Es el mismo Claudio Lavazza a través de una entrevista telefónica con radiocane.info quien actualiza la situación personal y jurídica que está atravesando en los juzgados y cárceles francesas donde lo mantienen recluido a la espera de que se le reconozca la libertad de la que debería estar disfrutando. La transcripción y la traducción la tomamos del blog https://claudioaskatu.wordpress.com/
Puedes escuchar la entrevista en el reproductor:
P: Probablemente quienes te escuchan ya han tenido la oportunidad de conocer a través de tu biografía, los hechos que has vivido a lo largo de tu largo encarcelamiento en las cárceles españolas. Comencemos ahora con el proceso que motiva su actual detención en Francia. ¿A qué hechos se refiere este proceso?
R: Efectivamente, tengo una sentencia de 10 años impuesta por el Tribunal de lo Penal de París el 8 de noviembre de 2019, por robo con armas y secuestro. Esta pena fue reducida hace poco, hace una semana, a cinco años. Y mi fecha de liberación está prevista para el 16 de mayo de 2025, así que dentro de tres años. Ello se debe a un cálculo de los créditos por reducción de penas que hizo la Fiscalía de Mont-de-Marsan, partiendo de 30 años en lugar de 25, como límite legal de acumulación de condenas en el ordenamiento español. Bueno, si procuradora de la Républica hubiera establecido este límite, si hubiera hecho cumplir este límite, habría tenido que liberarme de inmediato. En cambio, cambió de opinión, porque ahora considera que se debe aplicar la ley francesa. Un análisis doblemente erróneo, como ya le ha dicho mi abogado en una carta. Técnicamente, se explica de esta manera, solo para entender, de hecho, si el artículo 132-23-1 del código penal francés dice que se deben tener en cuenta las condenas pronunciadas por las jurisdicciones penales de la Unión Europea, a condición de no agravar la situación de los condenados. El límite legal, pues, de 30 años de acumulación en la legislación francesa, sería válido, entre comillas, si hubiera sido condenado a cadena perpetua. Este límite se reduciría a 20 años si mi sentencia hubiera sido de 30 años, ¡pero son 25 años! Así que el error deliberado del fiscal es evidente. Es el artículo 362-2 del Código de Procedimiento Penal francés. Técnicamente es bastante sencillo de entender, pero cuando detrás hay una voluntad política que se opone a la libertad, todo se vuelve reivindicativo.
P: ¿Nos actualizó sobre su situación respecto a la condena residual a cumplir en Francia, precisamente, con su defensor qué procedimiento ha acordado para enfrentar los intentos de la justicia francesa de prolongar esta odisea suya?
R: El procedimiento que hemos adoptado con el abogado es una carta presentada al Fiscal de la que le hablé anteriormente. Luego se interpuso un recurso ante la Fiscalía General de Pau, y ahora estamos a la espera de lo que digan los jueces. En definitiva, la procuradora se liberó de una carga, confiando la responsabilidad de mi liberación al Tribunal de Apelación de la Fiscalía General de Pau. Simplemente no tenía ganas de asumir la responsabilidad. Si lo hubiera hecho al comienzo de mi detención aquí en Francia, en lugar de esperar 9 meses, nos habría ahorrado muchos dolores de cabeza. Sí, porque al principio en un escrito de fecha 12 de noviembre de 2021, enviado al magistrado de enlace de Madrid, admitía que si el límite legal de la acumulación de condenas en el derecho español era de 25 años, tenía que dejarme inmediatamente en libertad. Suponiendo que la ley española tuviera ocasión de ser aplicada. Claramente, como dije al principio de la entrevista, cambió totalmente de opinión. Le enviaré el recurso presentado, la carta a la Fiscalía. Para agregar entonces está la propuesta de mi abogado, que he considerado seriamente, de pedir en paralelo una medida de libertad condicional y también una «continuación» de las penas. Pero primero esperemos lo que digan los jueces de la Audiencia de Pau, luego ya veremos.
P: Hemos visto por un lado los recursos y procesos judiciales, y por otro lado la movilización solidaria de cuantos y cuantos te quieren en libertad de inmediato. ¿Crees que lo que se puede hacer aquí influye en las decisiones de quienes aún te mantienen tras las rejas?
R: Movilización solidaria… ¡es buena! ¡Muy bien! De lo contrario. Leí los escritos y los carteles impresos… hicisteis un muy buen trabajo, ¡eh! Digamos que estamos en un terreno de demandas judiciales, de las cuales estoy de acuerdo con la estrategia a utilizar para lograr que se apliquen sus artículos de ley, ya reconocidos en un trato muy similar al mío, que mi abogado había obtenido no sin algunas dificultades para el Tribunal de Apelación de Versalles, el asunto “Frigerio”.Ayer mismo mi abogado encontró una sentencia, la segunda, de otro asunto un poco como el mío, y la envió a los jueces de Pau. Esta situación de demandas legales me da un poco de risa… no está en nuestra naturaleza la legalidad del sistema de dominación, que nos causa dolor de estómago como siempre. Pero aun así le mostramos que los que se «saltan» las leyes son los que las hicieron y no nosotros
.P: Volvamos a España por un momento. Al final de su encarcelamiento en ese país, fue alcanzado por un decreto de expulsión. ¿Puede darnos algunos detalles sobre esta disposición? ¿Ha emprendido acciones legales para oponerse o cancelarlo?
R: Al principio si, al principio cuando yo estaba todavía en España tomamos unas iniciativas con un abogado de oficio, que me asignaron, pero después me mandaron aquí a Francia y de momento no hemos hecho nada en ese sentido. Creo que se harán en su momento, de momento tengo otros quebraderos de cabeza.
P: Observamos que para los presos políticos impenitentes no sólo se aplican leyes especiales como ha sucedido en el pasado. El estado está creando un régimen de excepción donde todas sus hostilidades están permitidas. Lo hemos visto pasar recientemente también en Grecia, con la huelga de hambre de Dimitris Koufondinas, lo vemos pasar de nuevo con tu caso. ¿Cuál crees que debería ser la respuesta de los presos políticos y del movimiento anarquista? ¿Cómo cree que se puede organizar una lucha internacional que asegure que al menos se apliquen los derechos reconocidos a los presos políticos?
R: Antes que nada hay que decir que hay que enfocarse en las protestas y movilizaciones, como dije antes, en mi caso particular están bien, de hecho recibo muchas cartas, de solidaridad que me hacen sentir menos solo. De hecho, hay que decir que nunca he estado solo en todos estos años en prisión. Esta vez, sin embargo, la solidaridad que me dais es lo más importante, porque se trata de libertad. Y aprovecho esta oportunidad para agradecer a todos. Son tantas cartas que al final, no sé…, se cansarán de recibirlas, serán las autoridades penitenciarias las que pedirán a los jueces que me manden fuera para que no me cabree nunca más. En cuanto a las movilizaciones, en general, creo que cada uno de nosotros sabe, caso por caso, cómo moverse en este ámbito. Mi situación no es extrema, vale, hay años, 25 años y no están reconociendo un artículo de la ley, eso es lo que generalmente hacen y por lo tanto… cada uno de nosotros debe evaluar la situación personal. Yo creo que en un principio, las protestas, las movilizaciones desde este punto de vista legal, son perfectamente lógicas, ¿no? Y entonces bueno, entonces no estoy en una situación de peligro inminente de vida, no estoy en huelga de hambre, no estoy en el último minuto, no tengo una enfermedad grave. Entonces, digamos que no hay tal urgencia en mi caso. Solo queda esperar, tener paciencia y moverse en este terreno legal, de momento, claro. Entonces sí, hay compañeros que no pueden esperar, su vida está en peligro y por lo tanto, tal vez haya que hacer un poco más de presión política. Pero bueno, en mi caso en particular creo que es muy bueno.
P: Escucha, para cerrar esta charla, volvamos por un momento al reino de la vida cotidiana reclusa que estás viviendo. ¿Qué diferencias, si las hay, puede ver entre los sistemas penitenciarios francés y español? ¿Notas alguna diferencia en la composición de la población penitenciaria que has tenido la oportunidad de conocer?
R: Básicamente las diferencias entre la cárcel francesa y la española… Actualmente estoy en un módulo de respeto como lo estuve en España, y no está nada mal. La diferencia aquí es la exagerada lentitud administrativa. Francia es el país en el que debes tener mucha paciencia para que se reconozcan tus derechos. Tanto aquí, como en todas partes del mundo, hablando de prisión, la mejor manera de no ir a ella es no entrar nunca en ella, pero si estás en ella, como me gusta decir recordando los viejos tiempos, «el que pelea puede perder, quien no lo hace ya ha perdido”. Diferencias con los internos… básicamente no hay una gran diferencia. Hay situaciones personales donde hay personas, presos que se oponen a las injusticias con sus medios, pero siempre son situaciones individuales y aisladas. No hay presencia de grupo donde ante situaciones de injusticia todos se interesen, se bloqueen los radios, se hagan los paros de trolebuses… por el momento aquí donde estoy, no he visto nada por el estilo. Diferencias administrativas a nivel de control y represión… por ejemplo, aquí las cartas se entregan abiertas, es decir que no se pueden cerrar, porque las leen y las fotocopian y se las envían al juez. Si están en un idioma extranjero, lo traducen y luego lo envían al destinatario. En España, sin embargo, sólo el juez puede autorizar la apertura de estas cartas. Desde el punto de vista forense, si tienes, no sé, dolor de muelas, antes de que te la saquen… buenas noches…, pasan los meses. En España hay un servicio de pago, si te duele mucho puedes recurrir a este medio, con cincuenta euros te sacan la muela. Aquí, sin embargo, este servicio no existe y hay que esperar a que lleguen los analgésicos. Para casos urgentes, no hay problemas. Hubo un período de hacinamiento. Estaba en una celda solo, una celda pequeña, cuando me dijeron que me pondrían con otro preso, obligado a dormir en el suelo, porque solo hay una cama en la celda. Así que todas las noches echamos suertes para ver quién iba a dormir en la cama yqién en el suelo. Le pedí al abogado que lo denunciara al director y al instituto que se ocupa de los jefes de la prisión. A los cuatro días tuve la respuesta, me cambiaron de módulo y ahora vivo solo en una celda, como todo el mundo. Cuando consigues que el abogado se mueva, la administración te toma en consideración, pero si no tienes abogado, puedes hacer crecer la hierba… te arriesgas a esperar meses con otro preso en una sola celda. Entonces hay que decir que yo ya había sido sentenciado y desde hacía más de siete meses vivía en forma de cotización, presos que aún no han sido juzgados. Así que el cambio de forma sólo tenía razón para denunciar el hecho de ser dos en una celda de uno. Ahora aquí está un poco mejor, en el otro módulo donde estaba antes, en cambio el problema es que todo el módulo está confinado por el virus. Hace un rato me cerraron la celda diciéndome que este módulo de aquí, el CD 1, está confinado por el momento. Así que ayer se difundió, por supuesto, como debió ser, porque no tiene barreras.En general no hay mucha diferencia, de hecho aquí en Francia han copiado el principio del «módulo de respeto» de España. El módulo de respeto es un módulo un tanto particular, donde tienes ciertas obligaciones, ciertos deberes, ciertos hábitos, comportamientos. Por ejemplo, la obligatoriedad de tener 25 horas de actividad a la semana, que tú eliges, las actividades que existen son infinitas. Estoy haciendo muchas horas de actividad por no quedarme en la celda. Hago deporte… francamente, es mejor aquí que en otros lugares, pero bueno, la prisión es la prisión… ¡Quería agradecer sinceramente a todos por su presencia, dar un abrazo a todos y todas!
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