ sin paliativos, le parece “pequeño”, quizá por comparación con el que han experimentado infracciones no precisamente leves como la pornografía infantil o la corrupción de menores, del 26,1% y el 26,7”, respectivamente. Quizá también por eso, el ministro omitió igualmente entrar a valorar la comparativa de la tasa de homicidios y asesinatos con los países de la UE (de los 27) de 2009, año en que España ocupaba el antepenúltimo lugar, con una tasa, entonces, de 0,90 (a diciembre de 2011 ha descendido a 0,82), cuando la media europea es de 1,22, en un “ranking” que encabeza Finlandia con la tasa en el 2,18.

El  acusado  descenso  de  los  delitos  contra  el  patrimonio  afecta  a  los  tipos  más relevantes con unos índices también destacados. Así, utilizando las mismas categorías empleadas por el ministro, en 2011 se produjeron 3.308 robos con violencia más que en 2010, experimentando un ascenso del 3,9%; en cambio, los robos con fuerza en vivienda descendieron un 9,7% (unos 11.000 menos); los tirones en la vía pública fueron 1.173 menos, representando un ‐9,7%; en los robos, sin especificar (hemos de entender  en los demás robos con  fuerza en las cosas), la variación fue del ‐4,8% (25.532 menos), y se cometieron casi 6.000 sustracciones de vehículos menos, es decir, su variación fue de un ‐9,9%.

Como colofón, la inferencia que, a partir de los indicadores reseñados, realiza el ministro en su comparecencia respecto de la evolución cuantitativa de las infracciones graves, es desconcertante. Así, sostiene que los datos mencionados demuestran que nos  enfrentamos  a  un  tipo  de  delincuencia  “más  especializada  y  más  violenta”, cuando,  si  acudimos  a  la  diapositiva  17,  resulta  que  del  total  de  las  infracciones penales analizadas, el 63,8% son hurtos, robos con fuerza y daños, tipos, en fin, en que la violencia está excluida por definición.

4. La valoración cuantitativa y cualitativa de las faltas merece mención aparte.

Uno  de  los  objetivos  prioritarios  del  ministerio  del  interior,  conforme  el  propio ministro ha venido anunciando en sus comparecencias en el congreso de los diputados y en el senado las pasadas semanas, consiste en acometer reformas penales dirigidas a castigar a quienes cometen infracciones leves pero reiteradas contra la propiedad. Desde hace varios años se viene insistiendo con carácter intermitente pero reiterado en que uno de los principales problemas de seguridad vinculado a la delincuencia común,   particularmente   en   los   grandes   núcleos   urbanos,   lo   constituyen   esos individuos que asilada u organizadamente perpetran pequeños hurtos que no alcanzan el importe típicamente exigido para ser calificados como delitos, y cuya ilícita actividad resulta, por tanto, a la postre, impune. La reforma del Código Penal realizada en la LO 5/2010 se ocupó de incrementar el rigor punitivo para estas infracciones. Las actuales iniciativas en materia penal del gobierno central y el gobierno de la Generalitat catalana, justificadas por los responsables políticos en el incremento cuantitativo de este tipo de delincuencia y en la insuficiente respuesta penal que se traduce en una creciente alarma social, vienen apuntando a la despenalización de tales conductas por el método de extraerlas del Libro III y reubicarlas, ya como delitos, en el Libro II del Código Penal.

Como se refleja en las Memorias del CGPJ y la FGE del año 2011, manejando datos correspondientes al año 2010, como confirmación de la tendencia ya apreciada en los años inmediatamente anteriores, la disminución en el número de los asuntos penales tanto desde la perspectiva de quienes accionan la justicia penal como de quienes investigan y enjuician, afecta a las infracciones penales graves y a las leves. Tal apreciación es confirmada ahora por los datos de criminalidad de 2011 proporcionados por el ministerio del interior.   Es, en tal sentido, particularmente revelador que las faltas de hurto (como se ha indicado, en el ojo del huracán punitivista desde hace varios años) hayan descendido en 2011 en casi 10.000 respecto de 2010; en términos porcentuales, un ‐1,5%.

Hay que reseñar también que el incremento de las faltas un 3,2%, que implica un aumento cifrado en 19.533, y que algún diario relató con cierto alarmismo, se corresponde con el apartado que antes hemos calificado de “cajón de sastre” y que incluye, en efecto, algunas faltas –salvo las de lesiones y de hurto‐ y el “resto de delitos y otras faltas penales”, sin expresar cuáles.

5. Las variables utilizadas por el ministro para acreditar el incremento de la eficacia policial son, cuando menos, confusas. El parámetro empleado en 2010, el número de detenidos, para obtener la tasa por cada 1.000 infracciones penales, no es equiparable al de 2011, que –desconocemos por qué‐ adiciona a los imputados. La comparación entre uno y otro año resulta así imposible. La afirmación de que con ello se refleja mejor el nivel de eficacia de las fuerzas y cuerpos de seguridad, no se comprende. No todos los detenidos son después imputados, ni todos los imputados fueron antes detenidos, pero el solapamiento es inevitable y la lectura conjunta, indescifrable.

6. La valoración subjetiva de la criminalidad a nivel nacional, según estudios del CIS ofrece datos ciertamente interesantes y, puede que para algunos, asombrosos, tanto si se examina desde una perspectiva interna como si se compara con datos procedentes de  los  demás  países  de  la  UE,  porque  parece  indicar  que  la  absorción  por  los ciudadanos  españoles  de  los  mensajes  alarmistas  y  populistas  relacionados  con  el delito y la inseguridad es notablemente inferior a la intensidad de las campañas organizadas con el fin de propalarlos.

La percepción de la inseguridad ciudadana como uno de los tres problemas más importantes a nivel nacional, descendió de enero de 2010 a diciembre de 2011 en 2,5 puntos, y si el eventual problema de inseguridad se focaliza a nivel personal, el descenso es aún más acusado, de 2,7 puntos.

En la comparativa con la UE (de los 27), las cifras son aún más llamativas. El eurobarómetro de otoño de 2011 en torno a la percepción de la delincuencia como uno de los dos problemas más importantes en cada uno de los países de la Unión, sitúa a España en el penúltimo puesto, con un índice de 6, casi la mitad menos que la media europea, que está en 11, y tres veces menos que el Reino Unido, cuyo índice se sitúa en 18.

Hasta aquí los datos estadísticos más relevantes incluidos en la comparecencia del ministro. La segunda parte de su discurso versó sobre la modificación del sistema estadístico de criminalidad que se aplicará a partir de este año, justificado en que el actual no incluye “la totalidad de las infracciones penales conocidas” y, por tanto, la información facilitada a los ciudadanos es insuficiente.

La  pretendida  incorporación  de  información  procedente  de  las  policías  locales ampliará, ciertamente, los datos conocidos a incorporar al sistema informático, una herramienta,  por  lo demás, en permanente  evolución. Desde esta perspectiva, las modificaciones y actualizaciones se explican por sí solas.

Pero también es preciso tener en cuenta que esa adaptación a los cambios cualitativos y cuantitativos en el tratamiento de los datos afectará, según se nos anuncia, a la forma de registrar los datos y a la metodología empleada para su manejo. Lo que entraña, creemos, mayores riesgos.   Porque la técnica que se siga para registrar los hechos puede llega a condicionar su resultado final, especialmente si esa técnica trasciende las consideraciones procedimentales e introduce criterios jurídicos.

Con  este  punto  de  partida,  el  también  novedoso  método  de  elaboración  de indicadores y tasas permite cuestionar si el resultado final será del todo fiable y, en el mejor de los casos, puede implicar la imposibilidad de realizar comparaciones con respecto a los periodos anteriores y poder así confrontar la evolución de los diversos fenómenos en estudio.

Otro Derecho Penal

Un comentario

  1. […] . Noticias sobre ministerio del interior site:wordpress.com/ -tag -category -author . La Criminalidad En Términos Estadísticos, Según El Ministro Del … . Papelón: […]

    27 mayo, 2012
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