Cuestiones Penitenciarias En La Isla De Lanzarote

La problemática penitenciaria en la isla de Lanzarote tiene un eje central que son los traslados.

Los motivos de que estos traslados son en su mayoría inoportunos para llevar a cabo la finalidad re-socializadora de los internos como propone la Ley General Penitenciaria y su reglamento son de diversa índole, como se expone a continuación:

En primer lugar, el traslado afecta, como es sabido, a la reinserción paulatina del interno por la situación de desarraigo y soledad a la que se enfrenta.

En segundo lugar, muchas veces se ve afectado el ejercicio de los derechos de los internos, ya que sus abogados de oficio no saben ni donde se encuentran sus defendidos. Es el interno el que tiene que comunicarse con sus familiares, y éstos con el abogado de oficio, lo que retrasa y entorpece la fluidez de dicha comunicación.

En tercer lugar, a raíz del traslado surge toda una problemática en torno a los familiares de primer grado como son padres, abuelos, hermanos e hijos. Pero sobretodo supone una negativa influencia a la estabilidad emocional de estos últimos, que normalmente no pueden trasladarse a visitar a su progenitor, más que en contadas ocasiones. Muchos familiares no solo tienen dificultades económicas para realizar estos traslados, sino también impedimentos físicos, porque no pueden desplazarse en avión por recomendación médica o por lo dilatado del viaje hasta el nuevo Centro de Cumplimiento.

En cuarto lugar, y cada vez más importante, es el motivo de salud psicológica y física del interno; y de higiene y salud de la propia Institución Penitenciaria. Los internos con alguna dolencia o tratamiento no tienen derecho a supervisión médica hasta que no llegan al Centro de Destino, lo cual puede tardar días y semanas en el caso de internos procedentes de Lanzarote, y en general de las islas Canarias. Ello unido al peligro constante de contagio de enfermedades víricas e infecciosas que conlleva el continuo traslado de internos, que pasan por varios Centros Penitenciarios hasta llegar al de su Destino, donde por fin se realiza el correspondiente examen médico, supone un aumento del riesgo de empeoramiento de las condiciones de salud de una parte importante de la población penitenciaria. Este mismo año (2010) unos internos preventivos fueron trasladados en barco de Lanzarote pasando por las Palmas y Tenerife, en una ruta de 5 días en las bodegas-calabozo del barco de traslados. Su estado de confusión al salir les hizo perder la noción del tiempo.

La quinta problemática de los traslados es que impiden la Progresión de Grado del interno, sobretodo a que la misma sea paulatina, como informa la Ley General Penitenciaria. El Juez de Vigilancia que tiene que aprobar la progresión utiliza el comportamiento de los internos en los permisos que disfruta como una pieza clave del enjuiciamiento de su capacidad para vivir en semi-libertad y luego en libertad. Dato que también se utiliza por el propio sistema penitenciario, en términos generales. En los casos de internos originarios de Lanzarote pero que tienen asignado Centro de Destino fuera de la isla (sobretodo en la península) normalmente no pueden asumir los gastos de viaje de traslados a la isla para disfrutar de permisos o en ocasiones no les da tiempo material para ir y volver durante dicho permiso. Al no haber podido disfrutar ningún permiso por dichas causas, su propuesta de progresión es rechazada por el juzgado de Vigilancia, o directamente no se produce, ya que no se admitirá. Su próximo contacto con el exterior resultará más brusco, que si hubiera podido tener acceso a los permisos. Lo cual también supone una desigualdad en el Tratamiento Penitenciario que tiene un interno de Lanzarote, solo por motivos de su lugar de origen y residencia.

En sexto y último lugar, toda esta situación es más complicada, si cabe en el caso de internos drogodependientes, por la situación personal y de salud quebrantada en la que se suelen encontrar. Esta población penitenciaria no es la más peligrosa criminalmente hablando, pero sí la que tiene más índice de reincidencia.

► Otras cuestiones:

En la isla de Lanzarote no existe casa de acogida, para disfrute de permisos ordinarios o de salidas de internos en Tercer Grado de Tratamiento.

En el Centro Penitenciario de Lanzarote tampoco hay Unidad Terapéutica

Educativa creada. El mes de julio del presente año, se inició el funcionamiento de un Módulo de Respeto.

Los internos originarios de Fuerteventura no se consideran residentes a efectos de traslado. En la isla vecina, a solo unos minutos de distancia en barco, no existe Centro Penitenciario. Hay casos de internos originarios de dicha isla que solicitan cumplir su condena en el Centro lanzaroteño porque realmente es el más cercano y al no tener familiares residentes en Lanzarote, sino en Fuerteventura, se considera que no tienen vínculos familiares de arraigo y se solicita su traslado. Desde la Asociación Derecho y Justicia, a efectos penitenciarios y para aval de su arraigo, los internos originarios o residentes en Fuerteventura, son como si lo fueran de la propia isla vecina de Lanzarote.

Asociación Derecho y Justicia Lanzarote

Ver también:Trasladados 72 Presos De Tenerife II A La Cárcel De Topas, En Salamanca.

Un comentario

  1. ruth dice:

    nena se cree la reina del mambo en derecho y justicia,afacoda,faro positivo,y alguna ong mas.chupa del bote que da gusto y ahora que su hijo salva es el director jajaja de ese fracaso que llaman narcoticos anonimos pues ya tenemos a toda la familia colocada,hablando de colocones no veas los que se pilla la hija de clara BAR ANDALUCIA hazte socio de alguna de las ong nombradas que le pagas las facturas a nena y familia.son una manada de hipocritas tan grandes como el cielo

    22 septiembre, 2012
    Responder

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